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Premian a responsable del News Divine con dirección de seguridad en Campeche

CIUDAD DEL CARMEN, Cam: En su debut como alcalde, el panista Pablo Gutiérrez Lázarus oficializó el nombramiento de Guillermo Zayas González, presunto responsable de la tragedia en la discoteca News Divine, como director municipal de Seguridad Pública.

La noticia levantó ámpula entre familiares de las víctimas y colectivos que las acompañan en el proceso legal, quienes exigieron al joven munícipe revalorar el nombramiento de Zayas González pues, advirtieron, “su incapacidad, como ocurrió en la Ciudad de México, pone en riesgo a los ciudadanos carmelitas, en especial a los jóvenes y niños”.

Asimismo, adelantaron que padres de las víctimas de la tragedia viajarán la próxima semana a esta isla para manifestar al nuevo munícipe su inconformidad por este nombramiento.

La tragedia en la discoteca News Divine ocurrió el 20 de junio de 2008, cuando un mal planeado operativo a cargo de Zayas González cobró la vida de 12 personas, entre ellas nueve jóvenes de entre 13 a 24 años, y dejó lesionados a siete más.

Como fiscal de Homicidios de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) en el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, el mando policiaco tuvo momentos estelares, como la captura de Orlando Magaña, El Chacal de Tlalpan, uno de los multihomicidas de la familia Narezo Noyola.

En 2008, ya en el gobierno de Marcelo Ebrard, fungió como director regional de la zona norte de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y coordinador de la Unipol en la delegación Gustavo A. Madero. La fatalidad lo alcanzó luego del fallido operativo del 20 de junio de ese año en la discoteca News Divine, en el que nueve jóvenes –entre ellos adolescentes– y tres policías perecieron asfixiados.

La incorporación de Zayas González al gabinete de Gutiérrez Lázarus, quien hoy entró en funciones como alcalde, se filtró hace varios días. En su defensa argumentó que el cuestionado policía ya estaba exonerado y que le fue recomendado por el comisionado nacional de Seguridad, Renato Sales Heredia.

“El licenciado Renato Sales nos recomienda que si queremos brindarle seguridad a nuestro municipio, le apostemos al comandante Zayas González”, comentó entonces el aún edil electo.

“En el rubro de seguridad es mejor acudir a alguien que sabe, en vez de presentar ocurrencias; es un hecho y estoy consciente de los riesgos”, añadió Gutiérrez Lázarus.

Hoy, en acalorada reunión de cabildo, en la que los priistas se opusieron a la designación, el munícipe formalizó el nombramiento de Zayas González como titular de la SSP municipal.

Al respecto, el abogado Armando Barrera, miembro del colectivo Cauce Ciudadano AC, que representa legalmente a los padres de algunas de las víctimas, criticó el nombramiento y desmintió que Zayas haya sido exonerado, pues el juicio aún no termina y él está aún bajo proceso judicial.

“Desde la perspectiva jurídica resultan totalmente falsas las aseveraciones respecto de su inocencia”, explicó a la corresponsal en entrevista telefónica desde la Ciudad de México, y agregó:

“Tan es así que a estas alturas, aunque han pasado bastantes años, ni siquiera tiene una sentencia emitida por el juez que conoce su causa”.

Detalló que “la situación es que (Zayas) tiene unos procesos de amparo, el último de los cuales es uno de revisión en contra de una sentencia que emitió un tribunal federal en la que no le dio de manera general y concreta la razón en sus agravios”.

Es decir, abundó, “los juicios de amparo que él promueve son en contra de los autos de formal prisión por los delitos de lesiones y homicidios que dieron origen a la causa del expediente penal en la que está involucrado”, destacó.

Y recalcó: “No ha llegado la posibilidad jurídica de que se emita una sentencia en su contra, por ende no puede haber una consideración de culpabilidad o inclusive de inocencia… todavía se le está procesando, entonces las argumentaciones que están haciendo para la designación de Zayas en Carmen son con base en información falsa, errónea, que sin duda están dando con mala fe para validar su nombramiento”.

“En definitiva no está exonerado”, puntualizó.

Luego insistió en que se continúe el juicio penal que se le sigue, donde primero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe resolver los juicios de amparo que interpuso contra el auto de formal de prisión que se le dio en la primera etapa de intervención de un juzgado.

