miércoles, 27 de marzo de 2024

Tribunal Electoral ordena a la CNDH retirar informe sobre violencia política; comisión “no acepta que se le pretenda amordazar”

El Tribunal Electoral puntualizó que la CNDH carece de facultades para intervenir en temas electorales y pidió retirar su informe sobre violencia política.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una sentencia en la que declaró inválido y sin efecto jurídico el mecanismo de seguimiento de las campañas electorales que fue iniciado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

El TEPJF señaló que la CNDH no cuenta con facultades para intervenir en temas electorales y solicitó detener la difusión del ‘Primer informe sobre la violencia política para la protección y defensa del derecho a la democracia’, así como la de otros documentos o informes asociados.

Pese a que el artículo 102 de la Constitución subraya que a la Comisión no le corresponden los temas electorales, el pasado 6 de marzo, la CNDH publicó un reporte sobre violencia política en el que criticó propuestas de la candidata Xóchitl Gálvez y elogió lo dicho por la aspirante de Morena, Claudia Sheinbaum.

Además, anunció un seguimiento a las campañas para hacer enfrentar hechos que denominó como “campaña negra” contra el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Declaran inválido y sin efecto jurídico mecanismo de la CNDH sobre campañas

En el proyecto de sentencia, con expediente SUP-JE-52/2024, se detalló que “el Partido Acción Nacional (PAN) alega que la emisión del informe impugnado afecta a los principios de legalidad y certeza en materia electoral“.

De acuerdo con el Tribunal Electoral, en la demanda del PAN se impugnó la falta de atribuciones de la CNDH para analizar regular y vigilar los procesos electorales, así como su “indebida intervención” las actuales elecciones con la emisión del informe.

Bajo el análisis del magistrado de la Sala Superior, Felipe de la Mata Pizaña, el Tribunal Electoral declaró inválido y sin efecto jurídico el mecanismo de seguimiento de campañas que estableció la CDNH.

La Sala Superior ordenó retirar el Primer informe sobre violencia política y toda la actividad de difusión o propaganda que esté relacionada con el informe o con el mecanismo de seguimiento a las campañas electorales.

“Ejercicio de derechos humanos y su defensa, no son materia del TEPJF”, responde la CNDH

Ante la decisión del TEPJF, la CNDH emitió su pronunciamiento a través de un comunicado en el que puntualizó que rechaza que se le pretenda amordazar para favorecer a un partido político, por lo que iniciará acciones “para defender su derecho a defender los derechos del pueblo”.

La comisión destacó que fue notificada sobre la sesión de la Sala Superior para resolver la queja interpuesta por el PAN para declarar “inválido y sin efecto jurídico alguno” el establecimiento del mecanismo de observación de las campañas electorales y los informes de violencia política.

“Lo anterior constituye una interpretación regresiva que contradice el bloque de constitucionalidad que desde 2011 nos rige, y una amenaza contra el derecho a defender los derechos del pueblo, misión asignada por nuestra Constitución Política vigente, a la CNDH”, detalló.


Asimismo, la institución subrayó que el Tribunal Electoral no cuenta con la competencia para someter a investigación jurisdiccional la actuación de la CNDH y tampoco lo puede hacer con el “Primer informe sobre violencia Política”.

En su comunicado, la CNDH también hizo énfasis en que en ningún momento ha emitido algún acto que invada las competencias del Instituto Nacional Electoral (INE) o en su caso, del TEPJF.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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