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Sin cumplirse, el único amparo contra la reforma judicial

De acuerdo con una revisión de Proceso, de los más de mil 600 amparos contra la reforma judicial, sólo uno consiguió la protección de la justicia, no obstante, ninguna autoridad ha acatado la orden.

De más de mil 600 amparos que fueron tramitados contra la reforma judicial, sólo uno concluyó en sentencia definitiva en la que un juez federal concedió la protección constitucional no sólo para frenar la elección sino para evitar la entrega de los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación al gobierno de la 4T. Sin embargo, ninguna autoridad cumplió la orden judicial.

Fuentes federales consultadas por Proceso refirieron que desde el 1 de enero de 2024 hasta el 9 de enero de 2025 fueron presentadas mil 672 demandas de amparo contra la reforma judicial.

De esas demandas, 234 fueron presentadas antes de que el expresidente Andrés Manuel López Obrador promulgara el decreto de reforma al Poder Judicial el 15 de septiembre de 2024 con la que jueces, magistrados y ministros serán electos por voto popular y mil 438 una vez que la reforma ya era un hecho.

La reforma judicial impulsada por López Obrador implica la erradicación del Poder Judicial de la Federación (PJF) como fue concebido desde la reforma de 1994 para que todos los juzgadores sean destituidos y sus sustitutos sean electos por voto popular, asimismo reestructura la Suprema Corte, elimina al Consejo de la Judicatura Federal (CJF), extingue los fideicomisos de dicho poder y ajusta los salarios de sus funcionarios para que no ganen más que el titular del Ejecutivo federal.

De una revisión realizada por esta casa editorial en los registros públicos del CJF se constató que hasta el 14 de enero de este año han concluido 138 juicios de amparo, pero sólo en uno de ellos fue dictada sentencia de amparo.

En 77 de los casos los jueces decidieron desechar las demandas al considerarlas improcedentes por razones de supremacía constitucional o porque afirmaron que los actos reclamados son de materia electoral.

En 37 expedientes los jueces ya habían admitido las demandas, pero decretaron el sobreseimiento —cerraron los casos sin estudiarlos a fondo ni emitir pronunciamiento alguno— utilizando como argumento la aprobación de la reforma de la supremacía constitucional con la que Morena blindó sus reformas a la Carta Magna e impidió tramitar amparos contra éstas.

Sin embargo, 15 sobreseimientos y desechamientos de otras demandas ya fueron impugnadas por los interesados, por lo que esos juicios permanecen en trámite y las suspensiones que fueron concedidas para frenar el proceso de elección judicial seguirán vigentes, hasta en tanto los tribunales colegiados no se pronuncien.

En 18 expedientes los jueces se declararon impedidos para resolver los amparos porque afirmaron tener interés o haber tramitado amparos ante otros juzgados contra la reforma judicial.

En nueve casos los jueces afirmaron ser incompetentes por razón de territorio, pero en cinco de ellos, los juzgados a los que fueron enviados esos asuntos fueron rechazados, por lo que los conflictos competenciales están en trámite ante diversos tribunales colegiados.

De todos los quejosos, tres se desistieron de sus demandas y uno simplemente no desahogó el requerimiento del juez de Distrito y se le tuvo por no presentada.

Sentencia sin acatarse

Proceso informó que el pasado 6 de diciembre de 2024 la jueza Sexto de Distrito en materia Administrativa en el estado de Jalisco, María Gabriela Ruiz Márquez, concedió el primer y único amparo, hasta ahora, contra la reforma judicial.

Aunque en su sentencia la jueza ordenó dejar insubsistentes los actos del proceso de elección judicial prevista para junio de este año, ninguna autoridad ha cumplido, pues desde los primeros días de enero el Instituto Nacional Electoral (INE), la Tesorería de la Federación (Tesofe), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Congreso de Baja California, la Cámara de Diputados y la Fiscalía General de la República (FGR), impugnaron la decisión.

De acuerdo con los estrados judiciales, el 14 de enero la jueza ordenó enviar los recursos y su informe al tribunal colegiado que corresponda para que determine si confirma o no la sentencia de amparo.
El fallo, dictado en el amparo 1338/2024, es público y en él la jueza precisó que los quejosos impugnaron el proceso de reforma constitucional al considerar que hubo irregularidades en el mismo, lo que la juzgadora confirmó.
Para ello, explicó que en el caso de la reforma judicial hubo irregularidades que hacen presumir que hubo vicios en el consentimiento de los legisladores que votaron a favor de la misma.

