La Secretaría de Gobernación (SEGOB) publicó, el 29 de mayo de 2023, en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), la declaratoria de constitucionalidad del paquete de ocho reformas legales y constitucionales, entre las que se encuentran el dictamen conocido como “Ley 3 de 3”, en materia de suspensión de derechos, para obtener candidaturas, ocupar cargos públicos o de elección popular, a personas sentenciadas por violencia de género, familiar, sexual o política, así como a quienes sean deudores alimentarios.
El 24 de mayo de 2023, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión realizó la declaratoria de constitucionalidad de la “Ley 3 de 3”, ello luego de su aprobación en 24 congresos locales: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México.
El presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, Alejandro Armenta Mier, emitió la declaratoria constitucional y gritó: “¡que vivan las mujeres!”. Por su parte, activistas que impulsaron dicha reforma, se mantuvieron en las galerías del Pleno del Senado de la República, desde donde gritaron: “¡3 de 3, 3 de 3!”.
Ello para celebrar los cambios a los artículos 38 y 102 de la Constitución, para que los derechos de los ciudadanos quedarán suspendidos en caso de tener “sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y la seguridad sexuales, o el normal desarrollo psicosexual”.
Asimismo, por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, o por ser declarada como persona deudora alimentaria. Además, incorpora un lenguaje inclusivo y de mayor precisión en los requisitos para ser titular de la Fiscalía General de la República (FGR).
En dichos supuestos, “la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público. Asimismo, el proyecto establece que elevar a rango constitucional la “Ley 3 de 3”, dará certeza a las víctimas sobre la no elegibilidad de sus agresores.
La madrugada del 29 de abril de 2023, senadores de los grupos legislativos de los partidos Morena, del Trabajo (PT), Verde Ecologista Mexicano (PVEM), aprobaron dicho proyecto. Antes, el 30 de marzo del mismo año, con 455 votos a favor, cero sufragios en contra y 25 abstenciones -del grupo legislativo del Partido del Trabajo (PT), el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobó el dictamen de reforma constitucional, conocido como “Ley 3 de 3”.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.
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