domingo, 2 de julio de 2023

El INAI acumula 6 mil 363 asuntos, pero ningún juez le ordena resolverlos

Cualquier ciudadano puede interponer un amparo para que el INAI resuelva sus peticiones de información, aun cuando éste no tenga quorum. Sin embargo, ningún juez ha emitido un solo amparo en esta materia. Así, el Instituto acumula 6 mil 363 asuntos pendientes.

Pese a que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) tiene pendiente la resolución de más de 6 mil asuntos por falta de quorum, ningún juez de amparo ha ordenado a los comisionados resolver alguno de esos expedientes.

Este 1 de julio se cumplen tres meses de que el pleno del INAI no ha podido sesionar por falta de quorum, misma que derivó de la salida del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas del organismo por haber concluido su periodo el 30 de marzo y la omisión del Senado de la República en designar a los comisionados faltantes.

Actualmente el INAI solamente cuenta con cuatro comisionados, mientras que la ley exige cinco mínimo para que las resoluciones del pleno sean válidas legalmente.

De acuerdo con cifras del organismo, obtenidas por Proceso, hasta el 23 de junio pasado el Instituto tenía acumulados 6 mil 363 asuntos de los cuales 3 mil 961 ya están listos para ser resueltos, pero no han podido ser discutidos por el pleno debido a falta de quorum.


De esos 6 mil 363 asuntos, un total de 5 mil 11 ingresaron al INAI entre el 1 de abril y hasta el 23 de junio pasado; es decir, que además de los acumulados por la falta de quórum, para cuando el comisionado Acuña Llamas concluyó su cargo el 30 de marzo, el Instituto tenía pendientes mil 352 recursos.

Tomando en consideración que antes de quedarse sin quorum el Instituto resolvía, por sesión, entre 450 a 500 asuntos, esos mil 352 recursos en trámite entran dentro del rango normal de funcionalidad del organismo.

Los seis amparos 

Ante la posibilidad de que el Senado de la República no designe aunque sea un comisionado de los 3 faltantes para lograr el quorum, desde marzo pasado el INAI tramitó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional contra la omisión de los legisladores.

El Instituto solicitó a la Corte una suspensión para que se le permitiera sesionar con cuatro comisionados otorgando el voto de calidad a la comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena, pero la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien llegó al Máximo Tribunal a propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, negó la petición.

La falta de designación de comisionados del INAI ocurrió en el marco de diversas declaraciones realizadas por el presidente de la República sobre sus intenciones de desaparecer al organismo junto con el Instituto Nacional Electoral (INE) y otros constitucionalmente autónomos.

El 2 de mayo pasado, en conferencia de prensa, el INAI reveló que tuvo conocimiento de que los sujetos obligados fueron instruidos a no entregar información a los ciudadanos que presentan solicitudes a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y que todo apunta a que dicha instrucción fue emitida desde la Secretaría de Gobernación.

Por ello, el comisionado Adrián Alcalá explicó que los usuarios de la PNT pueden acudir al amparo para “destrabar” sus peticiones, para lo cual debían obtener una respuesta negativa de los sujetos obligados, tramitar recurso de revisión y posteriormente juicio de amparo contra la imposibilidad que tiene el INAI para sesionar y, por tanto, resolver sus recursos.

Desde el pasado 5 de junio el INAI ha celebrado sesiones extraordinarias en las que ha resuelto seis asuntos por órdenes judiciales de amparo. Sin embargo, ninguno de estos juicios fue motivado por la falta de quorum sino que fueron impugnaciones contra resoluciones que el Instituto emitió cuando el pleno podía sesionar y los ciudadanos no estaban conformes con esas determinaciones.

En esos casos, los jueces federales señalaron al INAI que la falta de quorum no es motivo legal para no cumplir las sentencias de amparo y ordenaron al organismo sesionar con los cuatro comisionados con los que cuenta para emitir nuevas resoluciones en las que den cumplimiento a los mandatos judiciales.

De los seis asuntos resueltos de esta manera en sesiones extraordinarias, sólo dos son sobre protección de datos personales, un recurso de inconformidad en materia de datos personales o acceso a la información y el resto son recursos de revisión en materia de acceso a la información.

Proceso confirmó que el INAI no ha recibido hasta ahora ninguna resolución judicial en la que se le obligue a resolver los recursos de revisión con los comisionados que tiene en pleno.

Es decir, que hasta ahora el organismo no ha recibido resoluciones de amparos promovidos por ciudadanos que buscan que sus recursos de revisión, que permanecen estancados en el Instituto desde abril pasado, sean resueltos lo más pronto posible.

A pesar de ello, el argumento de los jueces de amparo para obligar al Instituto a cumplir con las resoluciones judiciales pese a la falta de quórum, puede ser fácilmente utilizado ahora por los ciudadanos que busquen que sus recursos sean resueltos antes de que el Senado designe nuevo comisionado.

El rezago

La mayoría de los 6 mil 363 asuntos que permanecen estancados en el INAI por la falta de quorum son recursos de revisión contra resoluciones de la Unidad de Transparencia del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que históricamente es el ente obligado que más impugnaciones tiene en el organismo.

De acuerdo con la estadística del INAI, hasta el 23 de junio los comisionados tenían acumulados 730 asuntos contra resoluciones del IMSS, en segundo lugar está la Secretaría de Educación Pública (SEP) con 331 y luego la Fiscalía General de la República (FGR), con 310.


De todos los asuntos, 3 mil 134 impugnaciones son contra las respuestas de los entes obligados a solicitudes de acceso a información realizadas por los ciudadanos.

De los 3 mil 961 recursos de los que el INAI ya tiene proyecto de resolución en espera de ser debatidos una vez que el Pleno tenga quórum o de que un juez de amparo se lo ordene al organismo, mil 273 van en el sentido de modificar la respuesta del ente obligado; mil 132 por revocar la respuesta; 695 buscan declarar que el recurso no fue presentado, sobreseído o desechado por causas diferentes a la extemporaneidad; 693 por confirmar la respuesta de los sujetos obligados; 115 por ordenar la búsqueda y entrega de la información y 53 por sobreseer o desechar por extemporáneos.


Hasta el 28 de junio el INAI tenía preparados 427 recursos para realizar proyecto de resolución, es decir, que todo el proceso ya culminó y está en análisis para presentar una propuesta de sentencia.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.

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