“Durante el proceso legislativo impugnado se vislumbraron diversas irregularidades, que hacen presumir vicios en el consentimiento de los parlamentarios; además se desarrolló en un clima de ataques sistemáticos del Ejecutivo en contra del Poder Judicial, como parte de una narrativa tendiente a deslegitimarlo.

“Esto produjo un ‘efecto corruptor’ en la forma en que lo denomina la parte quejosa, o un condicionamiento de la percepción global e individual de las personas integrantes del cuerpo legislativo, que provoca la nulidad del procedimiento legislativo, al tratarse de un ilícito constitucional que afecta el respeto de las minorías, pues se desarrolló en un marco de ataques sistemáticos del Poder Ejecutivo en contra del Judicial, financiado con recursos públicos y mediante canales oficiales de comunicación”, indicó.

Afirmó que el expresidente López Obrador construyó una narrativa de que el PJF estaba integrado por funcionarios corruptos, pero nunca presentó pruebas de sus dichos y pese a ello logró colocar una percepción negativa de la institución, lo que “contaminó” el procedimiento legislativo.

“No se tiene la certeza de que los parlamentarios hayan estudiado la reforma propuesta por el Ejecutivo, con la comprensión necesaria para un adecuado planteamiento y defensa, sino que es muy probable que, con base en este discurso, sin hacer un ejercicio reflexivo al respecto, hayan aceptado la reforma como método para eliminar la ‘corrupción’ de ese poder”, agregó.

Cambios de opinión

La sentencia retomó el cambio de postura de última hora del senador Miguel Ángel Yunes Márquez, quien logró inclinar la balanza en el Senado a favor de la iniciativa morenista, así como la detención del padre del senador Daniel Barreda (MC) horas antes de la discusión del dictamen, como ejemplos de las irregularidades del proceso legislativo de la reforma judicial.

“La concatenación de estos elementos generan fuertes indicios en un mismo sentido, sin ninguno en contrario, y constituyen una inferencia válida y contundente de que el procedimiento legislativo no respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, en condiciones de libertad e igualdad, ante la presión que se ejerció sobre legisladores de oposición, de un modo que fue determinante para el resultado de su votación”, refirió la jueza.

“Los hechos revelan que la iniciativa de reforma propuesta por el Ejecutivo federal, más que representar una propuesta, constituyó un mandato para los legisladores, quienes valiéndose de las instituciones, los medios oficiales, la amenaza, la coacción y la aprehensión, violaron los principios de libertad e igualdad parlamentarias, tanto en su dimensión colectiva (al instituir un mandato para la mayoría) como individual (al vulnerar la libertad psicológica del senador Yunes y física del senador Barrera) y, con ello, lograr la aprobación de la tan cuestionada reforma”.
Ruiz Márquez también argumentó que el cambio de sede de la Cámara de Diputados para trasladar la sesión al deportivo Magdalena Mixihuca sin garantizar la adecuada verificación del quórum genera la incertidumbre de que la asamblea se haya integrado adecuada y realmente por legisladores y no por personas distintas, pues hubo quienes enviaron a sus asistentes.
“La falta de elementos de certidumbre para determinar la correcta identificación de los diputados que participaron en la sesión ordinaria de 3 de septiembre de 2024, así como la respectiva violación al artículo 46 del Reglamento de la Cámara de Diputados, generan la nulidad absoluta de la asamblea, ya que la verificación de la identidad de los votantes es indispensable para su validez”, enfatizó.

En síntesis, la juez no analizó el contenido de la reforma porque éste no fue impugnado debido a que, de haberlo hecho así, el amparo hubiera sido desechado por improcedente, pues la reforma de la supremacía constitucional así lo ordena.

En los próximos días el expediente será recibido en alguno de los tribunales colegiados de Jalisco, que puede demorar más de un mes en emitir su resolución definitiva o, incluso, solicitar a la Suprema Corte que atraiga el caso.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI, CARLOS CRUZ.

Asesinan de un balazo en la cabeza a ex diputado local del PAN en EDOMEX

El ex diputado local Francisco Brian Rojas Cano, militante del Partido Acción Nacional (PAN), fue asesinado, el 30 de enero de 2025. de un disparo de arma de fuego en la cabeza, mientras se encontraba dentro de las oficinas del Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM), ubicadas en la avenida La Palma, de la colonia San José, del municipio de Cuautitlán Izcalli.

Según lo reportaron medios locales, un sujeto ingresó detrás de él, le disparó y huyó. Al llegar servicios de emergencia, los paramédicos revisaron al hombre lesionado, de 43 años de edad, quien ya no presentaba signos vitales, por lo que solicitaron la presencia del Ministerio Público, para certificar el fallecimiento.

