miércoles, 23 de agosto de 2023

El INAI podrá sesionar con sólo 4 integrantes, determina sala de la Suprema Corte

Desde el 31 de marzo de 2023, el INAI se quedó sin quórum requerido para sesionar. Tras la salida de Francisco Javier Acuña Llamas, el pleno de dicho órgano constitucional autónomo se quedó con sólo cuatro comisionados.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó esta tarde el recurso de reclamación para que el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pueda sesionar con cuatro integrantes en lo que el Senado de la República nombra a las personas comisionadas pendientes.

La SCJN informó a través de sus redes sociales que la Segunda Sala resolvió que el INAI pueda sesionar con cuatro elementos a pesar de la falta de nombramientos que el Senado se niega a realizar.

El Instituto, por su parte, reconoció la resolución de la Segunda Sala, y señaló que es una “muestra de la eficacia del modelo de pesos y contrapesos en el país, así como de la vigencia de un estado de derecho en el que prevalece el respeto a la constitución y a los derechos humanos”.
El INAI señaló que luego de más de 140 días sin poder sesionar, el pleno podrá celebrar sesiones ordinarias, en las que presentará, discutirá y resolverá más de ocho mil recursos de revisión acumulados.

“Es importante dejar claro que cada asunto representa a una persona que vio vulnerado su derecho de acceso a la información o el de protección de datos personales y se mantiene a la espera de que el pleno emita una resolución”, explicó.

El pasado 27 de marzo, el INAI interpuso ante la SCJN una controversia constitucional en la que demandó la omisión del Senado por nombres a tres comisionados o comisionadas, y solicitó la suspensión de la aplicación del Artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia, en la que se indica que el pleno del Instituto sólo puede sesiones con una integración de al menos cinco personas.
“Al admitir a trámite la controversia constitucional, la Ministra Loretta Ortiz [Ahlf] negó dicha suspensión, hecho que fue impugnado por el INAI, a través de un recurso de reclamación. Tras valorar los argumentos expuestos por el Instituto, este miércoles, la Segunda Sala de la SCJN, por mayoría de votos, le otorgó tal suspensión”, detalló.

El pasado 13 de julio, con ocho votos en contra y tres a favor, el pleno de la SCJN rechazó el proyecto resolutivo de la Ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien planteó invalidar una impugnación del INAI ante la omisión del Senado de la República para nombrar a las y los comisionados faltantes.

Las y los ministros que votaron en contra del proyecto fueron: Norma Lucía Piña Hernández, Luis María Aguilar Morales, Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez Potisek, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán y Juan Luis González Alcántara Carrancá.
Los que votaron a favor fueron: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa.

La mayoría de los ministros determinó que el Senado “fue omiso en el nombramiento de los comisionados del INAI”.

Entre sus argumentos, la Ministra Ortiz Ahlf señaló que no existía una omisión legislativa en el Senado, por “el simple hecho de que no haya una integración” y consideró que los integrantes de la Cámara Alta del Congreso de la Unión llevaron a cabo intentos para designar a los comisionados.
Al día siguiente, la Suprema Corte turnó al Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá la controversia constitucional presentada por el INAI contra el Senado de la República.

Una vez turnado el caso, el nuevo ponente tendría que proponer una sentencia en la que se aclaren cuáles eran los efectos de haber declarado que existía la omisión del Senado por no concretar los nombramientos de los tres comisionados faltantes del órgano constitucional autónomo, de los que se requería al menos uno para que el pleno del INAI completara el quórum legal para sesionar.

Desde el 31 de marzo de 2023, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se quedó sin quórum requerido para sesionar. Tras la salida de Francisco Javier Acuña Llamas, el pleno de dicho órgano constitucional autónomo se quedó con sólo cuatro comisionados.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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