En una sesión privada, a la que no fueron convocados los actores ni el público en general, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México resolvieron imponer una multa contra Morena y su precandidata al gobierno de la entidad, Delfina Gómez Álvarez, por actos anticipados de campaña.
La sesión se desarrolló el sábado 18 de febrero sin que se diera un aviso sobre la realización de la misma, como lo marca la ley, que señala que deben ser convocadas con 24 horas de anticipación, además que todas las sesiones deben ser públicas.
El Tribunal impuso una multa para Morena de cinco mil unidades de medida, es decir, 377 mil 450 pesos, y a Delfina Gómez Álvarez por mil unidades de medida, es decir, 75 mil 490 pesos.
El PAN se quejó de que los eventos públicos que realiza Delfina Gómez, en compañía de Andrés Manuel López Obrador , no están dirigidos a la militancia de Morena -como lo estipula la ley en periodo de precampaña-, sino son actos abiertos a los que tiene acceso el electorado en general. A su decir, se configuran actos anticipados de campaña.
En la sentencia los magistrados consideraron que la violación esgrimida existe, ya que los actos se realizaron "lugares abiertos."
El representante de Morena ante el Instituto Electoral del Estado de México, Ricardo Moreno, indicó que la sentencia es endeble y se está analizando impugnarla ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Además acusó de que en el expediente se tomaron en cuenta algunas pruebas (videos de los eventos) de forma ilegal, pues no fueron aportadas en tiempo y forma por el promovente, lo que incluso podría acarrear responsabilidades a los magistrados.
Los recursos que se recauden de esta multa deberán ser turnado al Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, de acuerdo con el resolutivo quinto de la sentencia.
Fuente: La Jornada
Autor: Israel Dávila
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