La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) inició la investigación correspondiente, para dar con el paradero del o los presuntos responsables, sin embargo hasta la redacción de la presente nota, no había personas detenidas.

Rojas Cano nació el 28 de agosto de 1981. Era Licenciado en Administración de Empresas, egresado del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM). Fue diputado local por el Distrito 43 del Estado de México, durante el periodo de 2021 a 2024, por la coalición “Va por el Estado de México”.

El 2 de junio de este último año participó en las elecciones para buscar una curul en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por Distrito Electoral 7, representando a la coalición de “Fuerza y Corazón por México”, integrada por los partidos PAN, Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).

El ex legislador local fue, además, regidor del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, en el periodo 2003-2006, cuando fungió como presidente municipal de militancia panista, Alfredo Durán Reveles, junto a quien impulsó diversos proyectos sociales.

Rojas Cano también fungió como administrador de la compañía Anrosa S.A. de C.V. y de Grupo Logística Fros S.A. de C.V., empresa dedicada al ramo de transportación, almacenaje y logística.

Además, el ex legislador local fundó la asociación civil Paco Rojas Vive, en memoria de su padre, Francisco Rojas San Román, quien fue diputado local y falleció en un atentado a balazos en su contra, llevado a cabo en el poblado de San Lorenzo Río Tenco, también en Cuautitlán Izcalli, el 6 de febrero del 2018, cuando era precandidato a la Presidencia Municipal, por el PRI.

FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.

Una Jueza ordena liberar a la esposa de "El Mencho"; sólo deberá ir a firmar cada mes

Tras la celebración de una audiencia, se solicitó que la mujer abandone el Penal Femenil de Morelos, lugar en el que está recluida.

Una Jueza federal ordenó el miércoles la liberación de Rosalinda González, esposa de Nemesio Oseguera Cervantes, alias "El Mencho", líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG).

Tras la celebración de una audiencia, se solicitó que la mujer abandone el Centro Federal de Reinserción Social Número 16 Femenil en Morelos, lugar en el que está recluida.

La economía cayó 0.6% en cuarto trimestre; sería primera baja desde 2021, prevé Inegi

El crecimiento promedio de la economía mexicana durante el pasado sexenio sería de 0.9 por ciento, de acuerdo con los datos preliminares del Inegi.

Durante el cuarto trimestre de 2024, el Producto Interno Bruto (PIB) de México disminuyó 0.6 por ciento en términos reales, con lo que marcó su primera caída trimestral desde 2021, sin embargo, registró un aumento anual de 1.3 por ciento, informó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

A través de un comunicado, detalló que en el periodo de octubre a diciembre de 2024, la estimación oportuna del PIB de las actividades primarias, como la agricultura, pesca y minería, redujo 8.9 por ciento y el de las secundarias, tales como manufacturas, un 1.2 por ciento a tasa trimestral; mientras que el PIB de las terciarias, las cuales engloban servicios, aumentó 0.2 por ciento.

En el trimestre de referencia y a tasa anual, la estimación del PIB por actividad económica se comportó de la siguiente manera: las actividades terciarias ascendieron 2.2 por ciento, pero el PIB de actividades secundarias cayó 1.7 por ciento y el de las primarias, 4.6 por ciento.

Debido a lo anterior, el crecimiento promedio de la economía mexicana durante el último sexenio sería de 0.9 por ciento, de acuerdo con los datos preliminares del Inegi.
FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACIÓN.

Hallan 72 cuerpos en 38 fosas clandestinas en Chihuahua

Al menos 38 fosas clandestinas con 72 cuerpos fueron halladas en en un terreno conocido como El Willy, en la localidad de Casas Grandes, Chihuahua. Tras el hallazgo, el El Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (CDHPN) exigió a las autoridades la identificación inmediata de los cuerpos y que garanticen la participación de las familias en el proceso.

Al 15 de enero, la Fiscalía General del Estrado de Chihuahua había localizado 56 cuerpos en las inmediaciones del terreno, pero este 27 de enero la cifra aumentó a 72.

Frente al hallazgo, el CDHPN exigió a las autoridades que respete la Ley General en materia de desaparición forzada de personas, que estipula la participación de los familiares de víctimas de desaparición en los procesos de identificación, así como que se garantice transparencia en la información sobre la localización, recuperación, identificación y destino final de los restos encontrados.

El centro de derechos humanos también denunció la falta de medidas de los gobiernos para atender la crisis de más de 110 mil desaparecidos en México y criticó que “el Estado sigue sin prevenir, atender y sancionar estos crímenes que lastiman a miles de familias que continúan en la búsqueda de sus seres queridos”.

