sábado, 14 de septiembre de 2024

Consejo de la Judicatura: jueces y magistrados podrán adelantar su retiro

La Judicatura Federal adecuó el retiro conforme a la ley de ISSSTE, por lo que la pensión complementaria para mujeres será desde los 56 años y 28 de servicio y para hombres desde los 58 años y 30 de servicio. El acuerdo vence al entrar en vigor la reforma judicial.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) autorizó reducir la edad a la que los jueces y magistrados federales podrán adelantar su jubilación o pensión antes de que entre en vigor la reforma judicial.

Fuentes federales confirmaron que el jueves el Pleno del CJF, del que forman parte consejeros designados por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, aprobó por unanimidad un punto de acuerdo para modificar las normas con el propósito de adecuar el retiro de los jueces y magistrados federales a la Ley del ISSSTE.

De esta manera, los juzgadores podrán jubilarse de forma anticipada y acceder a una pensión complementaria que tendrá que autorizar el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Actualmente el Acuerdo General del CJF que regula el Plan de Pensiones Complementarias de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito establece que la edad mínima para tener una pensión de este tipo es de 65 años y 25 de servicio.

Conforme al punto de acuerdo aprobado, el CJF homologó el texto para que quede conforme a la Ley del ISSSTE que establece acceso a pensión complementaria para mujeres desde los 56 años de edad y 28 de servicio y para hombres desde los 58 años de edad y 30 de servicio.

También se alinearon los requisitos de pensión por cesantía en edad avanzada para que accedan desde los 60 años y 25 de servicio y obtener un seguro de retiro, siempre que en su cuenta individual tenga el dinero suficiente para tener una renta vitalicia, que requiere de 2 millones 300 mil pesos aproximadamente.

En la modificación del acuerdo del CJF se estableció que los magistrados sólo podrán acceder a la pensión complementaria siempre que el ISSSTE se las otorgue, por lo que los recursos de estas prestaciones saldrán del presupuesto del PJF.

Desaparece el CJF

En la reforma aprobada por la mayoría de Morena en el Congreso, desaparecerá el CJF y será sustituido por el Tribunal de Disciplina y el órgano de administración judicial, el cual administrará los recursos del Poder Judicial.

El actual CJF es el órgano encargado de la disciplina, vigilancia y administración de los más de mil juzgados y tribunales federales del país.

La reforma constitucional aprobada por el Poder Legislativo y cuya promulgación y publicación se prevé para el 15 de septiembre, establece en la Carta Magna la eliminación de los fideicomisos del PJF y la prohibición de crear nuevos.

Estos fideicomisos formaron parte de una de las principales pugnas del presidente López Obrador con la administración de la ministra presidenta de la Suprema Corte y del CJF, Norma Piña.

En octubre del año pasado fue reformada la Ley Orgánica del PJF para eliminar 13 de los 14 fideicomisos que tenía el Poder Judicial, entre los que se encuentra el de Pensiones Complementarias de Magistrados y Jueces Jubilados.

Sin embargo, la ejecución de esta reforma permanece frenada gracias a las suspensiones de amparo que posteriormente fueron ratificadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la acción de inconstitucionalidad presentada por la oposición contra dicha modificación.

Inicialmente el presidente López Obrador había dicho que el dinero de esos fideicomisos se utilizaría para ayudar a las víctimas de Guerrero por el huracán Otis, pero con la reforma serán utilizados para la organización de las elecciones en las que se votará por los juzgadores.

Al presentar su último paquete de iniciativas de reformas el presidente incluyó la judicial, en la que se establece la elección por voto popular de jueces, magistrados y ministros de todo el país, lo que implica en el caso del PJF la salida anticipada de más de mil 600 juzgadores.

En la reforma se establece que los juzgadores que salgan anticipadamente del PJF como parte de la ejecución de la misma ya no tendrán derecho a sus pensiones, sino a una indemnización conforme a los mínimos establecidos en la Ley Federal del Trabajo: tres meses de salario y 20 días de salario por año trabajado.

La propia reforma establece que el CJF tiene que elaborar un plan de trabajo para transferir los recursos materiales, humanos, financieros y presupuestales al Tribunal de Disciplina y al órgano de administración judicial y emitir los acuerdos generales que considere pertinentes para cumplir con dicho plan.

Por lo que con el punto de acuerdo aprobado el jueves por el Consejo, se prevé un incremento de jubilaciones anticipadas y, por tanto, la creación de plazas vacantes que serán sometidas al proceso de selección por voto popular en el año 2025. Además, se reduce el número de juzgadores que no podrán pensionarse y están en riesgo de ser destituidos por la aplicación de la reforma.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.

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