Fátima Quintana Gutiérrez, de 12 años de edad, fue víctima de feminicidio en febrero de 2015. Desde entonces, su familia ha enfrentado diversas formas de violencia institucional y ni siquiera se les ha reconocido como víctimas indirectas del delito para que tengan acceso a la reparación del daño y a su derecho a la no repetición. El caso llegó a la SCJN, que tendrá la oportunidad de corregir esta injusticia y sentar como precedente que la calidad de víctima indirecta no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima y el impacto en sus familiares.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene una oportunidad histórica para sentar un precedente en materia de reparación integral del daño en casos de feminicidios. Este 5 de marzo, la Primera Sala votará un proyecto de sentencia elaborado por la Ministra Margarita Ríos Farjat en el Amparo Directo en Revisión 5363/2023 que reconocería, luego de 10 años, a los padres de Fátima Quintana Gutiérrez, víctima de feminicidio a los 12 años de edad, como víctimas indirectas.
Fátima tenía 12 años y cursaba el primer año de secundaria cuando fue asesinada por tres de sus vecinos en la comunidad de Lupita Casas Viejas, municipio de Lerma, en el Estado de México. Los tres feminicidas la interceptaron cuando regresaba de la escuela, la atacaron sexualmente, la acuchillaron en múltiples ocasiones y la asesinaron lapidando su cabeza.
El Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito negó a los padres de Fátima el reconocimiento formal como víctimas indirectas del delito de feminicidio, impidiéndoles acceder a la reparación del daño.
El Observatorio Nacional del Feminicidio, que trabaja en el caso de Fátima, informó que la SCJN tiene la oportunidad de corregir y sentar como precedente que la calidad de víctima indirecta no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima y el impacto en sus familiares.
“Si el proyecto es aprobado, además de reconocer a los padres de Fátima como víctimas indirectas, el Máximo Tribunal ordenará medidas de satisfacción y de no repetición a cargo del Estado de México, por su responsabilidad solidaria ante la persistencia del contexto de violencia feminicida en la entidad y el incumplimiento a la obligación de prevenir estas violaciones graves a los derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes”.
10 años de lucha por el feminicidio de Fátima Quintana
En entrevista con SinEmbargo, Lorena Gutiérrez, mamá de Fátima Quintana, denunció que por 10 años, los poderes judiciales del Estado de México y el Federal han violado sus derechos pues nunca han tenido acceso a una reparación del daño, tal y como lo marca la ley.
La reparación del daño en materia de violencia contra las mujeres la establecen tanto el marco jurídico internacional como el nacional. El artículo 63 de la Convención Americana de los Derechos Humanos , a la que México se adhirió desde 1981, dice que en caso de extrema gravedad y urgencia la Corte podrá tomar las medidas que considere pertinentes.
Además, es un derecho de las víctimas u ofendidos en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , a partir de la reforma de 2011; y aparece en el artículo 30 del Código Penal Federal como la restitución, indemnización y resarcimiento al delito.
La Ley General de Víctimas abarca medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, y también lo consideran leyes generales y locales de protección a víctimas de delitos y de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia , como es el caso del Estado de México.
“Nosotros nunca hemos accedido a nada. Absolutamente nada y tampoco teníamos conocimiento de que el Poder Judicial federal nos negó el reconocimiento como víctimas, jamás nos reconoció como víctimas y eso es sumamente grave. Todo es simulación, el sistema de impartición de justicia completo, llámese quien se llame son aparatos simuladores. Solo están ahí para simular”, comentó Lorena.
El proyecto que se discute este 5 de marzo dispone que el reconocimiento de los padres como víctimas indirectas no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima, y reitera la inconstitucionalidad de los topes normativos para establecer reparaciones y que el Estado tiene una responsabilidad solidaria por el incumplimiento de su obligación de prevenir el delito de feminicidio.
“Aprobar este proyecto no solo haría justicia para la familia de Fátima, sino que también sentaría un precedente fundamental en la lucha contra la impunidad y la violencia feminicida en México. Garantizar la reparación integral del daño en casos de feminicidio es un paso indispensable para reconocer el sufrimiento de las familias, dignificar la memoria de las víctimas y asegurar que el Estado asuma su responsabilidad en la protección de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes”, mencionó el Observatorio.
Reparación del daño como reivindicación
Para la familia de Fátima, la aprobación del proyecto de la ministra Ríos Farjat sería una oportunidad de reivindicar toda la violencia institucional que las autoridades han ejercido en su contra: “sería una manera de abrirnos la puerta no solamente el caso de Fátima, a todos, a todas las niñas y mujeres, a las familias que hemos sido víctimas de este delito tan grave que es el feminicidio, sería la primera vez en el país que se nos reconozca como víctimas”.
“Es un precedente muy importante porque, en estos 10 años, nunca me he enterado que a una familia que haya sido víctima de feminicidio, después de una lucha, le hayan entregado una reparación del daño. Entonces, sería un gran logro pues aunque no hay dinero que alcance para reparar lo que han hecho, sí nos abriría las puertas para acceder a este derecho que tenemos todas, todas las familias, todas las madres, los padres, a una reparación”, comentó la madre de Fátima.
De acuerdo con el OCNF, el caso de Fátima Quintana Gutiérrez es un recordatorio de la urgencia de fortalecer las políticas de prevención de la violencia feminicida y de garantizar que el Estado cumpla con su deber de proteger a mujeres y niñas en México.
Además, resaltaron la importancia de que sea un caso del Estado de México el que llegue a estas instancia porque es una entidad con dos Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) y, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre 2022 y 2024 se han registrado mil 052 asesinatos de mujeres, pero solo el 28% se investigan como feminicidios.
El caso de Fátima Quintana
El mes pasado, se cumplieron 10 años de que Fátima fue asesinada brutalmente en Lerma, Estado de México. Su familia debió desplazarse de manera forzada y, en noviembre de 2020, murió el hermano de Fátima, Daniel, a los 16 años de edad, víctima de negligencia médica y estatal mientras se encontraban en medida de protección en Monterrey, Nuevo León.
Por su feminicidio, tres hombres fueron sentenciados. José Juan Hernández Tecruceño con pena vitalicia y los hermanos Misael y Luis Ángel, a cinco (se le juzgó como menor de edad) y 73 años de prisión respectivamente.
AUTOR: NANCY GÓMEZ.