Por dos votos a favor y un sufragio en contra, los magistrados de la Sala Regional de Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, el 27 de marzo de 2024, que Santiago Nieto Castillo -titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), del 5 de diciembre de 2018 al 8 de noviembre de 2021-, no cumplía con los requisitos para competir por un lugar en el Senado, con el partido Morena, como representante por el estado de Querétaro, por lo que le quitó su candidatura de segunda fórmula.
La Sala Regional del TEPJF, en Toluca, Estado de México, señaló que el también ex titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), de la ahora extinta Procuraduría General de la República (PGR) -del 19 de febrero de 2015 al 20 de octubre de 2017-, no cumplió con el requisito de iniciar su residencia efectiva mínima en el estado de Querétaro.
Tras más de una hora de discusión, los integrantes de la Sala Regional del TEPJF establecieron que el candidato incumplió con el requisito de residencia. Sin embargo, Nieto Castillo tendría cinco días para impugnar la resolución, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Entre los argumentos de los magistrados que votaron a favor de validar la impugnación, estaba el hecho de que el ex funcionario federal no nació en la entidad queretana, además de que los cargos públicos que ostentó durante los últimos años habían sido desempeñados fuera del estado de Querétaro.
“Y que concluyó su último puesto en el estado de Hidalgo, el pasado 8 de enero del año en curso. Esto es con posterioridad a la fecha límite en que debió iniciar su residencia efectiva mínima para cumplir con el requisito constitucional”, señaló la Sala Regional del TEPJF, que también indicó que Nieto Castillo debió permanecer de manera habitual y permanente en la entidad queretana, por lo menos desde el 23 de noviembre de 2024.
“Si se considera que para contar con la residencia efectiva exigida por la Constitución federal, [el candidato] por lo menos desde el 23 de noviembre de 2024, debió permanecer de manera habitual y permanente en el estado de Querétaro para configurar la residencia efectiva”, dijo la magistrada Marcela Fernández Domínguez.
Dos de los tres integrantes de la Sala Regional del TEPJF validaron el recurso presentado por el Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Acción Nacional (PAN), en Querétaro en el que se denunciaba que el candidato no cumplía con los requisitos de residencia en dicha entidad.
Tras la resolución de la Sala Regional de Toluca, la fórmula al Senado de Morena en Querétaro quedó incompleta, dejando solamente, en la primera posición, a Beatriz Silvia Robles Gutiérrez, como candidata a la Cámara alta del Congreso de la Unión.
Queretano soy señores y Vengo de San Juan del Río. Soy un hombre de leyes. Respeto la sentencia de la @TEPJF_TOL, pero no la comparto. Mi reconocimiento al Magdo @alexavantej [magistrado Alejandro David Avante Juárez. Voy a recurrir ante la Sala Superior. 19 años después, vivimos el #DesafueroQueretano. No lo permitiré”, respondió Nieto Castillo, en su cuenta de la red social X.
“No hay un ánimo de desvincularse [del estado queretano], porque cada tres años acudía a votar, y porque es originario. No ha perdido esa característica por ser avecindado del estado, luego entonces se considera avecindado, es Queretano, avecindado”, argumentó el magistrado Avante Juárez, a favor de Nieto Castillo.
“La constitución dice que son queretanos los nacidos y avecindados, por nacimiento no hay forma de que pierda la calidad, pero por avecindados, sí, pero cuando salen del estado salen por más de seis meses con la intención de trabajo, comisión, pero lo condiciona a no quedarse a residir”, refutó la magistrada Fernández Domínguez, en contra del ex funcionario federal.
Por su parte, el CDE del PAN destacó su compromiso con el respeto y cumplimiento de las leyes, subrayando que el veredicto del TEPJF validaba su posición legal y reforzaba el principio de que en Querétaro se debían seguir las reglas establecidas, sin excepciones.
Según el Partido Acción Nacional, la decisión de la Sala Regional del TEPJF representaba una victoria para la legalidad y también confirma la integridad del proceso electoral en el estado. Asimismo, enfatizó que el resultado no beneficiaba directamente al PAN, ni a ninguno de sus candidatos.
El 23 de marzo de 2024, el ex encargado del despacho de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJEH) aseguró que la impugnación no sería aprobada, ya que la residencia en la entidad queretarana no la tenía por nacimiento, pero toda su vida la había realizado en el municipio San Juan del Río y porque tenía de domicilio particular una casa, cuya propiedad compartía con sus hermanas.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.
No hay comentarios:
Publicar un comentario