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La reforma sobre desaparición forzada es aprobada en el Senado

En la sesión ordinaria de este miércoles se aprobó con 104 votos la reforma que plantea, entre otras cosas, regular el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

El pleno del Senado aprobó la reforma que faculta al Congreso de la Unión para expedir las leyes generales en torno a la desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, tortura, y de otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

En la sesión ordinaria de este miércoles y por unanimidad, se aprobó con 104 votos la reforma a la fracción XXI, inciso a) del Artículo 73 de la Constitución, que plantea que dichas leyes deben establecer, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en esas materias, así como regular el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.


Además, una vez aprobada por la Cámara de Diputados y la mayoría de los congresos estatales, el Congreso de la Unión tiene que expedir la legislación dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del decreto.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO/NOTIMEX.

Prevén en San Lázaro aprobar el jueves reforma sobre desaparición forzada

México, DF. La Cámara de Diputados se prepara para aprobar, sin cambios, las minutas que el Senado envíe con enmiendas a la Constitución en materia de desaparición forzada y de la reforma política para el Distrito Federal, informó el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales en San Lázaro, Alejandro Sánchez Camacho (PRD).

En conferencia de prensa explicó que si el martes el Senado avala ambas reformas, la comisión sesionará el miércoles para aprobar los dictámenes respectivos y, debido a que el periodo ordinario concluye el jueves, se solicitará dispensar los trámites para que el pleno los discuta de inmediato.

Sánchez Camacho expresó que el Congreso no puede retrasar la discusión de una ley de desaparición forzada, porque –refirió- en su informe para México, Human Right Watch reporta la desaparición de 249 personas, de las cuales 149 fueron de forma forzada por servidores públicos federales, estatales y municipales.

También, dijo, legislar en esa materia constituye una deuda del Congreso con los desaparecidos en la llamada guerra sucia, época en que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDHS) documentó 532 casos y señaló la responsabilidad del Estado.

“La CNDH concluyó que en 275 de esos casos, las personas fueron víctimas de una detención, interrogatorio y una posible desaparición forzada perpetrada por funcionarios públicos de diversas instancias gubernamentales”, recordó.

El legislador perredista dijo que con la reforma al artículo 73, para incluir como facultad del Congreso legislar en esa materia, se busca definir que el Estado asuma su responsabilidad respecto a las desapariciones forzadas de carácter político, además de garantizar la seguridad e integridad física de las personas ante hechos delictivos.


Refirió que la ley debe definir como mínimo los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como por motivos electorales.

FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: ENRIQUE MÉNDEZ.

El derecho a ‘no ser desaparecido’

Los congresistas incluirán en el debate de la reforma a la Constitución en materia de seguridad, presentada por Enrique Peña Nieto, las propuestas de la ONU, de organizaciones civiles y defensores de derechos humanos.

Organizaciones de derechos humanos pretenden que el Senado de la República incorpore en la Constitución Política el “no ser sometido a desaparición” como un derecho fundamental de los ciudadanos mexicanos.

El Senado desempolvó esta semana, después de más de tres meses de permanecer en el cajón de asuntos pendientes, la propuesta del Ejecutivo para reformar la Constitución.

En el debate se plantea también legislar sobre la desaparición forzada, la tortura y la ley de justicia para adolescentes, temas que fueron propuestos también como parte del decálogo presentado por Enrique Peña Nieto a finales de noviembre pasado.

Los congresistas acordaron incluir en la discusión las propuestas de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la iniciativa presidencial, y también la propuesta única que realizarán diversas organizaciones y defensores de derechos humanos.

Todos coinciden en la importancia de la reforma y la oportunidad que representa para cambiar la situación de violencia que vive el país y que tocó su punto máximo con la desaparición de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, hace seis meses.

Ampliar el concepto de desaparición

En su propuesta que hizo llegar a la Cámara alta, la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos pide a los legisladores que sea ampliado el concepto de desaparición, para incluir a todas las personas de las que se desconozca su paradero y no solo a quienes hayan sido víctimas de desaparición forzada y en la que intervienen autoridades y servidores públicos.

“Se presenta una gran oportunidad para contribuir a remontar esa situación. El reconocimiento del derecho humano a no ser sometido a una desaparición podría tener un efecto desencadenante en un sentido virtuoso”, expone en su propuesta Zeid Ra’ad Al Hussein, a la que tuvo acceso Reporte Índigo.

