La determinación se desprende de diversas iniciativas promovidas por los grupos parlamentarios de Morena, Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Verde Ecologista de México (PVEM).
El Congreso local aprobó reformas a los Códigos Penal y Civil del Estado de México con el propósito de que los feminicidas pierdan la patria potestad sobre sus hijos.
La determinación se desprende de diversas iniciativas promovidas por los grupos parlamentarios de Morena, Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Verde Ecologista de México (PVEM).
Así, “quien haya sido sentenciado por la comisión del delito de feminicidio, homicidio doloso o feminicidio en grado de tentativa en contra de una mujer, perderá el derecho de patria potestad, guarda y custodia, tutela o curatela, de sus hijas e hijos”.
Además, “las hijas o hijos que llegaren a tener (la víctima y el infractor) deberán ser resguardados únicamente por su madre y, a falta de ésta, por su familia, atendiendo al principio del interés superior de la niñez”.
La o el juez de lo familiar será, conforme a la reforma, el responsable de nombrar a un tutor o tutora en estos casos.
La modificación incluye la suspensión de la patria potestad a quien se le dicte un auto de vinculación a proceso por feminicidio o su tentativa contra la madre de las niñas, niños y adolescentes, cuando sean testigos presenciales del delito.
La morenista Anais Burgos confió en que al quitar o suspender la patria potestad sobre sus hijos al padre feminicida o agresor, se permitirá que esos menores generen nuevos lazos afectivos con familiares que se preocupan por ellos y están dispuestos a brindarles amor, protección, seguridad y, sobre todo, el entorno favorable que requieren para su desarrollo y la superación de ese hecho violento y traumático.
Para Burgos Hernández, en estos casos el delito no inicia y termina con la muerte de la mujer, pues sus hijos y familiares directos se convierten también en víctimas a las que se debe proteger, sobre todo en el caso de los menores de edad.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: VENERANDA MENDOZA.
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