Con mayoría de 9 votos a favor y 2 sufragios en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional, el 25 de mayo de 2023, de nueva cuenta, el proyecto realizado por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, para avalar el acuerdo publicado el 11 de mayo del 2020, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
En dicho acuerdo se ordena “a la Fuerza Armada [secretarías de la Defensa Nacional y Marina] permanente a participar de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública”, hasta el 27 de marzo del 2024.
La ministra ponente Ríos Farjat propuso declarar infundadas las controversias constitucionales 85/2020, 87/2020 y 91/2020, promovidas por los municipios de Colima y Pabellón de Arteaga, en Aguascalientes, y por el estado de Michoacán, respectivamente, las cuales argumentaban una invasión a sus facultades, e indicó que el acuerdo no normalizaba la militarización, ni constituía una medida que evidenciara una renuncia a la formación de una Guardia Nacional, al ser únicamente un reflejo de lo que el constituyente dispuso en la propia Constitución Federal.
La ministra ponente Margarita Ríos Farjat, que también conoció de la controversia 90/2020 -promovida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y que fue declarada válida por primera vez, el 29 de noviembre de 2022-, propuso la constitucionalidad del acuerdo, ya que indicó que la seguridad pública era una materia concurrente entre los tres niveles de gobierno, por lo que no se invadieron facultades de municipios, ni de las entidades federativas.
“La participación militar se desarrolla en un ámbito coordinado”, argumentó la ministra Ríos Farjat, por lo que, según dijo, no había una invasión de competencias y se contemplaba el uso de las Fuerzas Armadas, en un marco de coordinación entre los tres niveles de gobierno.
Por su parte, los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Luis María Aguilar Morales, votaron en contra del reconocimiento de constitucionalidad del acuerdo, por considerar que no cumplía con los criterios establecidos por la propia SCJN para el uso de las FF. AA. en tareas de seguridad pública, de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.
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