La Oficina del Alto Comisionado recomienda a los congresistas mexicanos que no solo legislen sobre la desaparición forzada, sino que se redacte sobre el concepto de no ser sometido a una desaparición, venga de autoridades o particulares.

“De manera respetuosa, se recomienda que se adicione al texto constitucional mexicano (…) la siguiente redacción: ‘Ninguna persona será sometida a desaparición, sea ésta cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con o sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado’”, pide la ONU.

Con la inclusión de este texto se cumplirá también con varios acuerdos internacionales que México ha firmado en materia de desaparición forzada.

El organismo pide también facultar al Congreso para legislar en otros temas, como la tortura; los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; y los delitos contra la libertad de expresión, los periodistas o instalaciones que “menoscaben el derecho a la información”, estableciendo un plazo de seis meses para que se entreguen estas leyes.

Propuestas civiles

Las demás organizaciones civiles que participaron en el análisis de las iniciativas trabajan en una propuesta que entregarán a las comisiones del Senado en la primera semana de abril, a fin de integrar sus ideas a la nueva legislación.

En primer lugar mencionan la necesidad de “reconocer el derecho humano a no ser sometido a desaparición”.


Además, establecer plazos para legislar sobre desaparición de personas; tortura; ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; y desplazamiento interno forzado.

FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: IMELDA GARCÍA

Habrá ‘zar’ para desaparecidos

El debate sobre desaparición forzada de personas, impulsado por las fracciones del PAN y el PRD en ambas Cámaras del Congreso, busca homologar las leyes que hay en el país respecto a este delito.

Después del debate por la Ley de Transparencia y la creación del Sistema Nacional Anticorrupción, el Congreso de la Unión entrará a la discusión de una Ley General de Desapariciones Forzadas, que buscará homologar las definiciones y castigos de este delito en todo el país.

En el nuevo borrador para esta legislación, México accederá a las demandas de la ONU a casi seis meses de la desaparición de los normalistas de Ayotzinapa y tras ser blanco de fuertes críticas en el Comité de Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas.

El Gobierno Federal responderá con la creación de un zar con amplios poderes para la búsqueda de miles de desaparecidos a escala nacional y una nueva ley de mano dura, con penas de casi 50 años de prisión a quien cometa este delito.

Actualmente, el Código Penal Federal contempla una pena de entre cinco y 40 años de cárcel.

A diferencia de la desaparición “simple” de personas, en el delito de desaparición forzada están involucradas autoridades o servidores públicos de cualquier nivel de gobierno.

De acuerdo con datos del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, en México hay un total de 25 mil 736 personas en esa condición desde que se comenzaron a documentar, en 2014, hasta febrero de este año. De ellas, 18 mil 467 son hombres y 7 mil 269 son mujeres.

La mayoría de los casos fueron denunciados en el fuero común. Ahí se encuentran radicadas 25 mil 293 denuncias por la desaparición de personas. En el fuero federal son apenas 443 denuncias.

En México, sin embargo, no existe una estadística diferenciada sobre las personas que han sido víctimas de una desaparición forzada y quienes han desaparecido por alguna otra razón.

Un estudio del Instituto Belisario Domínguez (IBD), del Senado de la República, revela que existen 32 iniciativas de ley sobre el tema que han sido presentadas en ambas Cámaras del Congreso de la Unión y no han sido tratadas en comisiones.

En su estudio “La Desaparición Forzada de Personas”, el IBD señala que esto sucede a pesar de la preocupación que organismos internacionales han expresado sobre la situación de las desapariciones en México.

“La desaparición forzada es recurrente, la legislación ha sido insuficiente y existe impunidad en cuanto a la sanción a los responsables de la comisión de este delito”, expone el estudio.

“La característica más significativa de este delito es que el Estado, las personas o los grupos de personas que actúen con su autorización o su apoyo, no solo priva de la libertad e incluso con frecuencia de la vida a una persona, sino que lo hace de forma clandestina, sin dejar rastro alguno, ni de la persona ni de su suerte (…) sin que exista una posibilidad real de siquiera demostrar que la persona está efectivamente desaparecida”, cita el IBD a Juan José Gómez en un artículo sobre desaparición de personas publicado en la Revista Mexicana de Política Exterior.

Sin embargo, ante la presión de organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en días recientes afirmaron la urgencia de legislar sobre este delito en México, el Congreso de la Unión apresurará en este periodo el debate sobre las desapariciones forzadas.

El panorama de las desapariciones

La cuarta parte de las personas desaparecidas en el país son menores de edad.

