jueves, 19 de septiembre de 2024

Reforma a la Guardia Nacional garantiza fuero militar a sus elementos; da facultades inéditas de investigación de delitos

La reforma que será discutida y votada este jueves en la Cámara de Diputados deja ver que nunca se tuvo la intención real de que la Guardia Nacional fuera un cuerpo civil, concluyen especialistas.

Con la reforma constitucional de la Guardia Nacional (GN), propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, no solo se busca que esta institución -originalmente civil y policial- esté bajo el mando total de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), sino que además se busca garantizar el fuero militar para los guardias nacionales y que el predominio en la investigación de delitos esté en manos del Ejército. 

La propuesta del presidente, que ha fue dictaminado en Comisiones y que este jueves será discutida y aprobada en el pleno de la Cámara de Diputados con los votos de la mayoría Morena-PVEM-PT, plantea reformar el artículo 13, para que los órganos de justicia militar puedan conocer de los casos donde intervengan los elementos de la Guardia Nacional. Además, en el artículo 21 se establece que la investigación de los delitos también corresponderá a la Guardia Nacional, en el ámbito de su competencia.

La reforma ha sido criticada por especialistas y activistas en derechos humanos, no solo por la “militarización” de un cuerpo creado en 2019 como una corporación civil, sino por las repercusiones que tendrá en la justicia militar.

“Desde México Unido hemos insistido en que esta reforma va a militarizar de manera permanente la seguridad pública a nivel federal y si bien uno de los puntos más importantes de la reforma tiene que ver con la adscripción de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, digamos que éste no es el único efecto que tiene”, señaló Jonathan De Vicente, director de Incidencia Política de la organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), en entrevista con Animal Político.

Aunque diversas organizaciones advirtieron que con la reforma se busca modificar 12 artículos de la Constitución para poner a la Guardia Nacional bajo el mando y el control total de la Sedena, el líder de Morena en Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, ha dicho que ése “es un debate que ya superamos”. Y, sin escuchar a las personas expertas y las diversas organizaciones de la sociedad civil que se han pronunciado en contra, anunció la aprobación de la reforma para este jueves 19 de septiembre en SAN Lázaro y la próxima semana en el Senado.

Fuero militar para la Guardia Nacional

Desde el 25 de julio de 2024, la organización MUCD advirtió que de aprobarse la reforma a la Guardia Nacional se concedería un fuero militar a todos los elementos de la GN que cometan delitos y violaciones a derechos humanos. 

“Esto porque expande la jurisdicción de los tribunales militares a una institución que está facultada para la investigación de los delitos del fuero federal civil, lo que representa un riesgo para el acceso a la justicia de las víctimas de violaciones a derechos humanos cometidas por elementos de la GN”, señaló en un comunicado.

Consultado al respecto, Jonathan De Vicente detalló que, en la nueva iniciativa de reforma, se incluyó una modificación al artículo 13 constitucional por el que se estableció que el actuar de la Guardia Nacional quedaría bajo vigilancia de juzgados militares.

“Los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional”, señala el artículo modificado, aunque en el mismo fragmento se señala que “cuando en un delito o falta de orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda”. 

“En cuanto a las repercusiones, digamos que se abre nuevamente la ventana de opacidad y de que nos esclarezcan violaciones cometidas por elementos de la Fuerza Armadas contra civiles, pues finalmente serían militares cuidando militares”, señala De Vicente.

“También no hay que olvidar que muchas veces en este tipo de casos se pueden volver a comer violaciones a los derechos humanos, en las víctimas, y digamos que las Fuerzas Armadas se han caracterizado por eso, no solamente la violación, no solamente en el momento del acto sino durante la investigación y también se puede ocultar información, manipular la evidencia sobre todo para que quede como impunes”, agrega.


Predominio en la investigación de delitos

Sobre las nuevas facultades para la investigación de delitos por parte de elementos de la Guardia Nacional, Lilian Chapakoloffon, experta en temas de seguridad pública, señala que estas atribuciones son algo que “no habíamos visto en el país”. 

“(Porque) siempre se tenían separadas estas funciones y el Ejército no tenía un papel de investigación en el proceso penal, o sea, digamos que se crea un nuevo precedente en donde los militares ya estarían incursionando en funciones de investigación criminal”, señala en entrevista con Animal Político. 

Y es que en la iniciativa de reforma a la Guardia Nacional también se modifica el artículo 21 constitucional para agregar que “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de la función”, señala el dictamen aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.  

“Lo que sí está muy claro es que los actos de investigación deben ser ordenados por el Ministerio Público y otros actos de investigación como intervención de telecomunicaciones, sí requieren la autorización judicial que la tramita el Ministerio Público, no la tramita la policía ni la Guardia Nacional”, recuerda Chapakoloffon.

Aunque también señala que esto último brinca a otra cosa que tiene que ver con la subordinación que establece la Constitución para la Investigación de diversos delitos de los militares frente a las autoridades civiles. 

“Esto es algo muy importante ya en en el día a día, cómo ellos perciben a las autoridades a quienes tengan que subordinarse, como el Ministerio Público, porque no pueden llevar a cabo actos si no hay un oficio en el que se les ordena actuar y vamos a ver cómo eso resuena, ver cómo eso opera en la realidad, porque una cosa es lo que se escribe en la Constitución y otra cosa es cómo los militares reciben órdenes de una instancia civil como es el Ministerio Público”. 

En el país hay menos de cuatro mil policías de investigación en la Fiscalía General de la República (FGR), según el Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal, y menos aún en la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), por lo que podría existir un predominio irregular en la investigación de delitos por parte del Ejército mexicano. 

Es decir que, en términos prácticos, de aprobarse la iniciativa pasaría el país de tener 126 mil 203 personas adscritas o asignadas a la Guardia Nacional que podrían investigar delitos, según datos del Censo Nacional de Seguridad Pública Federal, contra los menos de 5 mil que habría en fuerzas federales. 

“Lo que nos dice (la modificación al artículo 21) es que nunca se tuvo la intención de que la Guardia Nacional fuera una institución civil, como lo marca hasta hoy la Constitución. Yo creo que eso es lo que nos dicen los datos todo el tiempo, digamos que se apostó por fortalecer las filas del Ejército y esa era la apuesta, pero realmente nunca se tuvo la intención de fortalecer a la Guardia Nacional como una policía”, señala.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ALFREDO MAZA.

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