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El Congreso de Zacatecas aprueba acceso al aborto gratuito en instituciones de salud

El Congreso de Zacatecas reiteró que la penalización del aborto constituye una práctica discriminatoria e impide que las mujeres y personas con capacidad de gestar ejerzan sus derechos reproductivos de manera libre.

El Congreso del Estado de Zacatecas aprobó ayer, con 17 votos a favor, ocho en contra y una abstención, una reforma a la Ley General de Salud para que las instituciones públicas de salud garanticen la interrupción legal del embarazo de forma gratuita.

En medio de la presión de grupos antiaborto, los partidos de Morena, del Trabajo (PT) y de la Revolución Institucional (PRI) alcanzaron la mayoría para dar salida a la reforma que establece que las instituciones públicas estatales deben brindar el servicio de la interrupción del embarazo de forma gratuita y en condiciones de calidad y salubridad.

El derecho al aborto en Zacatecas se logró tras su despenalización el 20 de noviembre de 2024 y está establecido dentro de las primeras 12 semanas de gestación. Sin embargo, seguía pendiente la modificación secundaria a la Ley de Salud, pues organizaciones como el Colegio de Médicos de Zacatecas se negaban a realizar los abortos porque excusaban la objeción de conciencia.
Con el cambio, se regula el uso de la “objeción de conciencia” para personal médico o de enfermería que les corresponda realizar el procedimiento y sus obligaciones.
"Los médicos tendrán la obligación de proporcionar a la mujer embarazada o persona con capacidad  de gestar, información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos, así como de los apoyos y alternativas existentes, para que la mujer embarazada o persona con capacidad de gestar pueda tomar la decisión de manera libre, informada y responsable", indica la reforma probada.
El dictamen reiteró que la penalización del aborto constituye una práctica discriminatoria e impide que las mujeres y personas con capacidad de gestar ejerzan sus derechos reproductivos de manera libre.

El Congreso de Zacatecas recordó que la Organización Mundial de la Salud estima que, en el mundo, 13 por ciento de las muertes maternas son derivadas de la práctica insegura del aborto, y calcula que se practican cerca de 19 millones de abortos inseguros o peligrosos, de los cuales 97 por ciento se realizan en países en vías de desarrollo.
"Los derechos reproductivos los visualizamos como un componente importante del derecho a la salud, ya que están basados en el reconocimiento del derecho básico de todas las personas a decidir en forma libre y responsable el número de hijos, a contar con toda la información necesaria para lograrlo, y alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva", remarcó.
FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

Congreso de Michoacán aprueba aborto legal y seguro; se podrá realizar en cualquier hospital del estado

El dictamen aprobado establece la regulación de los servicios de interrupción del embarazo en el estado, garantizando su gratuidad, confidencialidad y disponibilidad.

El pleno del Congreso de Michoacán aprobó el dictamen que garantiza el acceso a la interrupción del embarazo de manera legal y segura en cualquier hospital del estado.

El dictamen fue aprobado con los votos de Morena, PT, PVEM y del PRD, mientras que los votos en contra fueron del PAN y uno del PT; los legisladores del PRI se ausentaron de la sesión.

El diputado del PT, Baltazar Gaona, se desmarcó de la postura mayoritaria de su bancada, quien argumentó que, de aprobarse, se estaría obligando a los médicos a realizar procedimientos que podrían contradecir sus valores personales y su formación profesional.

Finalmente, las reformas a la Ley de Salud se aprobaron con 23 votos a favor y seis en contra. Mientras transcurría la sesión y se emitían las diversas posturas de los legisladores, manifestantes protestaban a favor y en contra.

Salud tiene 180 días para emitir lineamientos

El decreto entrará en vigor un día después de que sea publicado en el Periódico Oficial del Estado. En tanto, la Secretaría de Salud local tendrá 180 días para emitir los lineamientos específicos.

El dictamen aprobado establece la regulación de los servicios de interrupción del embarazo en el estado, garantizando su gratuidad, confidencialidad y disponibilidad, así como la objeción de conciencia para el personal de salud, siempre y cuando no obstaculice el acceso a las personas que así lo requieran.

También se prevé la creación de un registro estatal de procedimientos realizados en instituciones públicas y privadas, asegurando la protección de datos personales.

El 10 de octubre de 2024, con 27 votos a favor, seis en contra y tres abstenciones, el Congreso de Michoacán aprobó diversas reformas para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación.

