El juez determinó que las pruebas presentadas por la FGR contra Emilio Lozoya no pueden usarse porque se obtuvieron sin una orden judicial.
El primer Tribunal Colegiado de Apelación en materia Penal en la Ciudad de México excluyó dos pruebas clave que la Fiscalía General de la República (FGR) presentó en contra de Emilio Lozoya, exdirector de Pemex, para usarlas en un eventual juicio por el caso Odebrecht.
Estas pruebas, de acuerdo con la sentencia, contienen información bancaria que sólo se obtiene mediante orden judicial, por lo tanto existe una prohibición para incorporarse a procesos jurisdiccionales “sin colmar los requisitos que nuestro derecho interno”.
De acuerdo con la resolución, aunque la Fiscalía obtuvo las pruebas mediante asistencia jurídica internacional, éstas no pueden ser admitidas por restricción constitucional.
FGR afirma que tribunal actuó de manera ilegal
Ante la resolución del tribunal, la FGR aseguró que los jueces actúan de manera ilegal en el caso de Lozoya.
A través de un comunicado dieron a conocer su postura respecto a la eliminación de dos pruebas en contra del exdirector de Petróleos Mexicanos
“Los jueces de distrito y magistrados federales han vuelto a evidenciar notoriamente su parcialidad e ilegalidad a favor de Emilio “L”, y en contra de las víctimas que son el Estado mexicano y la empresa estatal Pemex, al desechar diversas pruebas obtenidas con base en dos Tratados Internacionales”, se lee en el comunicado.
La FGR aseguró que la conducta “indebida” de los jueces “cada vez es más evidente”.
Según las autoridades, las pruebas que presentaron cuentan con el respaldo del artículo 133 de la Constitución y se aplican constantemente en acciones de colaboración con otros países.
Además acusaron al magistrado Alberto Torres Villanueva, encargado de la apelación con la que se desecharon las pruebas contra Lozoya, de otorgar beneficios al exfuncionario.
Cuáles son las pruebas contra Lozoya que presentó la FGR
En la resolución se explica que las pruebas excluidas son las C-5 y C7.
La primera prueba, denominado C-5, contiene información bancaria de Emilio Lozoya, la cual fue remitida por la Confederación Suiza vía Asistencia Jurídica Internacional.
La segunda prueba excluida fue la C-7, que son los comprobantes bancarios de las transferencias realizadas entre las distintas firmas offshore de Odebrecht, a las empresas Latin America Asia Capital Holding y Zecapan S.A., controladas por Lozoya y sus familiares.
Aunque ambas pruebas se obtuvieron mediante acuerdos internacionales, el juez determinó que no se pueden incluir en el juicio por no contar con una orden judicial.
“Si bien es cierto que esas probanzas se allegaron a través del mecanismo de asistencia jurídica internacional, lo cierto es que la restricción constitucional sobre ese tópico no hace diferencia si tal información se remite de alguna parte del mundo o sólo de nuestro país, por lo que resulta irrelevante del lugar dónde provenga, pues lo realmente importante es cómo se adquirió y la prohibición de incorporarse a procesos jurisdiccionales”, argumentó el juez.
En la apelación, la defensa de Lozoya aseguró que la FGR intervino de manera ilegal los correos electrónicos del exdirector de Pemex, por lo que la obtención de pruebas no debería ser tomada en cuenta.
FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.
FECHA: 24 SEPTIEMBRE 2023.
No hay comentarios:
Publicar un comentario