De acuerdo con la fiscalía, los cuerpos y restos humanos fueron trasladados a los laboratorios de Ciencias Forenses en Ciudad Juárez para estudios médicos antropológicos que determinen las causas y el tiempo de fallecimiento, así como las identidades de las víctimas.

COMUNICADO:

Desde el pasado 15 de enero, la Fiscalía General del Estado (FGE) ha localizado un total de 38 fosas clandestinas y 56 cuerpos en dos puntos del municipio de Casas Grandes, de acuerdo con la última actualización. Sin embargo, ayer el fiscal general, César Jáuregui Moreno, declaró que la cifra incrementó a al menos 72 cuerpos y osamentas.

Por ello, desde el Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (CDHPN) exigimos a las autoridades correspondientes procesos de identificación inmediatos que contemplen la participación de familias de personas desaparecidas, tal como se establece en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

También ordenamos transparencia y acceso a la información forense procesada sobre la localización, recuperación, identificación y destino final de los restos y cadáveres encontrados.

De acuerdo con el boletín de prensa de la FGE, el 15 de enero se localizaron 4 cuerpos del sexo masculino en una fosa en el sitio Mesa La Avena, camino que conduce a “El Willi”.

En el predio conocido como “El Willi”, el pasado martes 21, se encontraron 10 cuerpos sin especificar sexo. En el mismo lugar al día siguiente se localizaron 10 fosas con 19 cuerpos, de los cuales, 7 son osamentas.

El jueves 23, los peritos identificaron 5 osamentas completas y 3 incompletas en 10 fosas. Para el viernes, se ubicaron 8 fosas, 2 cadáveres completos, uno incompleto, 10 osamentas completas y 5 incompletas.

Jáuregui Moreno detalló que los cuerpos localizados tienen varios años enterrados.

La Comisión Local de Búsqueda (CLB), agentes del Ministerio Público la Fiscalía de Distrito Zona Noroeste, elementos de la Agencia Estatal de Investigación (AEI), de la Guardia Nacional y del Ejército Mexicano participaron en este operativo.

Finalmente, exigimos que se realicen trabajos de inteligencia en estas investigaciones para que se sancione a las personas responsables.

El estado sigue sin prevenir, atender y sancionar estos crímenes que lastiman a miles de familias que continúan en la búsqueda de sus seres queridos.

FUENTE: DESINFORMÉMONOS.
AUTOR: REDACCIÓN.

Denuncian censura y difamación contra defensores del bosque Nixticuil

El Comité en Defensa del Bosque Nixticuil denunció que el gobierno de Juan José Frangie, presidente municipal de Zapopan, arrancó las pancartas con las que los defensores clausuraron de forma comunitaria y simbólica “la construcción ilegal de un supuesto centro de educación ambiental sobre el área protegida”.

“Además el gobierno de Zapopan comenzó una fallida campaña de difamación y mentiras en redes sociales buscando frenar nuestras acciones contra esta construcción ilegal que fragmenta el bosque”, añadió el Comité, que por décadas ha luchado para proteger el bosque de empresas inmobiliarias y proyectos gubernamentales.

Tan sólo en diciembre de 2024, los defensores denunciaron el inicio de la construcción del presunto centro de educación ambiental en el área protegida del bosque. Desde entonces, han exigido al gobierno municipal detener la obra de forma inmediata y que transparenten el proyecto y los recursos invertidos.

“Si lo que quieren es un centro de educación ambiental, que lo reubiquen en alguno de los cientos de terrenos municipales fuera del bosque”, señalaron el 26 de diciembre de 2026.

Frente a la “censura” y “difamación” por parte del gobierno de Zapopan, el Comité reiteró que continuará con la defensa del Nixticuil ante el despojo impulsado por las autoridades.


FUENTE: DESINFORMÉMONOS.
AUTOR: REDACCIÓN.

El Presidente de EU dice que sí habrá aranceles para Canadá y México; el peso pierde

Las declaraciones del Presidente Trump hicieron mella en el peso, el cual revirtió sus ganancias matutinas y se depreció más de un uno por ciento.

El Presidente Donald Trump dijo este jueves que aplicará aranceles de 25 por ciento a México y Canadá, sus socios en el T-MEC, aunque se reservó mencionar si, como advirtió, será a partir del próximo 1 de febrero.





