El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal determinó que Murillo Karam sí cuenta con el derecho a dicho beneficio procesal para volver a su domicilio.
Un Tribunal Federal concedió suspensión definitiva al exprocurador General de la República, Jesús Murillo Karam, para continuar con su proceso penal en prisión domiciliaria, tras su presunta participación en el caso Ayotzinapa.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito resolvió ayer el recurso de revisión incidental 28/2024, interpuesto por el exfuncionario respecto al caso de la presunta tortura contra Felipe Rodríguez Salgado, alías “El Cepillo”, señalado de la desaparición de los 43 normalistas en 2014.
Durante la sesión, los magistrados determinaron que Murillo Karam contaba con el derecho a dicho beneficio procesal; sin embargo, la medida sólo implica la modificación del lugar en que cumplirá la prisión preventiva justificada.
En enero, un Juez en Materia Penal en la Ciudad de México (CdMx), Rubén Darío Noguera Gregoire, negó la suspensión provisional al extitular de la Procuraduría General de la República (PGR) por el caso Ayotzinapa.
El exfuncionario había presentado un amparo contra la resolución del Juez de control del Reclusorio Norte, José Rivas, quien rechazó la posibilidad de auxilio para recabar documentación a su favor.
Ante ello, el Juez Noguera Gregoire consideró que es un acto consumado, luego de que el exprocurador durante el Gobierno de Enrique Peña Nieto fuera procesado por desaparición forzada contra la administración de la justicia y tortura en el Caso Ayotzinapa.
A dos meses de la resolución, los magistrados señalaron que hay elementos para considerar que el Juez de proceso se equivocó al negar la ejecución de la medida, donde expusieron que el riesgo de fuga debe analizarse en función de las características del caso. Esto debido a que el imputado permitió la ejecución de la orden de aprehensión.
Ante ello, el Primer Tribunal Colegiado concedió la suspensión para que Jesús Murillo Karam lleve su proceso en prisión domiciliaria, por lo que el Juez de la causa deberá fijar en audiencia pública para establecer las medidas de su cumplimiento.
Anteriormente, la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa presentó un escrito de acusación contra de Murillo Karam, donde se le señala como culpable de delitos de tortura, desaparición forzada y delitos contra la administración de la justicia.
Por estos crímenes imputados en su contra, la FGR pide una condena de 82 años repartidos de la siguiente manera: 60 años por desaparición forzada, 12 por tortura y 10 por los delitos contra la administración de la justicia.
AUTOR: REDACCIÓN.
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