El amparo que solicitó la actriz es por la presunta violación a derechos constitucionales, entre ellos que sus conversaciones fueran espiadas sin orden judicial y que se usen en su contra. La PGR giró una orden de presentación para la actriz.
En la demanda de amparo que Kate del Castillo presentó ante un juez federal el pasado 29 de enero, la actriz acusó a la Procuraduría General de la República (PGR), de presuntamente violar los derechos que le otorgan dos artículos de la Constitución, entre los que figuran el de la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas, de sus datos personales y de su libertad misma.
Un día después de que la actriz Kate del Castillo solicitara un amparo para evitar ser detenida, la Procuraduría General de la República (PGR) emitió de manera formal una orden de localización y presentación para que ella declare sobre su vínculo con el narcotraficante Joaquín el Chapo Guzmán.
La información pública disponible sobre la demanda, que quedó radicada en el expediente 70/2061 en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo, revela que la actriz, a través de su abogado, solicitó la protección de la justicia por la violación de sus derechos consagrados en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Dichos artículos protegen la libertad de una persona para que no sea detenida ilegalmente, sin embargo, también garantizan otros derechos específicos que no pueden ser afectados ni siquiera por las autoridades, y entre ellos se encuentra el de la “inviolabilidad” de las comunicaciones privadas.
El artículo 16 de la Constitución establece que solamente se pueden intervenir las comunicaciones privadas de cualquier persona mediante una orden otorgada expresamente por un juez federal para ello y bajo condiciones específicas. En caso contrario, cualquier tipo de espionaje o intervención de esa naturaleza resulta ilegal.
“Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal (…) podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para ello, la autoridad competente deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, expresando además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración” señala el referido artículo.
En ningún caso, precisa la constitución, la información obtenida de forma ilegal mediante una intervención de comunicaciones podrá ser utilizada para sustentar que una persona es responsable o no de algún delito.
Cabe señalar que en los últimos meses, se ha publicado en medios de comunicación información de la actriz relacionada con su posible nexo con el narcotraficante Joaquín El Chapo Guzmán. Entre esa información se encuentran mensajes de texto que ella habría intercambiado con su teléfono móvil.
De acuerdo con las notas publicadas esas intervenciones obedecieron a un trabajo de inteligencia que realizó el gobierno durante varios meses sobre Kate del Castillo y otras personas.
Lo que no se sabe hasta ahora es si este seguimiento filtrado a los medios, y con el que se presume que Castillo tenía contacto con Guzmán incluso para llevar a cabo supuestos negocios, se hizo o no con el consentimiento de un juez federal.
Protección de datos y posesiones
El artículo 16 de la constitución que Castillo denuncia en su demanda de amparo que la PGR violó, también protege otros derechos entre ellos el que una persona no sea molestada no solo en su integridad física sino también en sus papeles o posesiones.
En ese sentido se señala que cualquier inspección a un sitio físico, como puede ser una casa particular o una empresa, se podrá realizar solamente mediante una orden de cateo que otorgue un juez y esté plenamente justificada en una averiguación previa.
Por otro lado la Constitución también protege el que los datos personales de una persona, como pueden ser su domicilio por ejemplo, no pueden publicarse más que en situaciones excepcionales como casos de seguridad nacional o e alteración del orden público.
La correspondencia que se envíen dos personas también resulta inviolable sin excepciones.
Tanto el artículo 14 como el 16 protegen el que una persona no pueda ser privada de su libertad salvo que sea mediante una orden de aprehensión girada por un juez o en caso de que se cometa un delito en flagrancia.
El artículo 16 señala en específico que una persona solo podrá ser arraigada por casos específicos de delincuencia organizada y por un periodo de 40 días que podrá duplicarse, a lo sumo, por otros 40 días más.
La ruta del amparo
Kate del Castillo presentó el pasado viernes 29 de enero la demanda de amparo en contra de la PGR. Debido a que la actriz vive en Los Ángeles, el trámite se hizo a través del abogado Humberto Ferro Baranda en la Ciudad de México.
El caso fue turnado al el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo del Primer Circuito que aceptó a trámite la demanda sin embargo, antes de otorgar cualquier tipo de suspensión en favor de la actriz le pidió a ella que (a través de su abogado) especifique los términos de su solicitud con apego al artículo 144 de la Ley de Amparo.
Dicho artículo da un plazo de cinco días hábiles para que la parte quejosa (en este caso Kate del Castillo) subsanen los requerimientos que demanda el juez o en caso contrario la demanda puede ser desestimada. El referido plazo vencerá el próximo lunes 8 de febrero.
En caso de que esta parte quede resuelta, el juez deberá analizar si concede prácticamente de forma inmediata una suspensión provisional en beneficio de la actriz, para que la autoridad señalada, en este caso la PGR, no pueda violentar cualquiera de los derechos que protegen los referidos artículos de la Constitución.
