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Diputados aprueban en lo general la Ley Federal de Transparencia

El dictamen de la minuta que continúa la discusión en lo particular y la presentación de reservas, tiene por objeto proveer lo necesario en el ámbito federal, para garantizar el derecho de acceso a la información pública.

La Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen de la minuta del Senado que abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

El documento se avaló con lo general con 383 votos a favor, uno en contra y 32 abstenciones, luego de que se aprobó un adendum en el artículo cuarto transitorio.

Para su discusión en lo particular se presentaron 31 reservas, 30 de artículos y un transitorio.

La nueva ley tiene por objeto garantizar el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano, organismo, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

Asimismo, de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos federales o realice actos de autoridad, en los términos previstos por la Constitución y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En este sentido, el proyecto de ley establece los mecanismos necesarios, en el ámbito federal, para garantizar de forma efectiva los objetivos de las disposiciones constitucionales y generales.

Favorece el escrutinio ciudadano sobre las actividades sustantivas de los sujetos obligados, promueve una cultura de transparencia y acceso a la información pública e incentiva la participación ciudadana en la toma de decisiones públicas.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Trasparencia y Anticorrupción, Rogerio Castro Vázquez (Morena), recordó que en febrero de 2014 se aprobó la reforma constitucional en la materia, en la que se sentaron las bases mínimas para la transparencia y el acceso a la información.

Este día, con la expedición de la nueva ley, se cierra una etapa para continuar con otras, con el fin de completar este sistema nacional de transparencia.

A nombre de la comisión y de los coordinadores de los grupos de trabajo, el diputado Castro Vázquez presentó un agregado al dictamen para que en el transitorio cuarto se incluya una modificación.

Se plantea que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INA) deberá aprobar en un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor, los correspondientes lineamientos que regularán la forma, términos y plazos en el que los sujetos obligados del ámbito federal deberán cumplirlas.

La modificación se aprobó por mayoría, en votación económica.

Posteriormente, los grupos parlamentarios fijaron su posición a través de los diputados José Alfredo Ferreiro Velazco (PES), Luis Alfredo Valles Mendoza (NA), José Clemente Castañeda Hoeflich (MC), Ernestina Godoy Ramos (Morena), Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM), Omar Ortega Álvarez (PRD), Mayra Angélica Enríquez Vanderkam (PAN) y Edgar Romo García (PRI).

Todos ellos expresaron su apoyo al dictamen en lo general, pero los legisladores de MC y Morena adelantaron que presentarán reservas para su discusión en lo particular.

A favor hablaron: Alejandro González Murillo (PES), Francisco Javier Pinto Torres (NA), María Candelaria Ochoa Ávalos (MC), Jorgina Gaxiola Lezama (PVEM), Francisco Xavier Nava Palacios (PRD), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (PAN) y Pedro Luis Noble Monterrubio (PRI)

En contra lo hicieron Manuel Jesús Clouthier Carrillo (independiente) y Mario Ariel Juárez Rodríguez (Morena).


Posteriormente se produjo la votación y el presidente de la Mesa Directiva, Jesús Zambrano Grijalva, decretó un receso de 15 minutos para ordenar la discusión de las reservas que se presentaron. 

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/1904/mexico/diputados-aprueban-en-lo-general-la-ley-federal-de-transparencia/

Exigen organizaciones civiles una Ley Federal de Transparencia sin ambigüedades

MÉXICO, DF: Organizaciones civiles exigieron al Senado de la República que en la discusión del Dictamen que expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información se esclarezcan y se dé certeza a algunos elementos que quedaron ambiguos en la Ley General.

De acuerdo con el Colectivo por la Transparencia, México Infórmate, Artículo 19 y Fundar, “es de suma importancia” que la Ley Federal siga un espíritu garantista y se apegue al nuevo marco normativo.

En un comunicado, las agrupaciones destacan que la discusión en las Comisiones Unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana, de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda del Senado de la República, representa “la última oportunidad para que los senadores aporten claridad y certeza a algunos elementos que quedaron ambiguos en la Ley General, como lo es la obligación de generar información y el recurso de revisión en materia de seguridad nacional”.