De esta manera se reformaron los artículos 118, 141, 142, 143 y 146 del Código Penal de Michoacán, y se derogaron el 144 y el 145, en los que se establecían castigos tanto para las mujeres y personas gestantes, como para el personal de salud que interrumpiera el embarazo.

Actualmente el aborto está despenalizado en 21 entidades, en 19 de las cuales es permitido hasta las 12 semanas de gestación. En Sinaloa se permite hasta la semana 13, y en el caso de Yucatán se despenalizó con una orden judicial pero sigue como delito en el Código Penal estatal.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.

Director del ISSSTE ordena garantizar interrupción legal del embarazo en sus unidades médicas

Martí Batres Guadarrama, director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), publicó, el 23 de enero de 2025, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo con el que se refuerza la obligación de dicha institución, para garantizar la prestación del servicio de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), ent todas las clínicas y hospitales que operaba en estados donde se despenalizó el aborto voluntario.

“Dicho Acuerdo contribuye a garantizar la aplicación de un marco de actuación para regular el procedimiento a fin de brindar certeza jurídica y proteger la integridad personal y la autonomía reproductiva de las personas usuarias”, señaló, el mismo día, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), en un comunicado.

“Además, acorde con las Normas Oficiales Mexicanas vigentes, así como con los Lineamientos Técnicos para la Atención del Aborto Seguro en México, el texto contribuye a reconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes en el contexto de la salud”, agregó el órgano constitucional autónomo, de la capital de la República.

“[…] tales como la posibilidad de acceder al procedimiento sin discriminación y en condiciones de igualdad; recibir atención médica adecuada basada en los principios de igualdad, no discriminación y perspectiva de género; ser informadas con claridad y de manera accesible respecto a las valoraciones y procedimientos médicos; recibir orientación preventiva, de control y seguimiento, así como recibir apoyo emocional y psicológico en un entorno seguro; y garantizar la protección de sus datos personales”, abundó la CDHCM.

“Además, el Acuerdo establece obligaciones para el ISSSTE, entre las que se incluye la obtención del consentimiento informado de las personas usuarias antes de realizar el procedimiento, considerado una llave fundamental para la garantía del derecho a la salud, así como la obligación de llevar un registro actualizado del personal que invoque la objeción de conciencia, asegurando la disponibilidad de personal no objetor para realizar el procedimiento sin demoras indebidas”, explicó la la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

“Si bien en la actualidad el Instituto presta servicios de interrupción del embarazo en algunas Unidades Médicas del país, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) considera que el Acuerdo constituye un paso importante en el contexto de la federalización de los servicios de salud, en el que resulta fundamental que las instituciones fortalezcan sus compromisos respecto a la asistencia a dicho derecho para grupos de atención prioritaria, a fin de alcanzar la universalidad y la reducción de barreras estigmatizantes que garanticen el acceso a los servicios para todas las personas”, enfatizó el órgano constitucional autónomo, de la capital de la República.

“Al 2023, el Instituto atiende a 1 de cada 10 personas del país (12.2 millones), de las cuales 55% son mujeres (6.7 millones) por lo que se considera que dicho Acuerdo contribuirá a la promoción y garantía de los derechos sexuales y reproductivos en el país. Sobre todo, ante la aún vigente penalización de la interrupción del embarazo en 13 entidades del país y la criminalización y estigmas que aún permean en la sociedad”, finalizó la CDHCM.

Según los lineamientos del Acuerdo publicado por Batres Guadarrama, para la práctica de abortos voluntarios en las mejores condiciones médicas, a partir del 24 de enero de 2025, siempre y cuando se realizaran en las primeras 12 semanas de gestación.

Asimismo, el Acuerdo mencionó que la Interrupción Legal del Embarazo estaba protegida por el marco legal en cada entidad federativa que había reformado su legislación en la materia. También detalla que la ILE se realizaría a petición expresa de la usuaria, en ejercicio libre de su autonomía reproductiva.

Además, el acuerdo no limitó el concepto de “usuaria” a las burócratas y sus familiares, que eran las derechohabientes del ISSSTE, sino que la definió como “quien acude a los servicios de atención para hacer ejercicio de su derecho a la salud”.

Batres Guadarrama ordenó brindar una valoración médica adecuada, apoyo psicológico y emocional, orientación, protección de datos personales y obtención de un consentimiento informado de la paciente.

En el Acuerdo también se autorizaron abortos a menores de edad, y prevé la intervención del Ministerio Público, así como las procuradurías de protección de Niñas, Niños y Adolescentes, en casos de ausencia de los padres o cuando éstos se opusieran al procedimiento, para que se tomara la decisión más conveniente para la menor.