Con independencia de si se otorga o no una suspensión, se iniciaría también el juicio de amparo en el que la PGR y Kate del Castillo deberán presentar los elementos con los que cuenten y que permitirán al juez definir si en efecto, los derechos de la actriz han sido violentados ahora o en el pasado por las autoridades.
Al término de ese análisis el juez dará a conocer una sentencia en la que establecerá si concede la protección de la justicia en favor de la actriz y con que alcances o de lo contrario si se la niega por considerar que no se han violado ninguno de sus derechos. Todo este procedimiento puede extenderse varios meses.
Serie suspendida, decenas de afectados
La serie “Ingobernable”, que produciría la cadena Argos para ser trasmitida por el servicio de video en streaming Netflix, fue definitivamente aplazada por lo menos dos meses, sin que exista certeza de que se llevará a cabo.
Aunque no existe confirmación pública de parte de las empresas todavía, fuentes que participan directamente en la producción de dicha serie y que pidieron que no se revelen sus nombres por temor a una sanción, revelaron a Animal Político que ya les fue notificado verbalmente que las grabaciones no iniciarán el 15 de febrero.
De acuerdo con lo que se les informó, el proyecto fue traspasado para la última semana de abril con la salvedad de que se les avisará en las próximas semanas la fecha precisa del arranque de las grabaciones.
El retraso de la producción de esta serie afectará no solo a Kate del Castillo, sino a un equipo de por lo menos cien personas que son contratadas específicamente por el proyecto y a partir de la realización del mismo es como reciben sus honorarios.
Los empleados consultados dijeron que hace unas semanas recibieron un correo electrónico de directivos de Argos en donde se señalaba que no se podía dar información pública de este proyecto pues solamente Netflix es propietaria de los derechos del mismo incluyendo su comunicación.
Respeto a presunción de inocencia
La titular de la PGR Arely Gómez, señaló que su dependencia respeta la presunción de inocencia de la actriz Kate del Castillo, aunque recordó que esta se encuentra bajo investigación (por presunto lavado de dinero en favor del Cártel de Sinaloa) y por lo mismo ha sido llamada a declarar en calidad de testigo.
Gómez dijo en entrevista, que la actriz está en su derecho de solicitar una demanda de amparo si considera que sus garantías individuales han sido violadas en algún momento y será un juez quien determine lo que procede,
Cabe señalar que la PGR ya requirió en dos ocasiones a Kate del Castillo para que comparezca en calidad de testigo sobre los presuntos vínculos con la delincuencia organizada.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ARTURO ÁNGEL.
LINK: http://www.animalpolitico.com/2016/02/de-sus-comunicaciones-privadas-a-sus-datos-personales-los-derechos-que-kate-del-castillo-dice-que-violo-pgr/
En la demanda de amparo que Kate del Castillo presentó ante un juez federal el pasado 29 de enero, la actriz acusó a la Procuraduría General de la República (PGR), de presuntamente violar los derechos que le otorgan dos artículos de la Constitución, entre los que figuran el de la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas, de sus datos personales y de su libertad misma.
Un día después de que la actriz Kate del Castillo solicitara un amparo para evitar ser detenida, la Procuraduría General de la República (PGR) emitió de manera formal una orden de localización y presentación para que ella declare sobre su vínculo con el narcotraficante Joaquín el Chapo Guzmán.
La información pública disponible sobre la demanda, que quedó radicada en el expediente 70/2061 en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo, revela que la actriz, a través de su abogado, solicitó la protección de la justicia por la violación de sus derechos consagrados en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Dichos artículos protegen la libertad de una persona para que no sea detenida ilegalmente, sin embargo, también garantizan otros derechos específicos que no pueden ser afectados ni siquiera por las autoridades, y entre ellos se encuentra el de la “inviolabilidad” de las comunicaciones privadas.
El artículo 16 de la Constitución establece que solamente se pueden intervenir las comunicaciones privadas de cualquier persona mediante una orden otorgada expresamente por un juez federal para ello y bajo condiciones específicas. En caso contrario, cualquier tipo de espionaje o intervención de esa naturaleza resulta ilegal.
“Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal (…) podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para ello, la autoridad competente deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, expresando además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración” señala el referido artículo.
En ningún caso, precisa la constitución, la información obtenida de forma ilegal mediante una intervención de comunicaciones podrá ser utilizada para sustentar que una persona es responsable o no de algún delito.
Cabe señalar que en los últimos meses, se ha publicado en medios de comunicación información de la actriz relacionada con su posible nexo con el narcotraficante Joaquín El Chapo Guzmán. Entre esa información se encuentran mensajes de texto que ella habría intercambiado con su teléfono móvil.
De acuerdo con las notas publicadas esas intervenciones obedecieron a un trabajo de inteligencia que realizó el gobierno durante varios meses sobre Kate del Castillo y otras personas.
Lo que no se sabe hasta ahora es si este seguimiento filtrado a los medios, y con el que se presume que Castillo tenía contacto con Guzmán incluso para llevar a cabo supuestos negocios, se hizo o no con el consentimiento de un juez federal.