"Anunciaremos los aranceles a Canadá y México por varias razones. La primera es la gente que ha llegado a nuestro país de forma tan horrible y en grandes cantidades. La segunda son las drogas, el fentanilo y todo lo demás que ha llegado al país. Y la tercera son los subsidios masivos que estamos dando a Canadá y México en forma de déficits", dijo el Presidente de Eststados Unidos a periodistas.
Luego, Karoline Leavitt, portavoz de la Casa Blanca, también confirmó que Donald Trump mantiene firme el plan de aplicar aranceles de 25 por ciento a las importaciones de México y Canadá a partir del próximo sábado 1 de febrero.

Leavitt repitió lo que ha venido diciendo en los últimos días respecto a que dichos impuestos podrían aplicarse, “a menos que ambos países” ayuden a atacar los temas de migración y narcotráfico, especialmente el envío de fentanilo a Estados Unidos.

Las declaraciones de la Portavoz de Trump hicieron mella en la moneda mexicana.


El peso mexicano revirtió sus ganancias matutinas y se depreció más de un 1 por ciento después de que Leavitt, reiteró que Trump mantiene su plan de imponer aranceles a México y Canadá.

En el mercado internacional, el tipo de cambio cotizaba en 20.7339 pesos por dólar, con una pérdida del 1.17 por ciento para la moneda mexicana frente al precio de referencia del miércoles.

Antes de los comentarios de Trump, el peso avanzaba cerca de un 0.50 por ciento.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

Piden a la CorteIDH condenar a México por violencia sexual y tortura contra Ernestina Ascencio

El Estado mexicano reconoció parcialmente su responsabilidad, pero pidió no ser condenado argumentando que faltaban instancias internas para resolver el caso.

Tras una larguísima audiencia que duró casi cinco horas, los representantes legales de la familia de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena que murió el 26 de febrero de 2007 tras ser víctima de una violación tumultuaria por parte de efectivos del Ejército Mexicano,  solicitaron este jueves a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que emita una condena contra el Estado mexicano por la violencia sexual, tortura y muerte de la víctima hace 18 años.

“Las pruebas deben llevar a la Corte a la conclusión de que el Estado es responsable por la violencia sexual y tortura que miembros del Ejército mexicano perpetraron contra doña Ernestina Ascencio Rosario, dando como resultado su muerte por la omisión estatal de garantizarle la atención médica adecuada y oportuna”, declaró en una audiencia ante la CorteIDH la representante de la víctima, Carmen Herrera.

La CorteIDH llevó a cabo este jueves una audiencia por este caso que se refiere a la violación y posterior muerte por falta de atención médica de la mujer indígena náhuatl de 73 años de edad, así como por la falta de acceso a la información del caso y de una investigación adecuada de los hechos que se mantienen en la impunidad.


Los sucesos ocurrieron el 25 de febrero de 2007 en la comunidad de Tetlatzinga, en la Sierra Zongolica, estado de Veracruz, un día en el que Ascencio salió a pastorear y luego fue encontrada por su hija tirada en el suelo y en mal estado físico.

La mujer dijo que fue violada por miembros del Ejército y murió un día después en un hospital luego de haber sido rechazada su atención en cinco centros médicos, según la demanda presentada ante la CorteIDH por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Martha Inés Ascencio, hija de la víctima, exigió justicia en español, pese a que la mayor parte de la audiencia la habló en su lengua originaria: nahuátl

“Las autoridades estatales no solo ignoraron el testimonio del ataque sexual por pronunciarlo en su lengua, desestimaron evidencia clave, desviaron y archivaron indebidamente la investigación e intentaron frustrar la búsqueda de justicia de la familia”, expresó Herrera.

Los representantes solicitaron a la CorteIDH una sentencia “contundente” contra el Estado mexicano en la que ordene medidas de no repetición y de reparación, así como que se realice una investigación seria, imparcial e independiente de los hechos que abarque perfiles genéticos para identificar a los responsables.

Durante la audiencia, se exhibió que un intermediario del gobierno de Veracruz, identificado como René Huerta, intentó convencer a las hijas de Ernestina Ascencio de no investigar la muerte de su madre, además de ofrecerle un viaje a la Basílica de Guadalupe en la Ciudad de México, con todos los gastos pagados, para que se desistieran de exigir justicia para su madre.


Reconocimiento parcial del Estado

Por su parte, el Estado mexicano reconoció parcialmente su responsabilidad y expresó su compromiso con la defensa de los derechos humanos y con el acatamiento de las disposiciones de la CorteIDH.

“El Estado reconoce, de la manera más respetuosa, que no se cumplieron plenamente las obligaciones estatales de garantizar los derechos a la vida y a la salud de la señora Ernestina, una mujer indígena y adulta mayor, cuyas condiciones de vulnerabilidad debieron ser atendidas con prioridad y urgencia”, expresó en la audiencia la directora general de Derechos Humanos y Democracia de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, Jennifer Feller.

