Los propietarios y poseedores contarán con un plazo de 30 dÃas naturales para integrar un inventario de ejemplares de mamÃferos marinos.
La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el cuarto párrafo del artÃculo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, para prohibir la utilización de mamÃferos marinos de cualquier especie, como ballenas, delfines y manatÃes, en espectáculos fijos o itinerantes.
Sin embargo, de acuerdo con Reforma, en una modificación al dictamen que fue aceptada en la sesión pasada, se permitió que por única ocasión se dé la reproducción de las hembras que actualmente existan, para que haya otra generación y que, hasta la muerte de los animales que aún no nacen, entonces sà ya no hayan delfinarios, lo cual podrÃa ocurrir en 50 años o más.
La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el cuarto párrafo del artÃculo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, para prohibir la utilización de mamÃferos marinos de cualquier especie, como ballenas, delfines y manatÃes, en espectáculos fijos o itinerantes.
Sin embargo, de acuerdo con Reforma, en una modificación al dictamen que fue aceptada en la sesión pasada, se permitió que por única ocasión se dé la reproducción de las hembras que actualmente existan, para que haya otra generación y que, hasta la muerte de los animales que aún no nacen, entonces sà ya no hayan delfinarios, lo cual podrÃa ocurrir en 50 años o más.