Del total de desapariciones registradas en el país, 25 mil 736 de acuerdo con datos de la Secretaría de Gobernación, 6 mil 452 corresponden a menores de entre cero y 19 años; esto representa el 25 por ciento del total.

En general, el rango de edad con más prevalencia en las desapariciones es entre los 15 y los 19 años. Un total de 4 mil 149 jóvenes de esa edad han desaparecido en el país.

Entre los 20 y los 29 años hay 6 mil 121 personas desaparecidas; entre los 30 y los 39 años, la cifra alcanza los 4 mil 976 personas.

En el caso de las desapariciones denunciadas en el fuero común, en procuradurías o fiscalías estatales, la estadística recoge los datos del último lugar donde estas personas fueron vistas.

En los cinco primeros lugares de esta estadística se encuentran Tamaulipas, con 5 mil 392; le sigue Jalisco, con 2 mil 235 desaparecidos; el Estado de México, con 2 mil 055; Nuevo León, con 2 mil 009 personas desaparecidas; y Sinaloa, con mil 569.

Los estados con menos desaparecidos, de acuerdo a la estadística del fuero común, son Campeche, con 83; San Luis Potosí, con 53 casos; Baja California Sur, con 19; Tlaxcala, con 13; y Nayarit, con 12.

En el caso del fuero federal, denuncias hechas en la Procuraduría General de la República, los estados donde las personas desaparecidas fueron vistas por última vez están encabezados por Guerrero, con 116 casos; Tamaulipas, con 88; Veracruz, con 66; el Distrito Federal, con 38 casos; y Coahuila y el Estado de México, con 20 casos cada uno.

La urgencia de legislar

A raíz de la desaparición de los 43 estudiantes normalistas en Iguala y la presión de organismos internacionales para legislar sobre las desapariciones forzadas en México, tanto el Senado como la Cámara de Diputados se preparan para analizar las iniciativas que se han presentado en la materia y otras que podrían darse a conocer en los próximos días.

La nueva legislación buscará homologar las leyes que hay en el país respecto a la desaparición forzada de personas.


La primer reforma en el proceso es el cambio constitucional para otorgar al Congreso el poder de legislar en materia de desapariciones forzadas. Una vez que esto sea aprobado, el Congreso de la Unión podrá trabajar sobre una Ley General en la materia.

Actualmente, el Código Penal Federal establece que si la víctima se libera espontáneamente dentro de los tres días siguientes a su detención, la pena será de ocho meses a cuatro años de prisión. 

Si se libera dentro de los 10 días siguientes a su detención, la pena será de dos a ocho años de prisión. Para modificar estas penas y buscar que haya una sola norma aplicable a los casos denunciados, son al menos 30 las iniciativas que se han presentado sobre este tema en el Congreso.

Una de las iniciativas que se encuentran aún en comisiones del Senado fue enviada por el Ejecutivo en octubre del 2013, y se establecían penas por hasta 50 años de prisión, además de la inhabilitación definitiva para los servidores públicos que participaran de estos delitos.

Iniciativas como la presentada por Silvano Aureoles, hoy candidato del PRD a la gubernatura de Michoacán, sugieren la necesidad de crear una Comisión de la Verdad en materia de Delitos de Desaparición Forzada y Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias o Sumarias.

Aún pendiente de presentación se encuentra una iniciativa que de Roberto Gil Zuarth, senador del PAN, quien propone que el delito sea también imputable a particulares y no solo a servidores públicos.

El senador panista propondrá que la pena mayor sea de hasta 70 años de prisión si se oculta o se comete cualquier acción sobre el cadáver de la víctima “que evite o intente evitar su identificación posterior”, señala la iniciativa.

La nueva legislación contempla:

> Colaboración de ciudadanos en las investigaciones
> Castigo a la obstrucción de pesquisas
> La creación de bancos de datos genéticos de cadáveres a nivel federal y estatal
> Reparación de daños a las familias de las víctimas
> Derecho a la verdad

> El destino de hijos menores de personas desaparecidas

FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: IMELDA GARCÍA.

10 puntos de la próxima reforma sobre desapariciones en México

Hasta 70 años de cárcel, inhabilitación de por vida para funcionarios, un nuevo registro nacional, exhumaciones en panteones y declaratorias de ausencia que beneficien a parejas sin importar si son del mismo sexo, son algunas de las nuevas fórmulas para combatir y prevenir este delito.


