En octubre de 2017, la autoridad laboral concluyó que el Sndtm es mayoritario, por lo que la titularidad del contrato colectivo le pertenece y debía recibir las cuotas sindicales que AHMSA descontara a sus trabajadores. Contra esta sentencia, Napoleón Gómez tramitó un amparo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó entregar el control del Contrato Colectivo de Trabajadores de Altos Hornos de México, S. A., (AHMSA) al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM), cuyo dirigente es Napoleón Gómez Urrutia.
Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte del miércoles 25 de enero, por unanimidad los ministros avalaron la propuesta de Yasmín Esquivel de negar el amparo a la organización encabezada por el senador Gómez Urrutia.
“Los artículos 388, 389 692 y 931 de la Ley Federal del Trabajo no transgreden el principio de libertad sindical, como lo aduce el recurrente, ya que, por una parte, el no prohibir la intervención de los patrones o empresas en los juicios de titularidad de los contratos colectivos de trabajo, no implica algún acto que merme la libertad de asociación de los trabajadores al no vincularlos a afiliarse o no a un determinado sindicato”, señaló la Corte.
El litigio data desde el 4 de septiembre de 2015, cuando el sindicato reclamó la pérdida de la titularidad y administración del Contrato Colectivo de los trabajadores de la Planta Siderúrgica Número 1 de AHMSA, que están afiliados al Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Conexos (Sndtm) que dirige Ismael Leija Escalante.
En octubre de 2017, la autoridad laboral concluyó que el Sndtm es mayoritario, por lo que la titularidad del contrato colectivo le pertenece y debía recibir las cuotas sindicales que AHMSA descontara a sus trabajadores a partir de que se emitió la resolución.
Contra esta sentencia, el sindicato encabezado por Gómez Urrutia tramitó un amparo directo que este miércoles resolvió la Segunda Sala y que, con la sentencia avalada por los ministros, declaró firme la decisión de que el Sndtm tiene la titularidad del contrato colectivo de la planta de AHMSA.
La sentencia de la Corte es firme e inatacable.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.
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