Agregó que en este caso hubo falta de acceso a servicios médicos oportunos y que las autoridades judiciales no realizaron una investigación adecuada que se enfocara en la condición de mujer, indígena y adulta mayor de la víctima.

Feller manifestó el compromiso del Estado mexicano de “conducir una investigación independiente e imparcial” y de llevar a cabo “todas las acciones necesarias para reparar a la familia y evitar la repetición” de hechos similares.

Después de la audiencia de este jueves, las partes tendrán hasta el 3 de marzo del 2025 para entregar a la CorteIDH sus alegatos y observaciones finales por escrito, así como sus excepciones preliminares. Posteriormente, la Corte tendrá que emitir una sentencia definitiva, aunque no se especificó el plazo.


FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

SCJN despenaliza el aborto en Chihuahua

Así, Chihuahua se convirtió en el estado número 21 del país en despenalizar el aborto voluntario hasta las 12 semanas, pero, a diferencia de los anteriores, fue por decisión de la Corte y no del Congreso.

La Suprema Corte de Justicia de México (SCJN) invalidó las leyes que prohíben el aborto voluntario y los requisitos para acceder al aborto por violación en Chihuahua, tras la negativa del Congreso estatal a legislar pese a una orden judicial.

Así, Chihuahua se convirtió en el estado número 21 del país en despenalizar el aborto voluntario hasta las 12 semanas, pero, a diferencia de los anteriores, fue por decisión de la Corte y no del Congreso.

La Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2024, resuelta la mañana de ete jueves por la SCJN, determina la invalidez inmediata de los artículos 143 -párrafos primero y segundo-, 145 y 146, así como el proemio y la fracción I del Código Penal del estado.

Por lo que ya no es necesario que el Congreso legisle para despenalizar el aborto, pues la sentencia tiene efecto inmediato y anula las prohibiciones y requisitos impugnados, según explicaron organizaciones proaborto en un comunicado.

Asimismo, explicaron que al tratarse de normas penales, la Declaratoria tiene efectos retroactivos, de acuerdo con el último párrafo del artículo 234 de la Ley de Amparo.


“Esto significa que el estado tiene la obligación de concluir cualquier proceso de investigación penal o ejecución de sentencia en contra de personas que hayan abortado voluntariamente”, advirtieron en un boletín firmado por las organizaciones Marea Verde Chihuahua, Red de Aborto Seguro Chihuahua, Morrxs Autonomxs, Abortistas Mx y Cheros.

Agregaron que “al eliminarse las barreras legales, el Estado debe proveer, sin excusas, el servicio de aborto voluntario y aborto por violación porque son servicios de salud a que tienen derecho las mujeres y otras personas con posibilidad de gestar”.

La resolución de la SCJN tiene como antecedente el Amparo en revisión 666/2023 concedido a una mujer que impugnó dichos artículos por violar sus derechos, por lo que la Corte ordenó al Congreso reformar el Código Penal en un plazo de 90 días, el cual venció a inicios de 2024.

En respuesta, se inició la declaratoria de inconstitucionalidad, presentada por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, estableciendo un precedente al ser la primera vez que la Corte aplica este procedimiento en un caso de aborto.

Alessa Rey, de Marea Verde Chihuahua, explicó que esta decisión complementa sentencias de amparo previas que ordenan a la Secretaría de Salud del estado proporcionar el aborto voluntario sin necesidad de juicio de amparo.

“Desde el año pasado, tenemos tres sentencias firmes de un tribunal colegiado donde ordena a los servicios de salud estatal a que den estos servicios, pero nos han puesto trabas”, advirtió.

Precisó además que la declaratoria establece la invalidez de la prohibición del aborto dentro del “plazo breve”, lo cual se interpreta como dentro del límite de las 12 semanas.

“Quedaría como pasó en la acción de inconstitucionalidad de Coahuila que también pusieron como plazo breve 12 semanas”, señaló.

En 2021, la SCJN resolvió la acción de inconstitucionalidad 148/2017 del estado de Coahuila (norte), a raíz de la cual declaró inconstitucionalidad la penalización del aborto en todo el país.

