Con carentes pruebas circunstanciales sin fondo ni contundencia, el Ministerio Público presentó las primeras acusaciones en contra de Sergio Daniel, el único acusado del feminicidio cometido en contra de Paola Andrea Bañuelos Flores, la joven de 23 años de edad, asesinada al salir del bar La Consentida, ubicado en la Zona de Antros de Mexicali.
Pasadas las 12:30 horas de este sábado 13 de julio, se llevó a cabo la audiencia de formulación del imputado por feminicidio y desaparición forzada entre particulares, Sergio Daniel, acusado de -presuntamente- quitarle la vida a la joven Paola Andrea, donde lo único que se pudo establecer es la incapacidad del Ministerio Público por armar un caso, un juez que cargó su análisis con estereotipos de género y un defensor que no movió un dedo para intentar defender al acusado.
El Ministerio Público presentó como pruebas el trayecto realizado por el vehículo Didi que abordó la joven Paola, el cual inició en la Zona de Antros, para posteriormente trasladarse a la colonia Independencia y pasar -según refiere la información- por la casa de la joven y terminar el viaje. Sin embargo, la unidad tomó un trayecto hacia el Oriente de la ciudad sobre Manuel Gómez Morín y posteriormente se quedó una hora con 8 minutos, en la calle Eucalipto, una zona donde se ubica un terreno baldío, pero también un gran número de residenciales privados, pues se trata de una de las calles de la Zona Dorada de Mexicali. Pese a ello, la FGE no presentó una sola prueba de cámaras de vigilancia en una de las zonas más vigiladas de Mexicali ni en la Zona de Antros, lo cual ya ha sido ampliamente señalado.
El vehículo después toma rumbo hacia la calle Novena y finalmente se dirige hacia Islas Agrarias, donde permanece casi una hora y finalmente se torna el trayecto hacia una casa de Valle de Puebla.
Gracias al trabajo del hermano de Paola, la FGE logró ubicar el celular de la joven en la calle Manuel Gómez Morín, el cual se encontraba quebrado y en poder de una persona en situación de calle, según dicta la lectura del Ministerio Público.
Otra de las pruebas es el hallazgo de los restos de Paola Andrea, en los alrededores del Ejido Islas Agrarias A, gracias -nuevamente- al trabajo de la familia y con apoyo de agentes ministeriales que atendieron el llamado.
El dictamen forense también arrojó que la joven fue víctima de una agresión sexual y se confirmó que la causa del fallecimiento fue por asfixia por estrangulamiento, además de tener otras lesiones y rasguños en diversas partes del cuerpo.
Otra de las pruebas que presentó en su contra es la de una joven testigo que su nombre fue protegido por seguridad, donde refiere que un conductor de Didi con las características de Sergio Daniel, la habría violentado durante el trayecto, donde inicialmente le hizo preguntas que la incomodaron, pero que al llegar a su casa intentó forcejear con ella para que le brindara su número celular o su Facebook, dado que quería invitarla a salir; cuando la ofendida salió de su casa, el sujeto comenzó a llamarla y mandarle mensajes para invitarla a salir, pero hizo caso omiso.
Tras darse cuenta de lo ocurrido con la joven Paola Andrea, decidió apersonarse para presentar la denuncia en su contra.
El Ministerio Público no presentó pruebas de cámaras de vigilancia que confirmaran sus dichos, ni pruebas de ADN para confirmar la probable participación del presunto feminicida; tampoco testimonios de las amistades de Paola que observaran el momento que abordó el Didi y las características del conductor; sólo las características del automóvil.
Con estas pruebas, el juez Salvador Avelar, cuestionó al defensor publico de nombre César Eduardo Carrasco Soberanes, sí deseaba manifestar algo; o bien, solicitar un plazo para recabar pruebas en contra de la vinculación a proceso, ofreciéndole 72 o 144 horas.
De forma habitual, tanto defensores públicos como privados solicitan el plazo de 144 horas, toda vez que eso permite al acusado y a su familia recabar evidencia para enfrentar el proceso de vinculación a proceso.
El defensor público César Eduardo Carrasco, aconsejó no pedir tiempo para recabar pruebas, le indicó que lo vincularan a proceso ese mismo día y finalmente solicitó que se evaluara el caso conforme a la Ley. El consejo del defensor público le impidió tener días para defenderse de las acusaciones en su contra.
Salvador Avelar, inició su razonamiento acreditando que tanto el delito de desaparición forzada entre particulares y feminicidio se acreditan. Sin embargo, continuó emitiendo una serie de estereotipos de género y razonamiento subjetivos, como señalando que a las mujeres no se les agrede, sino que se les ama, “se les enamora”, se les regalan flores, pues -según dijo- las mujeres son “sagradas”, pues -argumentó- “todos venimos de una mujer”.
Avelar Armendariz, hizo una pausa para contener el llanto, pues aseguró que no comprende el razonamiento de una persona que agrede sexualmente a una mujer, para luego asesinarla.
Tras referir que se ha expresado con todos los respetos hacia el acusado, el Juez de Control, le dijo al acusado que se llevara un razonamiento, pues mientras que él estaba bajo proceso judicial, aún tenía vida, mientras que Paola Andrea carecía de ella.
Con ese speech, Avelar Armendariz decretó la vinculación a proceso contra Sergio Daniel, quien permanecerá en prisión durante seis meses, para luego iniciar el proceso judicial en su contra.
AUTOR: EDUARDO VILLA.
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