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Magistrados critican la resolución del TEPJF porque implica que los aspirantes a obtener las candidaturas que se inscribieron ante el Comité lleguen a la tómbola directamente sin ser evaluados.

La resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que el Senado de la República califique a los aspirantes que se inscribieron ante el Comité de Evaluación del PJF, fue emitida pese a que la reforma constitucional establece lo contrario.

A propuesta de la magistrada presidenta Mónica Soto, el TEPJF avaló con mayoría de tres votos que si el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (CEPJF) no continuará con el proceso de selección de candidatos en cumplimiento a las suspensiones concedidas en amparos, el Senado podrá continuar con esta actividad.

Sin embargo, la reforma judicial estableció tanto en la Constitución como en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, qué pasaría para el caso de que alguno de los tres poderes no envíe sus listas de candidatos a tiempo al Senado.

El artículo 96 fracción III de la Carta Magna establece que el Senado de la República recibirá las postulaciones y remitirá las listas de candidatos de los tres poderes al Instituto Nacional Electoral (INE) a más tardar el 12 de febrero del año de la elección.

En su convocatoria, el Senado precisó que los comités de los tres poderes deberán publicar la lista de personas elegibles para obtener una candidatura a más tardar el 31 de enero de este año y los depurarán mediante insaculación.

De este modo, remitirán sus listas finales a más tardar el 4 de febrero al poder que corresponda para aprobarlos a más tardar el 6 y remitirlos al Senado, para lo cual tienen hasta el 8 de febrero.

“Los poderes que no remitan sus postulaciones al término del plazo previsto en la convocatoria (emitida por el Senado) no podrán hacerlo posteriormente”, señala el segundo párrafo de dicha fracción.

Es decir, que si el CEPJF no envía sus listas de personas elegibles a la Corte a más tardar el 4 de febrero, para que esta pueda aprobarlos, el Poder Judicial ya no podrá remitir las listas después.

Incluso, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prevé que los listados estén aprobados y sean remitidos al Senado a más tardar el 1 de febrero.

“Las autoridades que no remitan postulaciones al término del plazo previsto en la convocatoria respectiva estarán impedidas para hacerlo posteriormente”, reitera dicha legislación.

Ambos escenarios fueron planteados por el Congreso de la Unión, en el que Morena y aliados tienen mayoría, en la reforma judicial y las secundarias que avalaron en el primer mes de administración de la presidenta Claudia Sheinbaum.

JUZGADORES CRITICAN RESOLUCIÓN DEL TEPJF

Durante la conferencia matutina del PJF, la resolución del Tribunal Electoral fue criticada porque implica que los aspirantes a obtener las candidaturas que se inscribieron ante el CEPJF lleguen a la tómbola directamente sin ser evaluados.

El magistrado Juan José Olvera López explicó que no hay suficientes aspirantes para completar el proceso previo a la insaculación o tómbola prevista en la reforma judicial.

Cuestionó la intención del Senado de que estos aspirantes sean incorporados directamente a la tómbola porque si resultan seleccionados en este mecanismo aleatorio, los candidatos aún deberán ser aprobados por la SCJN.

“Violando flagrantemente la Constitución, el Tribunal Electoral, el Senado y presidencia pretenden que se modifique completamente la constitución como lo establecieron ellos, para que ahora por  cumplimiento sustituto sea el Senado el que elija”, señaló el magistrado. 

Olvera enfatizó en que los únicos facultados para conceder suspensiones son los jueces de amparo y acusó al TEPJF de que, con su resolución, asume atribuciones constitucionales que no tiene.

Advirtió que la resolución del TEPJF, al establecer que si la Corte no aprueba los perfiles enviados por el Senado estos se tendrán por avalados en automático, también es contraria a la Constitución.

“No olviden que por encima de la soberbia que están mostrando (el TEPJF), se deben precisamente a la población, les han vendido la idea a las personas de que esto les va a generar más poder a las personas que van a votar”, enfatizó la magistrada Julia María del Carmen García González.

“Es su afán de legitimar a toda costa y que a fuerza haya alguien de este lado, porque si la Constitución claramente prevé que si no hay candidatos pues se elige con las demás personas, ¿qué necedad de que haya necesariamente alguien de este lado?”

Actualmente ante el Comité de Evaluación del Poder Judicial, hay mil 47 aspirantes registrados y otros que mantienen recursos pendientes ante el propio TEPJF para llegar a los listados.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI, CARLOS CRUZ.

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