Además, en 2023 el Supremo emitió una nueva sentencia con la que ordenó al Congreso a eliminar el delito de aborto del Código Penal Federal, e instó a las instituciones de salud federales a garantizar el servicio de aborto en todas sus clínicas y hospitales.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

Sheinbaum confirma que van 6,244 deportados por Trump; 76% son mexicanos

La presidenta Claudia Sheinbaum informó, el 30 de enero de 2025, que durante una semana de lo que iba de la Administración encabezada por Donald Trump -que inició el día 20 del mismo mes y año-, habían sido deportados 5 mil 809 migrantes de Estados Unidos a México, cuyo 76.3 por ciento de ellos, fueron mexicanos.

Durante su conferencia de prensa matutina -llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional-, la titular del Poder Ejecutivo Federal ofreció datos, del 20 al 28 de enero de 2025. que le envió la titular de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), Rosa Icela Rodríguez Velázquez.

“Del 20 al 26 de enero se han repatriado un total de 5 mil 282 personas, han llegado a nuestro país, 5 mil 282 personas, de ellos 4 mil 083 son mexicanos. El 27 de enero fueron 527, las cuales, 355 mexicanos, y el 28, 435 personas”, detalló la mandataria nacional.

Según los datos revelados por Sheinbaum Pardo, durante ocho días de lo que iba del Gobierno del magnate neoyorquino, sumaban 6 mil 244 personas “expulsadas” del territorio estadounidense hacia México, de las cuales, 4 mil 438 eran mexicanos. Sin embargo, no precisó cuántos de los 435 deportados el 28 de enero de 2025, eran del país y cuántos de otras nacionalidades.

Además, la presidenta aceptó que México recibía a migrantes de otros países que fueron deportados por el Gobierno de Trump, sin embargo, justificó que habían sido pocos y que eso ocurría también en la Administración encabezada por Joseph Biden. Asimismo, Afirmó que el Instituto Nacional de Migración (INM) se encargaba de facilitarles el transporte para llegar a su territorio, principalmente hacia Centroamérica.

“Son pocos, comparados, bueno, de hecho el número no es muy grande comparado con fechas previas, de mexicanos y de extranjeros que llegan al país […] En el caso de personas migrantes que no tienen la nacionalidad mexicana, el Instituto Nacional de Migración pues abre distintas posibilidades, la mayoría de ellos quieren ser repatriados a sus países, entonces, en ese caso, les facilitamos el transporte para que puedan llegar, principalmente a Centroamérica”, comentó la mandataria nacional.

“Llegaban también antes, eso es importante, no es que por primera vez estén llegando personas de otra nacionalidad, sino esto es algo que ya ocurría en nuestro país”, agregó Sheinabum Pardo, quien también aseguró que los repatriados desde Estados Unidos llegaban a México, sin grilletes en las manos, pero que una migrante guatemalteca y uno mexicano acusaron abusos a sus derechos humanos.

La presidenta comentó que identificaron los casos, porque autoridades mexicanas realizaban una entrevista a las personas que eran recibidas en la frontera norte para saber en qué condiciones fueron deportadas. Pero dijo que la Cancillería de México detallaría en qué consistieron los malos tratos.

“En todos los casos, cuando llegan a México, [los migrantes] llegan sin esposas [en las manos], sin ningún elemento, cuando llegan, se les hace una entrevista para saber si hubo violación a sus derechos humanos, tenemos en estos días dos casos […] Uno de una mujer guatemalteca y otro de un compatriota que habla de violanción a sus derechos humanos”, acusó la mandataria nacional.

Sin embargo, la titular del Poder Ejecutivo Federal aseguró que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) presentó una queja a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés), así como una denuncia por el supuesto abuso contra los migrantes.

“¿Qué se hace en ese momento? Tanto la queja por parte de Relaciones Exteriores a la organización CBP en Estados Unidos y una denuncia en Estados Unidos, para que se revise el caso. Entonces, son vuelos civiles que llegan desde hace tiempo a nuestro país, en particular al [Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles] AIFA y se hace esta entrevista y ahora la estamos fortaleciendo para proteger siempre [a los paisanos]”, añadió Sheinbaum Pardo, quien también insistió en que se acogía a los migrantes de otras nacionalidades y se les ofrecía el mismo apoyo que a los mexicanos repatriados.

“Por supuesto, las y los mexicanos es la gran mayoría de los que llegan, pero también, si llega alguna otra persona de otra nacionalidad le damos todo el apoyo, en la frontera y en los Centros de Atención”, indicó la presidenta, quien también apuntó que los abusos no eran exclusivos del Gobierno encabezado por Trump, ya que, según ella, antes también se habían registrado otras violaciones a derechos humanos.

