jueves, 1 de agosto de 2024

Tribunal colegiado ordena al Congreso de Nayarit eliminar el delito de aborto

Un Tribunal concedió un amparo para que el Congreso de Nayarit derogue los artículos que consideran como delito el aborto en la entidad.

Un Tribunal Colegiado ordenó al Congreso de Nayarit eliminar el delito de aborto y derogar los artículos que declarados inconstitucionales que criminalizan su derecho a decidir.

El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito resolvió el Amparo en Revisión 1447/2023, presentado por GIRE, Redefine Nayarit -la red de jóvenes del Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir- y Aquelarre Púrpura, en contra del Código Penal de Nayarit.

En la resolución se determinó que criminalizar el aborto consentido o autoprocurado constituye un acto de violencia y discriminación en razón de género, ya que reduce a las mujeres y personas gestantes a un objeto cuyo único fin es la procreación.


Además de que la penalización absoluta del aborto autoprocurado vulnera el derecho a la salud, ya que impide el acceso a servicios sanitarios de calidad.

De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) una de las organizaciones que interpuso el amparo, la determinación del tribunal también señaló como inconstitucional imponer una sanción al personal de salud que realiza los procedimientos.

“Pues genera un efecto discriminatorio en su contra y limita el ejercicio del derecho a la salud de las mujeres y personas gestantes”.

Y declaró inconstituicional una porción normativa que dice: “a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora”, al determinar que esto constituye un obstáculo para el acceso efectivo y sin dilaciones a la interrupción del embarazo por motivos de salud.

Con esto, el Congreso de Nayarit deberá derogar los artículos señalados antes de concluir el periodo ordinario de sesiones.

En un comunicado, las organizaciones que tramitaron el amparo celebraron la decisión y exigieron que se garantice el aborto como un servicio de salud esencial al que las mujeres, hombres trans y personas no binaries gestantes pueden recurrir.

¿Qué falta para garantizar el derecho al aborto en México?

El aborto aún aparece en el Código Penal Federal porque el Congreso de la Unión no ha legislado al respecto. El capítulo VI refiere que es un delito en cualquier momento del embarazo salvo que sea espontáneo, cuando sea resultado de una violación o la persona embarazada corra peligro de muerte.

“Una cosa es que la Corte dé un análisis constitucional y establezca que no se debe sancionar, pero otra cosa muy distinta es que el resto de las autoridades cumpla con este criterio. La decisión de la Corte es un faro, es una guía súper importante; sin embargo, se requieren acciones concretas de parte del Legislativo y el Ejecutivo en los estados y en el Código Penal Federal”, explica Fernanda Díaz de león Ballesteros, subdirectora de Incidencia en Ipas Latinoamérica y El Caribe.

Además, en México, el aborto se regula a nivel local y hay circunstancias bajo las cuales no se castiga y otras por las cuales sí se considera como un delito. Los códigos penales de cada entidad federativa establecen cuáles son.

Hasta ahora, suman 12 entidades que han despenalizado el aborto en las primeras semanas de gestación sin necesidad de explicar las razones por las cuales la persona embarazada se somete a este procedimiento: Ciudad de México, Oaxaca, Baja California, Coahuila, Veracruz, Colima, Hidalgo, Guerrero, Baja California Sur, Sinaloa y Quintana Roo y el más reciente Aguascalientes.

En el caso de Sinaloa, desde marzo de 2022, el aborto voluntario está permitido hasta las 13 semanas de gestación cuando en otras entidades es sólo hasta 12. Además, en Guerrero se reformó el Código Penal local para permitir el aborto voluntario en cualquier momento del embarazo sin que sea considerado como un delito, aunque aún se puede perseguir a quien auxilie a abortar en embarazos con más de doce semanas de gestación.

Como argumenta GIRE, esto es discriminación jurídica, pues las mujeres y personas gestantes tienen más o menos derecho de acceder a un aborto bajo un marco legal, de acuerdo con su lugar de residencia. De ahí la importancia de despenalizar el aborto en las 20 entidades faltantes y quitarlo del Código Penal Federal.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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