domingo, 18 de febrero de 2024

Juez cierra el caso de la ‘Okupa CNDH’ por falta de elementos para vincular a proceso a las tres mujeres denunciadas

Un juez determinó no vincular a las mujeres denunciadas en el caso de la 'Okupa CNDH', al considerar que no había elementos de prueba suficientes.

Tras una audiencia de más de cinco horas, un juez determinó no vincular a proceso y terminar con el proceso penal que se seguía contra tres mujeres activistas detenidas durante el desalojo del edificio de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ubicado en la calle República de Cuba, en la Ciudad de México.

Karla, Magda y Areli fueron denunciadas por la CNDH y el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) por el delito de daños a un inmueble de valor histórico, cargo por el cual les otorgó el perdón; luego fueron acusadas por la Comisión de despojo, por la presunta destrucción de expedientes de víctimas, y finalmente por la explotación de un bien nacional, por el supuesto uso del edificio como casa habitación, sin que a lo largo de las primeras indagatorias se encontraran elementos para vincularlas a proceso.

El desechamiento de las pruebas

Alan Piñon, abogado de Karla y Magda, explicó que se decretó la nulidad de los datos de prueba presentados por la Fiscalía General de la República (FGR) y la CNDH, que consistían en declaraciones que las acusadas habían dado en entrevista con un medio de comunicación, “lo que el juez encargado del caso calificó como una clara violación al derecho de no autoincriminación y trastoca el tema de la libertad de expresión, porque ellas lo hicieron en un contexto distinto al proceso penal”.

El Ministerio Público Federal tampoco pudo comprobar que la ropa y los enseres domésticos encontrados dentro del edificio de la CNDH eran propiedad de las activistas, ni que estas usaran el inmueble como casa habitación.

Con ello, se determinó que no hay elementos para vincularlas a proceso, “pero no solo eso, sino que decretó el sobreseimiento del asunto, es decir, que la FGR ya no puede seguir investigando a las acusadas por cualquier tema relacionado con la ‘Okupa’ de la CNDH”.

De acuerdo con el abogado, el juez también reclamó que “en todo momento (del proceso penal) se nos había informado que la audiencia sería por despojo, pero al momento de imputar el delito la FGR decidió cambiarlo por la presunta explotación de un bien nacional, lo cual fue considerado como una violación al principio de lealtad por el cual se tienen que regir las partes”.

“Se estableció que el hecho de que se haya solicitado una audiencia por un delito que al final de cuentas no se imputó trastocó el derecho de defensa de Karla y Magda”, agregó Piñon.

“No se trata de un tema personal”

El defensor comentó que en la audiencia se dio lectura a un documento con el que la titular de la CNDH, Rosario Piedra, expresó su negativa a terminar con el proceso contra las activistas, al acusarlas de la destrucción de expedientes y de cometer “conductas violentas” en su contra.

En el escrito dirigido al equipo de investigación  y litigación encargado del caso, Piedra Ibarra señaló a Karla, Magda y Areli por supuestas “conductas violentas que no han cesado, refiriéndose a mi persona y este organismo (la CNDH) con insultos, actos vandálicos y presión en diversos medios de comunicación, redes sociales y mediante presiones de índole político”.

Al respecto, el juez coincidió con la defensa de las activistas que la titular de la CNDH “aludió a temas personales cuando el asunto que se trataba era de índole institucional, no de alguien en particular”.

Aunque la CNDH y la FGR pueden impugnar el sobreseimiento de la carpeta de investigación, Piñon consideró que no existen elementos para que se cambie la resolución.

Con independencia de esta resolución judicial, el defensor informó que continuarán buscando justicia por los actos de tortura de los que habrían sido víctimas las activistas después del desalojo de la ‘Okupa CNDH‘, a través de una queja que continúa en investigación por parte de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM).

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ERÉNDIRA AQUINO.

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