“La SCJN, al resolver esos juicios de amparo, ni siquiera tendrá que tocar el tema de fondo sobre su responsabilidad, porque son juicios de amparo que no van contra una sentencia definitiva, sino de autos de formal prisión, por tanto es ilógico que ellos pidieran pensar o exponer que ya fue exonerado”, reiteró.

Por tanto, dijo, “su situación legal es que aún está bajo proceso”.

Si bien jurídicamente no hay ningún impedimento legal que se pueda aplicar de manera tajante para evitar que sea funcionario, acotó, “nosotros fundamentamos que hay un impedimento político y ético para su nombramiento, puesto que por su imprudencia innegable, inexcusable, inició un operativo que fue a todas luces ilegal”.

También resaltó que hay todas las pruebas documentales de que él fue la persona de mayor alto rango en el fallido operativo del News Divine, “quien lo ordenó, quien lo solicitó, y que como resultado fallecieron 12 personas, nueve de ellas adolescentes”.

Y advirtió: “Es innegable que su incapacidad pone en riesgo a la gente de Campeche, de El Carmen, esa es la postura de las familias y organizaciones que las acompañamos”.

“Gutiérrez Lazarus está equivocado, su ineficiencia (de Guillermo Zayas) ya costó vidas en el Distrito Federal y lo que menos queremos es que cobre más vidas”, insistió.

Sobre la recomendación de Sales Heredia, el litigante comentó:

“No tenemos certeza de que hubo esa supuesta recomendación, pero si la hubiera, una recomendación no es de carácter vinculante; además, no puede tomarse en consideración la resolución de un juzgado que ni siquiera está en la capacidad de emitir la sentencia, que no puede entrar al fondo del caso y por tanto no puede haber absolución”.

Aclaró que Zayas González enfrenta su proceso en libertad caucional, debido a que su delito se reclasificó por determinación y, en lugar de homicidio doloso, se le está juzgando por homicidio culposo.

Por su parte, entrevistado vía telefónica, Daniel Gershenson, del colectivo Alarbo AC, que también acompaña a los familiares de las víctimas en su clamor de justicia, tronó:


“Gutiérrez Lázarus no tiene autoridad moral para incorporar a Zayas. Es falso que esté absuelto. Si tiene un ápice de ética, el nuevo alcalde de El Carmen tendrá que revalorar la pertinencia de que se quede este señor, porque los ciudadanos, y sobre todo los jóvenes y niños, no estarán bien servidos con esta persona”, sentenció.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ROSA SANTANA.

Pide CDHDF a la Corte escuchar a familiares de víctimas del News Divine

MÉXICO, D.F: La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) exhortó a los integrantes de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a abrir un espacio para escuchar a las víctimas y los familiares de las 12 personas que murieron durante el operativo fallido de la discoteca News Divine en 2008 para garantizar su derecho de audiencia en el juicio.

Luego de que el pasado 8 de abril la Primera Sala de la Corte otorgó un amparo solicitado por 11 policías que participaron en el operativo, el organismo autónomo manifestó su preocupación por la posibilidad de que se configure “un escenario de impunidad que violente el derecho a la verdad y a la justicia de las víctimas y sus familiares”.

En un comunicado, la Comisión presidida por Perla Gómez informó que desde que se dio a conocer la resolución de los magistrados, informó a una de las organizaciones acompañantes de los familiares de las víctimas fatales que formulará un amicus curiae –recurso jurídico– para enviar a la SCJN con las consideraciones de la CDHDF, con base en la Recomendación 11/2008 y los Informes Especiales que emitió sobre el caso.

El documento, agregó, se basará en los estándares internacionales en materia de derechos humanos “para que sean considerados en el análisis de las demandas de amparo interpuestas por otros servidores públicos que aún se encuentran pendientes de ser resueltas”.

La CDHDF recordó que desde la emisión de la recomendación 11/2008, motivada en los hechos de ese 20 de junio, ha acompañado a las víctimas no fatales y los familiares de los fallecidos, además de impulsar acciones correspondientes para el cumplimiento de dicho instrumento.

Y adelantó que actualmente realiza un estudio para presentar el caso ante instancias internacionales con el propósito de “hacer efectivo el derecho a la verdad y la justicia de las víctimas no fatales y los familiares de las fatales, en caso de que esto no sea posible a través de las instancias nacionales”.

