sábado, 23 de noviembre de 2024

Extinción del INAI: Artículo 19 busca resguardar y respaldar la información pública de la Plataforma Nacional de Transparencia

Los archivos de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) podrían perderse pues la reforma constitucional que elimina siete organismos autónomos, entre ellos el INAI, no prevé qué hacer con ellos.

Entre las cuestiones no previstas por el Congreso en el proceso de extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Datos Personales (INAI) está el futuro de los 14 mil millones de archivos de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT)  a los que cualquiera tuvo acceso de manera sencilla y rápida en los últimos 10 años, pero que ahora existe el riesgo que los ciudadanos pierdan ese derecho. 

Por ello, la organización Artículo 19, dedicada a la defensa de los derechos humanos, está proponiendo ser el encargado del resguardo y respaldo de la información contenida en la PNT, toda vez que se trata de información pública y ya publicada.

“Apelamos a la naturaleza pública de la información. La PNT y la información contenida en ella es un bien público. Parece una obviedad, pero hay que recalcarlo: las instituciones son depositarias, pero no son propietarias de la información”, explica Leopoldo Maldonado, director de Artículo 19 México.

Por ello, dice, “lo que estamos buscando es que podamos tener un repositorio para que siga siendo accesible”, incluso en alianza con organizaciones académicas a fin de que la información esté disponible para cualquier ciudadano. “En ningún caso queremos el monopolio de la información o la donación de datos, sino que sea asequible al público”, puntualiza.

Esta propuesta ya la hicieron al INAI, específicamente a la comisionada Norma Julieta del Río, quien está a cargo de la PNT, aunque aún no recibe una respuesta al respecto, pero se trata, insiste, de una posibilidad real para asegurar el derecho a la información de los ciudadanos. 

Por supuesto, explica Gómez, habría que ver la viabilidad jurídica y técnica de esa propuesta, pero la organización ya tiene un antecedente al respecto con el resguardo y respaldo del Proyecto Archivos de la Represión, una plataforma que contiene las fichas de la Dirección General de Seguridad relativas al seguimiento, es decir, espionaje.

“Esa información, por estar relacionada con la Guerra Sucia y entrañar violaciones a derechos humanos, es de interés público. Bajo esa premisa hicimos ese repositorio respaldado con otras instituciones académicas”, explica Maldonado. 

Incluso, esa información fue utilizada en el amparo interpuesto ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el Caso Rosendo Radilla, donde se reconoce el terrorismo de Estado en México. “Revisando la sentencia nos damos cuenta que ocuparon para sustentar el amparo los archivos de la represión exhaustivamente. Al menos encontramos 200 referencias de los documentos y sistematización en nuestras plataformas”.

Justamente este tipo de acciones es donde se comprueba la utilidad de la información pública, y que al estar disponible para cualquier persona, se convierte en herramienta para ejercer otros derechos, en el caso Radilla, el derecho a la justicia. 

Los derechos perdidos

La PNT comenzó a funcionar en 2014, como repositorio de los más de 800 sujetos obligados de todos los niveles de gobierno, es decir, el gobierno federal, los estatales, municipales e incluso todos aquellos que reciben recursos públicos como los partidos políticos, organismos autónomos, empresas del Estado, sindicatos, fideicomisos, entre otros. 

Esto como parte de los avances en materia de transparencia y que estaba acorde con la Ley General de Transparencia. Esta plataforma es una concentradora de información para los ciudadanos, y evitaba la pulverización de información.

Por ejemplo, si una persona deseaba conocer el contrato que hizo su municipio para la compra de luminarias, podía buscarlo en la Plataforma con un par de clicks sin necesidad de navegar entre la página del municipio. Lo mismo si buscaba permisos, manifestaciones de impacto ambiental o listado de proveedores de cualquier dependencia de gobierno federal o estatal. 

Toda vez que cada uno de los 800 organismos tenían la obligación de publicar cada trimestre “las obligaciones de transparencia”, que incluyen datos como el directorio, salarios, contratos, proveedores, padrones, donativos, convenios, entre otros.

El INAI era el encargado de vigilar que cada ente lo cumpliera y además concentraba la información en la PNT.

Con la reforma para extinguir a los organismos autónomos, incluyendo al INAI, no hay claridad sobre esa obligación y la Secretaría Anticorrupción, que asumiría ciertas facultades, podría resguardar la información, pero solo de la Federación, mas no de los estados, municipios, sindicatos y cualquier otro ente que recibe recursos públicos. 

Esto significa que cada ente deberá tener su propio repositorio, si es que queda establecido así en las leyes secundarias, pero ni siquiera hay claridad de ello. Y aun bajo ese escenario se regresará al inicio de la lucha por la transparencia porque la información estará pulverizada y no habrá un vigilante que obligue a un sindicato o un partido político a cumplirlo. 

“Esto significa violar el el principio de accesibilidad de acceso a la información. Lo único que podría resguardar la Secretaría Anticorrupción sería los datos del gobierno federal, pero no podrían hacerse cargo de los otros poderes, por eso es que la reforma (de extinción) tiene vicio de origen”, afirma Leopoldo Maldonado.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: NAYELI ROLDÁN.

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