“Pero sí hay dos casos que hasta ahora, de la semana reciente y hay otros de previo al presidente Trump, que también se han denunciado, incluso hay juicios que se han ganado en Estados Unidos”, insistió la mandataria nacional, quien dijo, además, que la relación con la Administración del magnate neoyorquino había sido de respeto y mucha comunicación, además de que se buscaría coordinación constante.

“Hasta ahora ha sido una relación de respeto, de coordinación, de diálogo permanente, mucho diálogo, mucha comunicación y en estos días se van a seguir estableciendo acuerdos, repetimos siempre, con el respeto que vamos a pedir a nuestra soberanía y buscando la mejor coordinación posible”, reiteró Sheinbaum Pardo.

“En el caso de personas que no son mexicanas y mexicanos también hay coordinación previa y Estados Unidos está teniendo una comunicación también fluida con otros gobiernos, particularmente de Centroamérica”, finalizó la presidenta de México.

FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ AEVEDO.

SCJN no logra invalidar la prohibición de la siembra de marihuana para fines que no sean médicos

Las ministras Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres, afines al gobierno federal, votaron en contra del proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que eliminaba los artículos prohibicionistas.

Por falta de votos suficientes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no logró invalidar la prohibición para sembrar, cultivar y cosechar cannabis para otros fines que no sean médicos. 

Durante la sesión de este jueves, sólo seis ministros votaron a favor de emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad de la prohibición contenida en la Ley General de Salud, que hubiera obligado al Congreso de la Unión legalizar la siembra, cosecha y cultivo de marihuana con fines lúdicos.

En diciembre de 2021, cuando la Corte estableció la jurisprudencia en contra de la prohibición absoluta de la marihuana para uso lúdico, el Congreso de la Unión fue notificado para que en el plazo de 90 días legislara para adecuar las leyes conforme al criterio jurisprudencial. 

Al transcurrir el plazo, sin que el Poder Legislativo hubiera regulado la situación, la primera sala solicitó al pleno la declaratoria general de inconstitucionalidad. 

Las ministras Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres, afines al gobierno federal, votaron en contra del proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que eliminaba los artículos prohibicionistas. 

Ortiz determinó que “la prohibición absoluta de la siembra, cultivo y cosecha de cannabis constituye una restricción innecesaria al derecho de libre comercio, pues existen medidas menos restrictivas como la expedición de permisos sujetos a control, monitoreo, y vigilancia, garantizando que la concentración de THC en los productos sea inferior al 1 por ciento. Sin embargo, para sustentar esta conclusión, la Sala aplicó (por analogía) el régimen normativo que permite estas actividades con fines médicos y científicos”.  

“A mi parecer, esta equiparación es incorrecta, ya que ambas finalidades presentan particularidades regulatorias que impiden su asimilación uniforme. Por tanto, la alternativa menos restrictiva deriva de una construcción judicial más que de una interpretación del marco normativo vigente”, indicó la ministra. 

Añadió que autorizar la siembra, cosecha y cultivo de marihuana con fines industriales, bajo el supuesto de que la concentración de THC sea menor del 1 por ciento, generaría vicios jurídicos que podrían comprometer la seguridad de los permisionarios y generar consecuencias adversas para la sociedad en su conjunto. 

“La declaratoria general de inconstitucionalidad, en los términos propuestos, generaría incertidumbre jurídica, pues la regulación de estas autorizaciones resultaría deficiente al no prever de manera integral, simultánea y coordinada las disposiciones necesarias para su implementación, supervisión y control, factores esenciales como las variedades de la planta permitidas para cultivo, las técnicas y condiciones de producción y los mecanismos de control de los niveles de THC”, añadió. 

Esquivel Mossa también votó en contra, argumentando que la recién aprobada y publicada reforma constitucional para prohibir toda actividad relacionada con la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, por lo que indicó que la jurisprudencia de la primera sala incluso podría contravenir la Carta Magna. 

“Para mí, lo resuelto por la primera sala en el amparo en revisión 355/2020 y las jurisprudencias que derivaron de dicho asunto, actualmente no encuentran apoyo en nuestra Constitución e inclusive la contradicen, máximo que el propósito que se busca es el de garantizar el derecho de protección a la salud de las personas que es el valor fundamental para el bienestar físico y mental que debemos preservar”, indicó.  

Pese a que desde 2021 la Corte conminó al Legislativo regular esta situación, Batres afirmó que con el proyecto de Pardo se abriría la posibilidad a que el Ejecutivo Federal autorice la siembra, cosecha y cultivo de plantas de marihuana para otros fines que podrían incluir su comercialización, sin reglamentar bajo qué consideraciones tendrían que emitirse los permisos para ello, función que corresponde al Congreso de la Unión.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.