Sin embargo, apuntan, el documento que es considerado por las comisiones dictaminadoras no cumple por completo con esas expectativas. “El dictamen suprime avances para el ejercicio del derecho de acceso a la información, es incongruente respecto a la Ley General de Transparencia y –por si fuera poco– va en contra de las garantías constitucionales de audiencia, seguridad jurídica y del principio pro persona, con lo que se abre una ventana inaceptable a la arbitrariedad y a la judicialización del derecho”.

De igual manera, critican que a pesar de múltiples documentos de trabajo, audiencias públicas y propuestas de organizaciones civiles, académicos y especialistas, la participación ciudadana en este caso fue estéril, toda vez que no se atendieron las principales preocupaciones.

En cinco puntos, las organizaciones alertan sobre “el contenido contrario” al espíritu de la reforma constitucional en materia de transparencia, el primero de los cuales destaca “importantes carencias” en el recurso de revisión en materia de seguridad nacional.

“No se detalla el procedimiento que seguirá el recurso de revisión del Consejero Jurídico en materia de seguridad nacional. La falta de certeza sobre el procedimiento, la definición de seguridad nacional, la procedencia, la participación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y del solicitante como terceros interesados, los efectos de la resolución y los tiempos para resolver, entre otros, es suficiente para generar incertidumbre e inseguridad en los solicitantes de la información e incentivos limitados para ejercer el derecho de acceso a la información”.

Asimismo, subrayan que el Inai queda sin facultad para determinar acceso a información sobre violaciones graves a derechos humanos.

“No se le otorga a ese Instituto la facultad de ordenar la desclasificación de información relacionada con violaciones graves a derechos humanos cuando a primera vista (prima facie) y sin prejuzgar determine que la información está relacionada con estos sucesos. Esta falta de previsión supone una ceguera institucional frente a las recomendaciones que tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como el Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones de Unidas han hecho al Estado mexicano”.

En su tercer punto señalan que contrario a lo señalado en la Ley Federal de Transparencia vigente y a la Ley General de Transparencia, se prevén excepciones para el acceso a la información que las y los comisionados del Inai deben tener a fin de determinar si la información solicitada es de interés público y resolver el recurso de revisión (artículo 153 del proyecto).

“La restricción del derecho de acceso a la información como la de cualquier otro derecho humano requiere motivos, razones y circunstancias suficientes que no se pueden colmar si el Inai no tiene a la vista la información que se busca mantener en secreto. La falta de acceso a la información por parte de las y los comisionados genera que cualquier resolución que niegue el acceso al solicitante, sea arbitraria e ilegal y hace inoperante el cumplimiento de su mandato”.

El comunicado también resalta la violación al derecho de audiencia, y en este sentido advierte que se deja en desventaja a los solicitantes de información frente a los sujetos obligados al permitir que estos últimos, en cualquier momento, pidan audiencia para la sustanciación del recurso de revisión (artículo 156, fracción V del proyecto).

En su último punto, las organizaciones advierten que la obligación de generar información queda fuera de la Ley Federal, y tampoco se faculta al Inai, como sí a los comités de transparencia, para ordenar –cuando así proceda– la generación de información.


“Se hace necesario que las resoluciones fijen las medidas de apremio o sanciones a las que haya lugar cuando hubiere dado cuenta de faltas o violaciones a la Ley por los sujetos obligados”, finaliza el documento.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/?p=421142

En el Senado avanza la Ley Federal de Transparencia, pero contradice a la Ley General

Principios de la Ley Federal son incongruentes con la Ley General que se promulgó en mayo pasado. Las inconsistencias dejan abierta la puerta para que autoridades no garanticen el derecho a la información y éste se judicialice.

En el Senado se aprobó este miércoles en comisiones el dictamen de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, aunque sociedad civil alerta que éste contradice en algunos puntos a la Ley General en la materia.

Lo anterior abre la posibilidad de que para hacer efectivo el derecho de acceso a información pública se deba esperar una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Que se judicialice el derecho, advierte el Colectivo por la Transparencia.

Que haya contradicciones entre la Ley Federal y la Ley General de Transparencia permite que una autoridad aplique una u otro sin priorizar el derecho de acceso a la información del ciudadano.

“La autoridad del nivel federal aplicará la Ley Federal. Sin embargo, una autoridad con base en la Constitución tendría que aplicar el artículo que le beneficie más al ciudadano. Y si está en la Ley General y aunque se contradiga con la Ley Federal debería aplicar el primero. Pero en la práctica esto no sucede. No podemos tener una ley que sea incongruente con la otra”, explica Ana Cristina Ruelas, Oficial del Programa de Acceso a la Información de Artículo 19.

