viernes, 5 de abril de 2024

Reconoce ONU-DH logro de las familias sobre ley sobre desaparición en Baja California

La nueva Ley sobre desaparición y búsqueda de desaparecidos en Baja California, la primera a nivel estatal que reconoce el derecho de toda persona a ser identificada, es resultado de «la incansable labor de las familias de personas desaparecidas en la construcción de este marco jurídico», reconocieron la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR).

Destacaron que la nueva ley, que incluye un capítulo específico sobre la identificación humana y establece la obligación de las autoridades a colaborar en los procesos científicos para identificar los cuerpos, «representa un importante avance para la protección jurídica de las personas desaparecidas y sus familiares a nivel estatal».

Las organizaciones subrayaron que para su efectiva implementación será «fundamental» que las autoridades cumplan con sus atribuciones en la recuperación de cuerpos de personas fallecidas y aseguren una adecuada trazabilidad que permita seguir su rastro, en conformidad con la normativa nacional e internacional, además de que será necesario garantizar un presupuesto adecuado, recursos humanos e infraestructura, así como el derecho a la participación de las familias de personas desaparecidas.

Entre sus recomendaciones, la ONU-DH y el CICR instaron a los gobiernos a que creen lineamientos de operación de los registros estatales en materia de personas desaparecidas, fallecidas no identificadas y el banco estatal genético, «con el fin de determinar las responsabilidades de las autoridades correspondientes para su alimentación y gestión, ya que el marco legal aprobado no lo especifica».

Además, basado en que la ley contiene un capítulo donde se establecen atribuciones y responsabilidades de los ayuntamientos, sugirieron la creación de células municipales de búsqueda que funcionen como entes responsables a nivel local y auxiliares de la Comisión Local de Búsqueda de Personas.

La Ley, aprobada el pasado 31 de marzo, es resultado de mesas de trabajo con las familias de víctimas de desaparición que participaron en el diseño de la ley, acciones para destacar su importancia y propuestas para nutrir su contenido. La ONU-DH y el CICR alentaron «a su pronta promulgación y publicación».

«México y otros países tienen responsabilidades según el derecho internacional para prevenir la desaparición de personas, de abordar las necesidades de los familiares que buscan conocer el paradero de sus seres queridos, sancionar a los responsables y reparar integralmente a las víctimas», recordaron las organizaciones.

COMUNICADO:

El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) reconocen que la nueva Ley sobre desaparición y búsqueda de personas para el estado de Baja California representa un importante avance para la protección jurídica de las personas desaparecidas y sus familiares a nivel estatal. Ambas organizaciones subrayan que, para asegurar su efectiva implementación, es necesario garantizar un presupuesto adecuado y el derecho a la participación de las familias de personas desaparecidas.

El CICR y la ONU-DH destacan la incansable labor de las familias de personas desaparecidas en la construcción de este marco jurídico a través de mesas de trabajo convocadas para el diseño de la ley, acciones para destacar su importancia y propuestas para nutrir su contenido. Posteriormente, tras un extenso proceso de redacción en el Congreso estatal, esta legislación fue aprobada el domingo 31 de marzo. Alentamos a su pronta promulgación y publicación.

Ambas organizaciones impulsaron espacios informativos y de consulta con colectivos de familias en búsqueda de sus seres queridos y brindaron asesoría técnica al Congreso estatal; de igual forma, participaron en el ejercicio de parlamento abierto para la construcción de la ley. El CICR y la ONU-DH enfatizaron la necesidad de garantizar el derecho a la participación conjunta de las familias en todas las etapas del proceso legislativo, pues son sus experiencias las que deben constituir el eje central de toda ley en materia de desaparición, para que responda integralmente a sus necesidades.

El CICR y la ONU-DH subrayan como un logro que la ley de Baja California sea la primera a nivel estatal en incluir un capítulo específico sobre identificación humana, que reconoce el derecho de toda persona a ser identificada y establece la obligación de las autoridades de colaborar en los procesos científicos de identificación. Asimismo, contempla los elementos mínimos que deben tener los protocolos de identificación, para que las autoridades competentes cuenten con estándares homologados.

Además, este marco normativo establece la organización y operación de la Comisión Local de Búsqueda y su coordinación con la Fiscalía Especializada en materia de Desaparición Forzada y Desaparición Cometida por Particulares.

Será fundamental que en su aplicación las autoridades cumplan con sus atribuciones en la recuperación de cuerpos de personas fallecidas y aseguren una adecuada trazabilidad que permita seguir su rastro, en conformidad con la normativa nacional e internacional.

El importante avance que representa este marco jurídico para el fortalecimiento de la búsqueda e identificación de personas en Baja California debe ser consolidado mediante la asignación de los recursos necesarios –materiales económicos, humanos y de infraestructura– que garanticen su implementación efectiva.

Ambas organizaciones recomiendan, además, la creación de lineamientos de operación de los registros estatales en materia de personas desaparecidas, fallecidas no identificadas y el banco estatal genético, con el fin de determinar las responsabilidades de las autoridades correspondientes para su alimentación y gestión, ya que el marco legal aprobado no lo especifica.

Además, basado en que la ley contiene un capítulo donde se establecen atribuciones y responsabilidades de los ayuntamientos, las organizaciones sugieren la creación de las células municipales de búsqueda como entes responsables de las búsquedas a nivel local y auxiliares de la Comisión Local de Búsqueda de Personas.

Finalmente, el CICR y la ONU-DH hacen un llamado a definir de forma transparente los requisitos de consulta pública para la selección de la persona titular de la Comisión Local de Búsqueda, y subrayan la importancia de llevar a cabo este proceso e implementar la ley conforme al principio pro persona, respetando y garantizando efectivamente la participación activa de las familias en todas las etapas del proceso de búsqueda, localización e identificación de sus seres queridos.

El CICR y la ONU-DH recuerdan que México y otros países tienen responsabilidades según el derecho internacional para prevenir la desaparición de personas, de abordar las necesidades de los familiares que buscan conocer el paradero de sus seres queridos, sancionar a los responsables y reparar integralmente a las víctimas.

Como parte de su labor humanitaria, neutral e imparcial, desde 2017 el CICR ha desarrollado un diálogo humanitario en Baja California con autoridades estatales y ha acompañado a familias de personas desaparecidas en los procesos de reconocimiento de sus derechos. De igual forma, ha asesorado técnicamente a las autoridades para impulsar un trato digno hacia los familiares que buscan a un ser querido y elevar los estándares de las prácticas durante el proceso de búsqueda e identificación de personas desaparecidas en la entidad.

Como parte de su labor en favor de la defensa y protección de los derechos humanos, la ONU-DH ha acompañado a autoridades, colectivos de familiares y organizaciones de la sociedad civil de Baja California en el fortalecimiento de las capacidades encaminadas a proteger a todas las personas contra las desapariciones forzadas bajo el marco de los compromisos internacionales adoptados por el estado mexicano y las recomendaciones vertidas en la materia, favoreciendo en todo momento el respeto a los derechos de las víctimas y sus familias.

FUENTE: DESINFORMÉMONOS.
AUTOR: REDACCIÓN.

No hay comentarios:

Publicar un comentario