La decisión del INE respaldada por el Tribunal Electoral sostiene que los dichos de Alejandro Moreno denunciados por los expresidentes del PRI fueron emitidos dentro del partido, por lo que son asuntos de su vida interna y no son propaganda político-electoral, por lo cual la autoridad electoral no tiene competencia para intervenir.
Expresidentes del PRI recibieron este miércoles un revés en su conflicto con Alejandro Moreno, presidente actual de ese partido, luego que el Tribunal Electoral federal confirmó un acuerdo del INE en el que se desechó una queja contra el priista acusado de presuntas calumnias y violencia política contra sus compañeros.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el acuerdo del INE publicado en julio pasado por el que desechó la queja de Dulce María Sauri Riancho, Enrique Ochoa Reza, Pedro Joaquín Coldwell y Aurelio Nuño.
La mayoría de los magistrados del Tribunal respaldaron el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE en el que determinó no iniciar un proceso sancionador contra Alejandro Moreno por presunta comisión de calumnia y violencia política en contra de los expresidentes del PRI y el uso indebido de la pauta oficial de ese partido.
“Se propone confirmar el acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE que desechó la denuncia presentada por la parte recurrente (lo expresidentes del PRI) en contra del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PRI al considerar que de un análisis preliminar no existían elementos para iniciar un procedimiento administrativo sancionador”, de acuerdo con el proyecto presentado por la magistrada Janine Otálora y luego aprobado por la mayoría, excepto el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón que presentó un voto particular en contra.
La decisión del INE respaldada por el Tribunal Electoral sostiene que los dichos de Alejandro Moreno denunciados por los expresidentes del PRI fueron emitidos dentro del partido, por lo que son asuntos de su vida interna y no son propaganda político-electoral, por lo cual la autoridad electoral no tiene competencia para intervenir.
“Todas estas declaraciones del presidente del partido político Revolucionario Institucional en contra de presidenta y presidentes anteriores a él, no tienen vínculo con un proceso electoral, sino, como de hecho ya se dijo, con un conflicto partidista, ya que esto se dio en torno justamente a la modificación, primero, en la celebración de una asamblea; segundo, a la modificación de los estatutos del propio partido y, posteriormente, a la reelección del actual presidente. Entonces, en ese sentido es que sí comparto lo dicho por la Unidad Técnica de lo Contencioso”, explicó Otálora en la sesión pública del Tribunal Electoral de este miércoles.
Durante su camino rumbo a la reelección, Alejandro Moreno expresó diversos comentarios contra priistas en los que acusaba a algunos de ser responsables de la caída del PRI, de financiamiento ilegal de campañas y hasta del asesinato en 1994 de Luis Donaldo Colosio, candidato presidencial del tricolor.
Por ejemplo, sobre Dulce María Sauri, presidenta nacional del partido tricolor entre 1999 y 2002, Moreno comentó que habría que cuestionarla por el Pemexgate, un caso de financiación ilegal de la campaña presidencial de Francisco Labastida en el 2000. Además, cuestionó que durante su dirigencia el PRI perdió por primera vez la Presidencia de la República.
El conflicto entre Alejandro Moreno y figuras del priismo comenzó cuando operó cambios en estatutos del partido para lograr su reelección como presidente nacional de ese instituto, lo cual consiguió.
El voto en contra de desechar la queja de los expresidentes del PRI contra Alejandro Moreno
Durante la sesión pública del Tribunal Electoral el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón expresó que emitiría un voto particular en contra del proyecto pues él consideraba que debería revocarse la decisión del INE de desechar la queja.
Rodríguez Mondragón expuso que la Unidad de lo Contensioso del INE había argumentado que los dichos de Moreno no eran propaganda-electoral, pero a su juicio eso debería ser analizado por una Sala Especializada.
“Se trata de mensajes del presidente de un partido político que se comunican en un acto de partido político, en donde están presentes en uno de ellos, varios de los dirigentes, legisladores, con una chamarra del partido, con el logo del partido y también, otros videos grabados en la que aparentemente es la sede del partido, una oficina del partido. Y todos estos mensajes los dirige el presidente del partido”, expresó el magistrado.
Además, Reyes Mondragón comentó que los dichos de Alejandro Moreno contra los expresidentes del PRI son por hechos que podrían ser delitos -como el caso del Pemexgate- con el fin último de “correrlos del partido”.
Así, el magistrado dijo que si los expresidente del PRI no pudieran denunciar esos dichos como calumnia electoral o violencia política de género que en un principio tendría que ser analizado por una Sala Especializada, entonces sólo les quedaba usar los medios internos del partido, lo cual, por el conflicto interno actual, “no serían recursos efectivos”.
“Debiera ser admitida la queja, salvo que hubiera otra razón de desechamiento, pero no la de que, en un análisis preliminar no constituye propaganda política, es discurso político. Los partidos no solo emiten propaganda a través de sus tiempos de Estado, ni de carteles en la calle”, dijo el magistrado.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.
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