Además, el Acuerdo de Batres Guadarrama prevé la objeción de conciencia del personal médico que no quisiera practicar las ILE, pero al mismo tiempo, ordenó que todas las unidades médicas tuvieran suficiente personal no objetor.

“También se definen como derechos: recibir orientación preventiva, de control y seguimiento respecto a la Interrupción Legal del Embarazo, por lo que promueve la libertad reproductiva y el consentimiento informado; obtener apoyo emocional y psicológico, mediante una persona capacitada en un entorno seguro y propicio; así como la protección de datos personales y salvaguarda de la información de la paciente”, apuntó el ISSSTE, en un comunicado.

El Acuerdo también indicó que la Dirección Médica sería responsable de coordinar y dar seguimiento a las acciones necesarias para capacitar al personal médico de todas las unidades y promover su implementación.

Por su parte, la Dirección Jurídica del Instituto debería realizar los trámites correspondientes para que el contenido del instrumento fuera incluido en la Normateca Electrónica Institucional, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la publicación del Aviso en el DOF.

El aborto voluntario está despenalizado en 18 estados y la Ciudad de México, solo en las primeras 12 semanas de gestación. Sin embargo, el Código Penal Federal (CPF) lo sigue tipificando como delito, sancionado hasta con tres años de cárcel y cinco años de inhabilitación a las funcionarias federales que lo practique.

Ello debido a que el Congreso de la Unión no había legislado tras un amparo concedido en septiembre de 2023, por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que le ordenó derogarlo.

FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.

La Suprema Corte ordena al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto

Por mayoría de votos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió ordenar al Congreso del Estado de Yucatán derogar las normas del Código Penal local que criminalizan el aborto.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ordenó al Congreso del Estado de Yucatán derogar las normas que criminalizan el aborto en el Código Penal de esta entidad.

¡Es Ley! Publican en el POE la despenalización del aborto en Puebla

A un mes de que el Congreso de Puebla avaló estas modificaciones legislativas, por fin se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Puebla la reforma.

Este 15 de agosto se publicó en el Periódico Oficial del Estado (POE) la despenalización del aborto en Puebla. Esto que significa que, por ley, se permite la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.

El Gobierno del Estado publicó esta reforma a un mes de que el Congreso de Puebla avaló las modificaciones a los artículos 339, 340 y 341 del Código Penal.

Las leyes en el Edomex no garantizan el acceso al aborto; requisitos arbitrarios y estereotipos, entre los obstáculos

Las autoridades y proveedores de salud del Edomex actualmente no garantizan el acceso al aborto, incluso en los casos comprendidos bajo las causales establecidas en la legislación estatal, señala un informe de Human Rights Watch.

El Estado de México continúa criminalizando el aborto. Las leyes vigentes no garantizan su acceso, incluso en los casos bajo las causales permitidas, sobre todo para las personas que viven en situación de pobreza, las adolescentes y las personas con discapacidad, de acuerdo con un informe de Human Rights Watch.

PAN insiste en llevarle la contraria a la SCJN: aborto no se legalizará en Guanajuato

Las diputadas locales del PAN, Katya Soto Escamilla y Martha Hernández Camarena dejaron en claro que están en contra de la interrupción del embarazo, pese a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que no se criminalice a las mujeres que deciden interrumpir su embarazo.

En entrevista, Katya Soto, actual presidenta del Congreso, comentó que en Acción Nacional no “no hay vuelta de hoja”  en cuanto a sus ideologías y siempre se defenderá la vida desde la concepción.

Argumentó que en discusiones anteriores se han analizado las iniciativas para despenalizar el aborto y se ha tomado una decisión, y en este caso, ante la posibilidad de un nuevo debate, dijo que se deberá analizar el tema, aunque insistió en que se defenderá la vida.

Revive polémica: Médicos de Guerrero le niegan aborto a niña víctima de violación

Guerrero es uno de los 26 estados de México donde aún no se ha acatado la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, ni se ha avanzado en la aprobación en el Congreso de la reforma del Código Penal estatal para despenalizar el aborto.

Seis meses después de que la Suprema Corte de Justicia de México dictaminó que era inconstitucional penalizar el aborto, médicos del estado sureño de Guerrero se negaron a interrumpir el embarazo de una víctima de violación de nueve años. El caso es el más reciente ejemplo de lo que los defensores del aborto habían advertido después de la histórica decisión judicial: hasta que cada uno de los estados no reforme sus códigos penales, seguirán existiendo obstáculos significativos para el acceso a abortos seguros y legales.