El Sexto Tribunal Colegiado en materia del Trabajo en la CDMX ordenó a Pemex volver a pagarle la pensión a María Amparo Casar por la muerte de su exmarido, mientras el juez que resuelva el amparo define si concederá la medida en definitiva o no.
Un tribunal federal confirmó la orden para que Petróleos Mexicanos (Pemex) continúe pagando la pensión de María Amparo Casar por la muerte de su exmarido.
El Sexto Tribunal Colegiado en materia del Trabajo en la Ciudad de México modificó la suspensión de plano que le fue concedida a la presidenta de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) porque, indicaron los magistrados, el cese del pago de las pensiones de María Amparo Casar no ponen en riesgo su vida, ni su libertad.
“En el caso, estamos ante la posible afectación a los bienes jurídicos de la quejosa que inciden en su derecho de subsistencia y dignidad humana, por lo que no actualiza alguno de los supuestos del artículo 126 de la Ley de Amparo”, señaló el Colegiado.“El acto se trata de la falta de pago de una pensión concedida desde enero de dos mil cinco, que en su caso le impide acceder a los recursos de esa pensión, lo cual implica la denegación de ciertos ingresos para su subsistencia, pero no denotan en forma directa e inmediata una afectación a la vida”.
En cambio, los magistrados concedieron la suspensión provisional a María Amparo Casar para darle oportunidad tanto a ella como a Pemex de aportar pruebas para defender por qué sí o por qué no es posible continuar con el pago de la pensión post mortem de Carlos Fernando Márquez Padilla García, excoordinador de asesores de la petrolera, mientras se dicta sentencia de amparo.
“Con los elementos con que por ahora se cuenta, se estima procedente se CONCEDA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL con efectos restitutorios provisionales para el efecto de que Petróleos Mexicanos, entregue los montos correspondientes a la pensión postmortem causados desde la fecha de omisión de pago, que alude la quejosa y que de manera indiciaria se deduce de las copias de los estados de cuenta que exhibe, es decir, que se le dejó de pagar a partir de marzo de 2024, hasta la fecha de la concesión de la presente suspensión provisional; asimismo, para que se le cubra la pensión post mortem hasta que se emita la suspensión definitiva, en los términos que se le venía realizando”, precisaron los magistrados.
La demanda de amparo fue tramitada ante el juez Sexto de Distrito en materia del Trabajo de la CDMX quien ordenó enviar el expediente a los juzgados administrativos pues consideró que no es competente para resolver el caso.
Hasta el momento ningún juzgado en materia Administrativa ha notificado la admisión a trámite del juicio de amparo tramitado por Casar.
Sin embargo, mientras eso ocurre, la presidenta de MCCI podrá seguir cobrando su pensión con base en la resolución del Colegiado.
Una vez que un juez en materia Administrativa admita a trámite el amparo, Pemex podrá aportar pruebas para intentar que la medida sea rechazada en la suspensión definitiva.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.
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