El compromiso de la Cámara de Diputados está por escrito: a más tardar el 30 de abril los legisladores  aprobarán una ley general sobre desapariciones en México, que acompañada de otras reformas,  tiene el objetivo de emparejar al país con los tratados internacionales referentes al combate de este delito.

Los diputados no empiezan de cero. En el escritorio de la Comisión de Justicia de la Cámara baja hay siete iniciativas de los distintos grupos parlamentarios, cinco de reformas al código penal y dos que plantean una ley especial, a partir de las cuales se construirán los dictámenes que en las próximas semanas estarán votándose.

La diputada Alfa González, secretaria de la comisión, dijo que todas las iniciativas tienen puntos en común como agravar el delito, la declaratoria de ausencia para la víctima, o que se castigue a particulares y no solo a funcionarios, por lo que el trabajo ya está avanzado.

Animal Político revisó las propuestas y presenta diez de las innovaciones que contienen. Hay temas que  endurecen o amplían conceptos que ya están en el código penal actual, pero también conceptos inéditos.

Según la última actualización oficial, hay más de 25 mil 700 personas desaparecidas en México.

Casi “cadena perpetua”… Hasta 60 (o 70) años de prisión
El artículo 215 del Código Penal Federal fija en 40 años de prisión la pena máxima para quien cometa el delito de desaparición forzada. Las iniciativas presentadas plantean reformar este artículo para agravar la sanción hasta los 60 años. La propuesta del PAN de una Ley General pone el techo incluso hasta en 70 años de cárcel.

Las condenas se agravarán si se presentan otros factores que la misma ley incluirá, como el que existan violaciones o tortura, o que la víctima muera.

Además, la pena mínima que hoy en día se maneja (cinco años de prisión) también se incrementará. En su iniciativa, el diputado del PRD José Luis Esquivel Zepeda advirtió que con las reglas actuales hay gente que por un robo podría pasar más años en prisión que por desaparecer a una persona.

Es por ello que las iniciativas proponen elevar el piso de sanción de este delito de los 20 a los 40 años de cárcel y sin ningún beneficio.

A la banca… de por vida
Los funcionarios públicos que cometan el delito de desaparición forzada serán destituidos de inmediato e inhabilitados de por vida, en vez de los 20 años que establece actualmente el Código Penal Federal.

A diferencia de la pena de cárcel que se establecerá según la gravedad y participación que tenga la persona en específico, todas las iniciativas presentadas plantean que la inhabilitación vitalicia debe ser la regla en cualquier caso de desaparición forzada. Así, aunque el responsable esté libre no podrá desempeñar un cargo en el servicio público.

¡Ojo! No solo funcionarios, también civiles podrían ser culpables
El Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU, la Comisión Interamericana sobre Desaparición Forzada, entre otras convenciones internacionales, establecen que los delitos de desaparición los cometen no solo funcionarios, sino también civiles, pero el actual código penal en México no lo contempla de esta manera.

Por este motivo la nueva ley incluirá la definición internacional, con lo que ya podrán ser acusados los civiles que se coludan con las autoridades para encubrir el paradero de una persona. La sanción para los particulares dependerá de su grado de participación y podría ser igual de grave que en el caso de los funcionarios.

Por ejemplo, bajo este nuevo marco jurídico María de los Ángeles Pineda, esposa del exalcalde de Iguala José Luis Abarca, hubiera podido ser acusada de desaparición forzada de los 43 estudiantes de Ayotzinapa.  La situación es hipotética porque la ley no será retroactiva.

Delito supergrave, sin fecha de caducidad
Cuatro iniciativas plantean que la desaparición forzada sea considerada un crimen de lesa humanidad  en concordancia con los tratados internacionales. El código penal de nuestro país lo ubica actualmente dentro del capítulo de ilícitos regulares que pueden cometer los servidores públicos.

Los legisladores explican en sus razonamientos que el ubicar bajo este nuevo  paraguas a la desaparición la convierte en un delito muy grave el cual no prescribe, es decir,  puede ser castigado sin importar los años que hayan pasado desde que se cometió, como ocurre con el genocidio o el terrorismo.

Esto convertirá a la desaparición forzada en el delito de mayor castigo en México. El secuestro también alcanza hasta 70 años de cárcel como pena máxima pero no es considerado de lesa humanidad. 

Habrá declaratoria de desaparición. Podrán pedirla parejas del mismo sexo
Para evitar el vacío jurídico en que quedan las personas que desaparecen, la ley general establecerá una figura nueva llamada “declaración de ausencia”,  dictada por orden de un juez, y que permitirá que todos los bienes y derechos de la persona afectada queden a salvo.