Protección de datos y posesiones
El artículo 16 de la constitución que Castillo denuncia en su demanda de amparo que la PGR violó, también protege otros derechos entre ellos el que una persona no sea molestada no solo en su integridad física sino también en sus papeles o posesiones.
En ese sentido se señala que cualquier inspección a un sitio físico, como puede ser una casa particular o una empresa, se podrá realizar solamente mediante una orden de cateo que otorgue un juez y esté plenamente justificada en una averiguación previa.
Por otro lado la Constitución también protege el que los datos personales de una persona, como pueden ser su domicilio por ejemplo, no pueden publicarse más que en situaciones excepcionales como casos de seguridad nacional o e alteración del orden público.
La correspondencia que se envíen dos personas también resulta inviolable sin excepciones.
Tanto el artículo 14 como el 16 protegen el que una persona no pueda ser privada de su libertad salvo que sea mediante una orden de aprehensión girada por un juez o en caso de que se cometa un delito en flagrancia.
El artículo 16 señala en específico que una persona solo podrá ser arraigada por casos específicos de delincuencia organizada y por un periodo de 40 días que podrá duplicarse, a lo sumo, por otros 40 días más.
La ruta del amparo
Kate del Castillo presentó el pasado viernes 29 de enero la demanda de amparo en contra de la PGR. Debido a que la actriz vive en Los Ángeles, el trámite se hizo a través del abogado Humberto Ferro Baranda en la Ciudad de México.
El caso fue turnado al el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo del Primer Circuito que aceptó a trámite la demanda sin embargo, antes de otorgar cualquier tipo de suspensión en favor de la actriz le pidió a ella que (a través de su abogado) especifique los términos de su solicitud con apego al artículo 144 de la Ley de Amparo.
Dicho artículo da un plazo de cinco días hábiles para que la parte quejosa (en este caso Kate del Castillo) subsanen los requerimientos que demanda el juez o en caso contrario la demanda puede ser desestimada. El referido plazo vencerá el próximo lunes 8 de febrero.
En caso de que esta parte quede resuelta, el juez deberá analizar si concede prácticamente de forma inmediata una suspensión provisional en beneficio de la actriz, para que la autoridad señalada, en este caso la PGR, no pueda violentar cualquiera de los derechos que protegen los referidos artículos de la Constitución.
Con independencia de si se otorga o no una suspensión, se iniciaría también el juicio de amparo en el que la PGR y Kate del Castillo deberán presentar los elementos con los que cuenten y que permitirán al juez definir si en efecto, los derechos de la actriz han sido violentados ahora o en el pasado por las autoridades.
Al término de ese análisis el juez dará a conocer una sentencia en la que establecerá si concede la protección de la justicia en favor de la actriz y con que alcances o de lo contrario si se la niega por considerar que no se han violado ninguno de sus derechos. Todo este procedimiento puede extenderse varios meses.
Serie suspendida, decenas de afectados
La serie “Ingobernable”, que produciría la cadena Argos para ser trasmitida por el servicio de video en streaming Netflix, fue definitivamente aplazada por lo menos dos meses, sin que exista certeza de que se llevará a cabo.
Aunque no existe confirmación pública de parte de las empresas todavía, fuentes que participan directamente en la producción de dicha serie y que pidieron que no se revelen sus nombres por temor a una sanción, revelaron a Animal Político que ya les fue notificado verbalmente que las grabaciones no iniciarán el 15 de febrero.
De acuerdo con lo que se les informó, el proyecto fue traspasado para la última semana de abril con la salvedad de que se les avisará en las próximas semanas la fecha precisa del arranque de las grabaciones.
El retraso de la producción de esta serie afectará no solo a Kate del Castillo, sino a un equipo de por lo menos cien personas que son contratadas específicamente por el proyecto y a partir de la realización del mismo es como reciben sus honorarios.
Los empleados consultados dijeron que hace unas semanas recibieron un correo electrónico de directivos de Argos en donde se señalaba que no se podía dar información pública de este proyecto pues solamente Netflix es propietaria de los derechos del mismo incluyendo su comunicación.
Respeto a presunción de inocencia
La titular de la PGR Arely Gómez, señaló que su dependencia respeta la presunción de inocencia de la actriz Kate del Castillo, aunque recordó que esta se encuentra bajo investigación (por presunto lavado de dinero en favor del Cártel de Sinaloa) y por lo mismo ha sido llamada a declarar en calidad de testigo.
Gómez dijo en entrevista, que la actriz está en su derecho de solicitar una demanda de amparo si considera que sus garantías individuales han sido violadas en algún momento y será un juez quien determine lo que procede,
Cabe señalar que la PGR ya requirió en dos ocasiones a Kate del Castillo para que comparezca en calidad de testigo sobre los presuntos vínculos con la delincuencia organizada.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ARTURO ÁNGEL.
LINK: http://www.animalpolitico.com/2016/02/de-sus-comunicaciones-privadas-a-sus-datos-personales-los-derechos-que-kate-del-castillo-dice-que-violo-pgr/