Por último, la CDHDF llamó al Gobierno del Distrito Federal y las autoridades federales a “que den todas las facilidades para el ejercicio de su labor y garanticen la seguridad de las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos que acompañan a los familiares de las víctimas fatales”.

El pasado 10 de abril, luego de la resolución de la SCJN que exoneró a 11 policías encarcelados, padres de los jóvenes que murieron aquella tarde del 20 de junio de 2008 en la discoteca News Divine, exigieron a los ministros una explicación tras la decisión.


“Estamos indignados con la resolución de la Suprema Corte (…) le pido a la Corte que nos diga entonces quién es el responsable, queremos acceso a la verdad y a la justicia”, pidió Rubén Tapia, padre de uno de los jóvenes fallecidos.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.

Corte ordena liberar a 11 policías que participaron en operativo en el News Divine

El ministro ponente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea destacó que los policías actuaron “con culpa consciente sin medir las consecuencias del bloqueo que realizaron” y que “privilegiaron la orden de sus superiores lejos de salvaguardar la integridad de los asistentes y protección de la vida”.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó liberar inmediatamente a 11 policías que participaron en el operativo en el News Divine en 2008, en el cual murieron 12 personas.
La SCJN determinó que “el trágico resultado del operativo realizado (…) no podía ser imputado a los policías que se encontraban fuera del establecimiento formando un muro de contención”.

La Corte concluyó que “la muerte de 12 individuos, así como las lesiones a por lo menos otras 7 personas, se debió a que muchos de los jóvenes que se encontraban dentro del establecimiento se comenzaron a acumular en un pequeño túnel aledaño a la puerta principal y permanecieron ahí atrapados durante aproximadamente 10 minutos”.

Los ministros señalaron que “esta acumulación de personas no fue provocada por los policías que se encontraban fuera del establecimiento”.

Según los ministros, la acumulación de personas se debió a tres factores fundamentales:


* El cierre de la puerta por donde salían los jóvenes durante las primeras etapas del operativo, a causa de ciertos disturbios que tuvieron lugar al exterior del establecimiento.
*La presión sobre los jóvenes para que abandonaran el lugar, ejercida por los policías que se encontraban dentro del establecimiento.
*La decisión de apagar las luces y el aire acondicionado del lugar, lo que ocasionó una falta de aire y generó un ambiente sofocante.

Entonces ¿por qué se formó una valla de policías afuera del News Divine? Los ministros determinaron que “derivado de la presión ejercida por los jóvenes atrapados, una de las puertas del lugar se venció y provocó que algunas de las personas más cercanas a la entrada fueran proyectadas hacia el exterior y cayeran al suelo, siendo pisoteadas por una multitud de personas que salía intempestivamente del establecimiento; razón por la que varios elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal conformaron una contención humana en torno a esta sección de la puerta, la cual se mantuvo por un lapso de aproximadamente 3 minutos, con el objetivo de controlar la salida de los jóvenes para evitar que se causaran daños a las personas que se encontraban en el suelo”.

Para la Suprema Corte fue evidente que “el actuar de dichos policías no fue lo que generó la muerte de los jóvenes, además de que su actuación se encuadró en el cumplimiento de un deber de cuidado, sin que fuera previsible para ellos lo que ocurría dentro y sin que tuvieran la obligación de preverlo en atención a un principio de confianza”.


La Corte aún tiene pendiente resolver otros juicios de amparo de más personas involucradas en el operativo de 2008 en el News Divine. Otras sentencias y la legalidad del operativo “será motivo de análisis en asuntos posteriores”, determinó el máximo tribunal mexicano.
Cuatro elementos de la policía capitalina fueron acusados y encarcelados por homicidios y lesiones; los demás por el delito ilegal del servicio público acontecido en el ejercicio de sus funciones.
Durante la discusión, el ministro ponente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea destacó que los policías actuaron “con culpa consciente sin medir las consecuencias del bloqueo que realizaron” y que “privilegiaron la orden de sus superiores lejos de salvaguardar la integridad de los asistentes y protección de la vida”.

En septiembre de 2014, los ministros de la Corte atrajeron tres amparos directos promovidos por los policías. Meses después, en febrero de 2015 atrajeron los demás amparos.

