MÉXICO, D.F: Con el fin de librar a sus panes dulces y galletas del pago del 8 por ciento a los alimentos chatarra, Grupo Bimbo sostiene un litigio contra el Servicio de Administración Tributaria.
Según el diario Reforma, en los próximos días el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) tendrá que resolver si los productos de Bimbo están o no sujetos al impuesto a los alimentos altamente calóricos, incluido desde 2014 en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
El pasado 14 de enero, la Sala Superior del TFJFA revisó el caso por primera vez y omitió aclarar si los productos de la empresa Bimbo -y los de su filial de pastelerías El Globo- están o no sujetos al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que grava “alimentos no básicos que aportan más de 275 kilocalorías por cada 100 gramos”.
Fuentes hacendarias indicaron a la publicación que Bimbo se ha cuidado de aplica en sus ventas el cobro de dicho impuesto, que pagan los consumidores, por lo que no está en riesgo de incurrir en una deuda con el SAT si se determina que sí está obligada por la ley.
La confusión se debe a que la ley del IEPS no menciona expresamente al pan dulce y las galletas como gravados, mientras que el SAT, en una resolución miscelánea fiscal, exentó solo al pan no dulce.
El pasado 24 de agosto, el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa amparó a la empresa, y le dio 20 días hábiles al TFJFA para que dicte una nueva sentencia.
Según Bimbo, sus productos son alimentos básicos para los mexicanos por lo que deberían estar exentos de este impuesto que busca desincentivar el consumo excesivo de la llamada comida chatarra.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
Según el diario Reforma, en los próximos días el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) tendrá que resolver si los productos de Bimbo están o no sujetos al impuesto a los alimentos altamente calóricos, incluido desde 2014 en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
El pasado 14 de enero, la Sala Superior del TFJFA revisó el caso por primera vez y omitió aclarar si los productos de la empresa Bimbo -y los de su filial de pastelerías El Globo- están o no sujetos al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que grava “alimentos no básicos que aportan más de 275 kilocalorías por cada 100 gramos”.
Fuentes hacendarias indicaron a la publicación que Bimbo se ha cuidado de aplica en sus ventas el cobro de dicho impuesto, que pagan los consumidores, por lo que no está en riesgo de incurrir en una deuda con el SAT si se determina que sí está obligada por la ley.
La confusión se debe a que la ley del IEPS no menciona expresamente al pan dulce y las galletas como gravados, mientras que el SAT, en una resolución miscelánea fiscal, exentó solo al pan no dulce.
El pasado 24 de agosto, el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa amparó a la empresa, y le dio 20 días hábiles al TFJFA para que dicte una nueva sentencia.
Según Bimbo, sus productos son alimentos básicos para los mexicanos por lo que deberían estar exentos de este impuesto que busca desincentivar el consumo excesivo de la llamada comida chatarra.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.