El dictamen establece que cuando el Presidente considere que se afecta el orden social puede solicitar la suspensión o restricción de garantías en determinado lugar y por un determinado lapso de tiempo. Un proceso que contará con el aval en menos de 24 horas del Congreso, si se encuentra reunido, y de la SCJN para validar su constitucionalidad.
Organizaciones civiles que conforman la plataforma Por México Hoy acusaron al Congreso de la Unión de pretender dejarlas fuera de la discusión del proyecto de ley sobre los estados de excepción, aprobada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), cuyo contenido actual, dijeron, es violatorio de los derechos humanos.
En una conferencia de prensa en el Senado, los representantes de las organizaciones acusaron que después de recibir un análisis del Doctor Raúl Jiménez, presidente de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, al dictamen que ya fue aprobado en la Comisión de Gobernación, se determinó que concibe a los derechos humanos como un obstáculo para garantizar el orden público y no la situación.
“Esto es un asunto muy grave, es decir, los derechos humanos son el obstáculo que hay que atacar para lograr el control de una situación determinada. Por eso es importante que los órganos encargados por velar por el respeto de derechos humanos, como la Comisión Nacional de Derechos Humanos se pronuncien”, dijo Félix Hernández, integrante de Por México Hoy.
El dictamen establece que cuando el Presidente considere que se afecta el orden social puede solicitar la suspensión o restricción de garantías en determinado lugar y por un determinado lapso de tiempo. Un proceso que contará con el aval en menos de 24 horas del Congreso, si se encuentra reunido, y de la SCJN para validar su constitucionalidad.
Hasta ahora, el artículo 29 de la Constitución establece que hay derechos humanos que el Estado no puede suprimir, aun cuando se declare la supresión de garantías a raíz de una causa que perturbe el orden social.
Sin embargo, la argumentación citada en el dictamen aprobado, si bien reconoce derechos elementales, también apunta excepciones: “No es descartable que ciertos derechos humanos puedan ser suspendidos o restringidos en su ejercicio, pero en todo caso, deberá existir una razón legítima fundamentada”, describe el documento –al que SinEmbargo tuvo acceso– en la página 8.
Legisladores de oposición han insistido que la Ley Reglamentaria del Artículo 29 constitucional abre la puerta para que las autoridades violenten de distintas formas al menos 15 derechos de la ciudadanía. El documento con el que se pretende reglamentar el Estado de excepción abonaría a la permanente violación de las garantías individuales en el país, han dicho.
Por su parte, Osmar León, representante del Estado de México dentro de la plataforma, explicó que la llamada Ley “Eruviel” aprobada el pasado 17 de marzo representa un riesgo para las protestas ciudadanas, y da vía libre para que la represión de las fuerzas de seguridad.
El Senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) calificó de maniobra política el reciente anuncio del Gobernador Eruviel Ávila Villegas de solicitar al Congreso del estado que solicite una controversia inconstitucional a la propia Ley que el Gobernador propuso.
“Es una maniobra para ver si a lo mejor la Suprema Corte de Justicia termina por aprobarla”, apuntó.
En la conferencia los senadores del PRD, compararon esta Ley con la “Ley bala” del Gobernador de Puebla Rafael Moreno Valle. “Esta ha sido un desastre y dejado víctimas”, dijo el Senador Luis Sánchez Jiménez.
Por su parte, León expuso que la creciente oposición de parte de la ciudadanía a la Ley “Eruviel” crece, en tanto que la ley supuso un periodo de 90 días para entrar en vigor. Anunció que habrá una ola de amparos ciudadanos. Y una propuesta al Congreso local para que se derogue esta ley: “de tal forma que sería como empezar en una página nueva”.
Las organizaciones recordaron que tanto la ley que pretende reglamentar el artículo 29 constitucional como la Ley “Eruviel” se adhieren a una antigua petición para se realicen reformas legales que integren a la ciudadanía en las discusiones de las leyes. Por lo que exhortaron a la Cámara de Diputados a que se realicen foros para este tipo de leyes y que además se sometan a un referéndum.
La legislación que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México permite el uso de armas letales “cuando sea estrictamente inevitable”, así como de esposas rígidas, semirrígidas, candados de pulgares y cinturones plásticos; de armas intermedias como el bastón PR-24, tolete o su equivalente. También avala el uso de dispositivos de descargas eléctricas, inmovilizadores, sustancias irritantes en aerosol.
La Ley busca definir los casos en los que las policías mexiquenses podrán intervenir para restablecer el orden en desalojos, embargos, además en los centros de readaptación social. La Ley detalla también que el uso de la fuerza pública podrá aplicarse en asambleas, reuniones o manifestaciones que se realicen en lugares públicos y que se vuelvan violentas.
Por ejemplo, el artículo 8 faculta el uso de armas letales a los agentes policiacos en casos “estrictamente inevitables”.
“Cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida de las personas y la del elemento, éstos podrán hacer uso intencional de armas letales. Sólo se emplearán armas de fuego en defensa propia o de terceros, en caso de peligro inminente de muerte, lesiones graves o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad o por impedir su fuga, así como en el caso de resultar insuficientes las medidas menos extremas para lograr dichos objetivos”, detalla el artículo.
FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: JUAN LUIS GARCÍA HERNÁNDEZ.
LINK: http://www.sinembargo.mx/07-04-2016/1645344
Organizaciones civiles que conforman la plataforma Por México Hoy acusaron al Congreso de la Unión de pretender dejarlas fuera de la discusión del proyecto de ley sobre los estados de excepción, aprobada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), cuyo contenido actual, dijeron, es violatorio de los derechos humanos.
En una conferencia de prensa en el Senado, los representantes de las organizaciones acusaron que después de recibir un análisis del Doctor Raúl Jiménez, presidente de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, al dictamen que ya fue aprobado en la Comisión de Gobernación, se determinó que concibe a los derechos humanos como un obstáculo para garantizar el orden público y no la situación.
“Esto es un asunto muy grave, es decir, los derechos humanos son el obstáculo que hay que atacar para lograr el control de una situación determinada. Por eso es importante que los órganos encargados por velar por el respeto de derechos humanos, como la Comisión Nacional de Derechos Humanos se pronuncien”, dijo Félix Hernández, integrante de Por México Hoy.
El dictamen establece que cuando el Presidente considere que se afecta el orden social puede solicitar la suspensión o restricción de garantías en determinado lugar y por un determinado lapso de tiempo. Un proceso que contará con el aval en menos de 24 horas del Congreso, si se encuentra reunido, y de la SCJN para validar su constitucionalidad.
Hasta ahora, el artículo 29 de la Constitución establece que hay derechos humanos que el Estado no puede suprimir, aun cuando se declare la supresión de garantías a raíz de una causa que perturbe el orden social.
Sin embargo, la argumentación citada en el dictamen aprobado, si bien reconoce derechos elementales, también apunta excepciones: “No es descartable que ciertos derechos humanos puedan ser suspendidos o restringidos en su ejercicio, pero en todo caso, deberá existir una razón legítima fundamentada”, describe el documento –al que SinEmbargo tuvo acceso– en la página 8.
Legisladores de oposición han insistido que la Ley Reglamentaria del Artículo 29 constitucional abre la puerta para que las autoridades violenten de distintas formas al menos 15 derechos de la ciudadanía. El documento con el que se pretende reglamentar el Estado de excepción abonaría a la permanente violación de las garantías individuales en el país, han dicho.
Por su parte, Osmar León, representante del Estado de México dentro de la plataforma, explicó que la llamada Ley “Eruviel” aprobada el pasado 17 de marzo representa un riesgo para las protestas ciudadanas, y da vía libre para que la represión de las fuerzas de seguridad.
El Senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) calificó de maniobra política el reciente anuncio del Gobernador Eruviel Ávila Villegas de solicitar al Congreso del estado que solicite una controversia inconstitucional a la propia Ley que el Gobernador propuso.
“Es una maniobra para ver si a lo mejor la Suprema Corte de Justicia termina por aprobarla”, apuntó.
En la conferencia los senadores del PRD, compararon esta Ley con la “Ley bala” del Gobernador de Puebla Rafael Moreno Valle. “Esta ha sido un desastre y dejado víctimas”, dijo el Senador Luis Sánchez Jiménez.
Por su parte, León expuso que la creciente oposición de parte de la ciudadanía a la Ley “Eruviel” crece, en tanto que la ley supuso un periodo de 90 días para entrar en vigor. Anunció que habrá una ola de amparos ciudadanos. Y una propuesta al Congreso local para que se derogue esta ley: “de tal forma que sería como empezar en una página nueva”.
Las organizaciones recordaron que tanto la ley que pretende reglamentar el artículo 29 constitucional como la Ley “Eruviel” se adhieren a una antigua petición para se realicen reformas legales que integren a la ciudadanía en las discusiones de las leyes. Por lo que exhortaron a la Cámara de Diputados a que se realicen foros para este tipo de leyes y que además se sometan a un referéndum.
La legislación que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México permite el uso de armas letales “cuando sea estrictamente inevitable”, así como de esposas rígidas, semirrígidas, candados de pulgares y cinturones plásticos; de armas intermedias como el bastón PR-24, tolete o su equivalente. También avala el uso de dispositivos de descargas eléctricas, inmovilizadores, sustancias irritantes en aerosol.
La Ley busca definir los casos en los que las policías mexiquenses podrán intervenir para restablecer el orden en desalojos, embargos, además en los centros de readaptación social. La Ley detalla también que el uso de la fuerza pública podrá aplicarse en asambleas, reuniones o manifestaciones que se realicen en lugares públicos y que se vuelvan violentas.
Por ejemplo, el artículo 8 faculta el uso de armas letales a los agentes policiacos en casos “estrictamente inevitables”.
“Cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida de las personas y la del elemento, éstos podrán hacer uso intencional de armas letales. Sólo se emplearán armas de fuego en defensa propia o de terceros, en caso de peligro inminente de muerte, lesiones graves o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad o por impedir su fuga, así como en el caso de resultar insuficientes las medidas menos extremas para lograr dichos objetivos”, detalla el artículo.
FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: JUAN LUIS GARCÍA HERNÁNDEZ.
LINK: http://www.sinembargo.mx/07-04-2016/1645344