Samuel Ventura Ramos, titular del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales, con sede en Matamoros, Tamaulipas, determinó, el 18 de mayo de 2023, absolver del delito de delincuencia organizada a Sidronio Casarrubias Salgado, presunto líder del grupo criminal Guerreros Unidos, ello debido a que la Fiscalía General de la República (FGR) no pudo demostrar la existencia de dicha organización delictiva, la cual se le adjudicó la desaparición de los 43 estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, el 26 de septiembre de 2014, en Iguala, Guerrero.
Según lo informó el diario Milenio, basado en fuentes judiciales, en octubre de 2014, la FGR ejerció acción penal contra Casarrubias Salgado, porque un grupo de personas denominado Guerreros Unidos, presuntamente lideradas por el imputado, se organizó, desde 2011 para cometer delitos contra la salud. En la sentencia absolutoria, el juez federal excluyó las pruebas obtenidas con violación de derechos fundamentales -por ejemplo, mediante tortura o detenciones ilegales-, entre ellos 47 testimoniales.
Ventura Ramos sostuvo que la FGR, en el proceso penal de origen, “no acreditó la existencia de la organización criminal Guerreros Unidos, además de que tampoco se acreditó que los procesados pertenecieran a alguna agrupación delictiva”.
El citado rotativo indicó que la FGR intentó acreditar la existencia de la organización criminal, con la copia certificada de diversas sentencias dictadas en distintos procesos penales federales, sin embargo, en ellas se tuvo por acreditada la existencia de diversos grupos, como el cártel de los Beltrán Leyva y La Barredora, “y de su contenido no hay dato de que la primera deriva de las segundas”.
Además, los testigos presentados por la Fiscalía General de la República, cuyo testimonio fue recabado lícitamente, dieron noticia de la privación ilegal de la libertad de diversas personas, entre otras actividades, pero no de la existencia de la organización criminal.
Asimismo, las documentales exhibidas por la FGR dieron cuenta de la existencia de otras averiguaciones previas y que en ellas se recabaron pruebas relacionadas con procesos seguidos en territorio nacional y el extranjero a otras personas.
No obstante, además de que éstas no podían valorarse como pruebas en el proceso de origen, porque se recabaron en diversas indagatorias, su contenido no demostraba que los procesados pertenecieran a una organización criminal.
Por último, el juez federal precisó que su decisión no debía entenderse en el sentido de que no existiera la organización criminal, ni que los hechos por los que se formuló acusación no hayan sucedido, sino que las pruebas aportadas por la FGR -mismas que no fueron excluidas-, en dicha causa penal, no lo demostraban.
El 12 de mayo de 2023 se dictó sentencia definitiva en la causa penal 100/2014 del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, en la que se acusaba a Casarrubias Salgado, por delincuencia organizada para cometer el delito contra la salud, con fines de fomento.
La FGR ejerció acción penal en contra de Sidronio Casarrubias en octubre de 2014. Fue detenido junto con José “N”, acusado además de participar en dos secuestros de diversas personas en 2013, además de que también fue relacionado con el caso Ayotzinapa.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.
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