Así por ejemplo, un padre desaparecido no perderá la patria potestad de sus hijos,  ni los bienes o negocios que posea; los hijos no perderán el derecho a continuar recibiendo el salario de la víctima; y los familiares más cercanos serán beneficiarios de los apoyos que defina la ley.

La declaratoria la podrán solicitar parientes cercanos al desaparecido como padres, cónyuges  o hijos. Incluso se contempla que sin estar casados, la pareja podrá pedir esta declaratoria si ya llevaba más de un año viviendo con la víctima, y sin importar que sea del mismo sexo.

Agentes especializados contra desapariciones
Las dos iniciativas de Ley General sobre Desaparecidos  planteadas por los grupos parlamentarios del PAN y el PT, contemplan el nacimiento de una fiscalía especial que se encargará exclusivamente de investigar este delito.

Esta fiscalía funcionará dentro de la Procuraduría General de la República (PGR) y una de sus prioridades será desarticular grupos criminales que desaparezcan personas. Contará con recursos humanos y materiales propios y un presupuesto específico asignado con este objetivo, como ocurre con otras fiscalías y unidades especiales.

Luz verde a espionaje y rastreo de cuentas bancarias
La nueva ley general dará facultades específicas al Ministerio Público a cargo de la investigación en un caso de desaparición, por ejemplo, el solicitar a un juez la intervención de comunicaciones privadas de una persona que se le considere involucrada. Las empresas a cargo de los servicios de comunicación deberán cooperar con las autoridades.

Esto significa que las llamadas telefónicas, correos electrónicos y mensajes de texto podrán ser espiados por las autoridades.

Hay más. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) deberá entregar a petición del Ministerio Público la información sobre cuentas bancarias y operaciones financieras de personas que se encuentren bajo investigación por este delito.

Se podrá buscar hasta en los panteones
La iniciativa de ley general del PAN establece que México deberá diseñar protocolos específicos de búsqueda de las personas desaparecidas que concuerden con los lineamientos internacionales, los cuales incluyen entre otras cosas la exhumación de cuerpos en panteones y fosas clandestinas.

Las exhumaciones deberán hacerse bajo estándares científicos y técnicos rigurosos. Los familiares de la víctima podrán estar presentes físicamente o a través de sus representantes legales en estos procedimientos.

Ahora sí… Registro Nacional de Desaparecidos y de banco de datos de ADN
Para el funcionamiento de los protocolos de búsqueda y de reparación del daño, la ley general contemplará la creación de un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y el diseño de un banco de datos genéticos que facilite la ubicación de las víctimas.

En una reunión con diputados, expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresaron a los diputados que el registro debe tener la mayor cantidad de datos posibles y no solo un listado de nombres. Por lo menos debe distinguir la causa del desconocimiento del paradero de una persona, sobretodo en casos de desaparición forzada.

El registro servirá, además, para el seguimiento de los casos y la distribución de los apoyos que contemple la ley. 

Una Comisión o Instituto para los desaparecidos
La iniciativa de ley general  del PAN plantea crear la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Combatir y Sancionar los Delitos en Materia de Desaparición de Personas en la que participarán ocho dependencias del gobierno y su finalidad será el diseño de políticas públicas, mecanismos de prevención, entre otros.

En la propuesta de ley del PT se contempla un Instituto Nacional de Personas Desaparecidas, que será un organismo descentralizado y con patrimonio independiente. Este se encargaría de llevar el registro nacional, dar seguimiento a la incidencia delictiva, evaluar las acciones que se emprendan, entre otros.

Que hay voluntad de sacar el tema, dice diputada

La diputada Alfa González, secretaria de la Comisión de Justicia, confió en que estas reformas estarán listas antes del próximo 30 de abril, fecha en que acaba el periodo ordinario, y señaló que a diferencia de la ley de trata en este asunto sí existe disposición de las dos cámaras y los partidos para que no se atore.

“Cuando existe voluntad política las cosas salen en un par de semanas. Ya hay trabajo, no estamos partiendo de una redacción de cero, hay iniciativas presentadas y con voluntad política esto va a estar resuelto antes de que termine el periodo ordinario” señaló en entrevista.


Como primer paso, agregó la diputada, se está analizando si es necesario modificar artículos de la Constitución debido al alcance que tendrán los cambios al código penal y expedir la ley general en esta materia.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ARTURO ÁNGEL.