Esto llevará a que el ciudadano tenga la opción de acudir a un juicio para solicitar que se aplique el artículo que más expanda su derecho y aunque eventualmente la Suprema Corte de Justicia tendría que declarar inconstitucional que se obstaculice el derecho a la información, el hecho de que un ciudadano pase por un juicio para tener los datos que solicitó atenta contra el principio de acceso rápido y expedito a información pública que marca la Constitución.

Una Ley General establece principios, bases generales y procedimientos para garantizar determinado derecho desde los tres órdenes de gobierno. La Ley Federal se enfoca en los sujetos obligados sólo de la administración pública federal.

Según Ana Cristina Ruelas, esta es la primera vez que se intenta tener una ley General y otra Federal para legislar sobre la misma materia; normalmente la primera atañe también a la administración pública federal.

El problema de “este experimento”, dice Ruelas, es que la Ley Federal contradice la Ley General que se promulgó en mayo pasado.

Por ejemplo, en la Ley General de Transparencia se prevé que los comisionados del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) tendrán acceso a la información que se clasifique como reservada para determinar si es de interés público o si están justificados los motivos de su clasificación.

En la Ley Federal que aprobó el Senado en comisiones se establece lo contrario. El INAI no tiene acceso a la información que se busque mantener en secreto; y por lo tanto, no puede actuar en consecuencia.

“Es imposible que el INAI pueda determinar que una información es clasificada si no la tiene a la vista para evaluar el daño que genera su publicidad. Como lo planea la Ley Federal, en contradicción con la Ley General, es una violación directa a la Constitución porque para que te restrinjan un derecho humano (en este caso, el acceso a la información) tiene que haber una motivación que de lugar a la clasificación del derecho de acceso. Si no tiene a la vista el documento pues no es posible que restrinjan el derecho”, explicó Ruelas.

Pero hay otros focos rojos en esta Ley.

Por ser la legislación federal, debería dejar en claro qué proceso seguirá el recurso de revisión en materia de seguridad nacional que está en manos del Consejero Jurídico de Presidencia.

La Ley General de Transparencia indica que el Consejero Jurídico podrá interponer un recurso si considera que la información atenta contra la seguridad nacional, aún cuando exista una resolución del INAI para publicitarla.

El primer caso ocurrió recientemente, cuando los comisionados ordenaron publicar las bitácoras de viaje del Estado Mayor Presidencial sobre las aeronaves presidenciales. El Consejero interpuso un recurso y es posible que éste se resuelva en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

De nuevo, se judicializa el derecho a la información y se atenta contra el principio que marca la Constitución de que debe ser rápido y expedito; pues el ciudadano deberá esperar a que la Corte lo resuelva.

Este proceso con el Consejero Jurídico de Presidencia, en cuanto a tiempos para culminarse y formas, debería estar detallado en la Ley Federal de Transparencia, pero lo omite.

“La Constitución dice que el derecho al acceso a la información tiene que ser expedito y de alguna manera la Ley General de Transparencia en los primeros 20 artículos se habla de ese principio. Sin embargo, la falta de claridad en el proceso en esta Ley Federal da lugar a que la revisión se de en los tiempos que la Corte estime necesarios para resolver, podemos hablar de años”, dijo Ruelas.

En esta Ley Federal se incluyeron 272 obligaciones más de transparencia. 79 para el poder Ejecutivo; 23 para el legislativo; 8 para el Judicial; y 85 a órganos autónomos.

Entre éstos, se obliga a Hacienda a exhibir los nombres de los beneficiarios de condonación de créditos fiscales; también se deberán publicar procesos para designar jueces y magistrados; y procesos de control de confianza por estado e institución; así como publicitar la incidencia delictiva a nivel federal por tipo de delito, género y edad.


El documento aprobado por las Comisiones Unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana, de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda pasará al Pleno y todavía hace falta su aprobación en la Cámara de Diputados. Es el cuarto dictamen de Ley Federal de Transparencia que discute el Senado.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: TANIA L. MONTALVO.
LINK: http://www.animalpolitico.com/2015/11/en-el-senado-avanza-la-ley-federal-de-transparencia-pero-contradice-a-la-ley-general/