Los policías fueron considerados penalmente responsables por la muerte de 12 personas en el operativo, algunos por ordenar a los jóvenes no salir del bar y a los policías no romper la formación de valla, y a otros por formar dicha contención.

En febrero, la Corte estableció que el análisis del caso era un tema de trascendencia, pues permitiría pronunciarse sobre la atribución de responsabilidad penal de los policías en los delitos del resultado material cometidos por omisión propia.

También sobre la actualización de las causas de justificación, excluyentes de responsabilidad de la conducta típica atribuida por estado de necesidad o cumplimiento de un deber, derivadas de la obediencia jerárquica acatada por los uniformados.

El 20 de junio de 2008, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal organizó un operativo contra la venta de alcohol y droga a menores de edad en el News Divine, en atención a una queja vecinal.


En la acción se ordenó a un grupo de policías que formaran una valla en la puerta principal del local. Sin embargo, cuando los jóvenes se dieron cuenta de que la policía pretendía detenerlos, se aglutinaron en su intento por salir del lugar. El sobrecupo y la obstrucción de las salidas de emergencia  tuvieron como resultado la muerte de doce personas y decenas de heridos.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.

Suprema Corte atrae siete amparos de policías por caso News Divine

Cuatro de los casos que analizará la Suprema Corte son de policías acusados de homicidio y lesiones, mientras que los demás son inculpados por el delito ilegal del servicio público acontecido en el ejercicio de sus funciones.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo siete amparos relacionados con hechos acontecidos en la discoteca “News Divine” el 20 de junio de 2008, donde fallecieron 12 personas.

Durante la sesión de este miércoles, 11 de febrero, la Primera Sala aprobó siete solicitudes de ejercicio de facultad de atracción, todas de 2014, presentadas por el ministro ponente José Ramón Cossío Díaz.

Los amparos fueron presentados por siete elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF), de los cuales cuatro son acusados de homicidio y lesiones, mientras que los demás son inculpados por el delito ilegal del servicio público acontecido en el ejercicio de sus funciones.

De acuerdo con los ministros de la Corte, con esto se reafirma la trascendencia jurídica del caso, como se evidenció cuando en sesión del 24 de septiembre de 2014 atrajo los tres primeros amparos directos promovidos por servidores, a quienes se les acusa por muerte y lesiones de varias personas.

Esto le permite tener un panorama para pronunciarse jurídicamente sobre esos hechos, en los cuales la dependencia capitalina organizó un operativo por una queja de que se realizaban tardeadas a las que acudían menores y se les vendían alcohol y drogas.

Los policías fueron considerados penalmente responsables por la muerte de 12 personas en el operativo, algunos por ordenar que no salieran del bar y no rompieran la formación de valla, y los demás por formar la contención referida.

Por ello, interpusieron apelación y los amparos que en la sesión de este día decidieron atraer los ministros de la Primera Sala de la Corte.

Sin prejuzgar el fondo del asunto, el alto tribunal estableció que el análisis del caso es un tema de trascendencia, pues permitirá pronunciarse sobre la atribución de responsabilidad penal de los policías en los delitos del resultado material cometidos por omisión impropia.

También sobre la actualización de las causas de justificación, excluyentes de responsabilidad de la conducta típica atribuida por estado de necesidad o cumplimiento de un deber, derivadas de la obediencia jerárquica acatada por los uniformados.

Además, podrá pronunciarse sobre la determinación de la forma de participación de policías en un delito de comisión por omisión, derivado de la calidad de garante de protección de bien jurídico vulnerado en el caso de autoría y/o participación.

El 24 de septiembre del año pasado, la Primera Sala de la Suprema Corte resolvió atraer tres amparos directos en los que se reclamó la sentencia condenatoria dictada a policías que participaron en un operativo en la discoteca bar News Divine.

El 20 de junio de 2008, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal organizó un operativo contra la venta de alcohol y droga a menores de edad en el News Divine, en atención a una queja vecinal.


En la acción se ordenó a un grupo de policías que formaran una valla en la puerta principal del local. Sin embargo, cuando los jóvenes se dieron cuenta de que la policía pretendía detenerlos, se aglutinaron en su intento por salir del lugar. El sobrecupo y la obstrucción de las salidas de emergencia  tuvo como resultado la muerte de diez personas y decenas de heridos.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.