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miércoles, 8 de julio de 2015

Ofrece Sermanat 108 zoológicos y refugios para animales de circos

MEXICO, D.F. (apro).- Ante la entrada en vigor este día de las reformas que prohíben los espectáculos con animales de circos, la Profepa y la Semarnat destacaron que se cuenta con seis refugios y acceso a 108 zoológicos para los ejemplares que no fueron reubicados por los dueños de esos establecimientos.
En junio, subrayó la Profepa en un comunicado, se solicitó a los circos que en la presentación de sus reportes anuales hicieran referencia a los ejemplares autorizados para su aprovechamiento; sin embargo, de un registro de 199 circos, hasta el momento sólo 55 han presentado este informe, del que suman 511 ejemplares.
No obstante, según inventarios presentados por los circos el año pasado, la Dirección General de Vida Silvestre de la Semarnat reporta un total de mil 91 animales, entre aves, carnívoros, invertebrados, mamíferos, primates y reptiles, siendo el tigre, la llama y el papión los ejemplares de mayor presencia.
Esta última dependencia resaltó que las opciones para la recepción de los animales son 108 zoológicos y seis Centros para la Conservación e Investigación de la Vida silvestre (CIVS).
También recordó que los dueños de los circos pueden vender, donar o quedarse con sus animales, aunque en este último caso bajo condiciones que garanticen un trato digno y respetuoso hacia los ejemplares.
Por su parte, la Profepa advirtió que instaurará procedimientos administrativos a los dueños de esos establecimientos que incumplan con decreto en la materia publicado el 9 de enero en el Diario Oficial de la Federación.
Es por ello que la Profepa verificará que los circos no utilicen en sus espectáculos ejemplares de vida silvestre y que hayan cumplido con su obligación de entregar a la Semarnat la información relativa al número y características de los animales que poseen.
Asimismo, insistió en que esta base es primordial para que la Semarnat la ponga a disposición de los zoológicos del país, cuyos responsables seleccionarán los ejemplares que sean susceptibles de ser integrados a sus colecciones.

Fuente: Proceso
Autor: Redacción

jueves, 25 de junio de 2015

Cambio de canal

Con el apagón analógico en México, las SCT y la Semarnat ya tienen un plan de recolección y reciclaje de televisores.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y la Semarnat recibirán y reciclarán los televisores que desechen los mexicanos por el apagón analógico.

El programa contempla desde la recolección y el acopio de los televisores hasta el reciclaje de sus componentes. En este proceso participarán empresas que cuentan con la autorización para transportar, reciclar y dar tratamiento a residuos peligrosos, de acuerdo con la dependencia.

Iniciará con dos pruebas piloto; la primera se llevará a cabo a partir del 1 de julio en Chimalhuacán, Teoloyucan y Toluca, en el Estado de México, y en la Delegación Xochimilco, del Distrito Federal. La segunda se realizará a partir del 14 de julio de este año, en Ciudad Juárez, Chihuahua, fecha en la cual ocurrirá el apagón de las señales analógicas de televisión en esa ciudad.

La población beneficiada podrá recoger su televisor digital el mismo día en el que entregue el analógico.

¿Qué plan?

> IFT
Es el encargado de decretar el inicio de las transmisiones de televisión digital en las ciudades o regiones que ya se encuentren preparadas para ello.

> SCT
Lleva casi un año entregando televisores digitales a las familias de escasos recursos y recomienda al IFT dónde puede ya bajar el switch de la televisión analógica y encender las señales digitales.

> Semarnat
Es la encargada de definir un plan para el retiro, reciclaje, recuperación y reuso de los televisores analógicos o de algunos de sus componentes.

- Los televisores analógicos tienen materiales como plomo, mercurio y cadmio, entre otros, que pueden contaminar el medio ambiente y afectar la salud de las personas, si no son manejados y confinados adecuadamente.

Contaminantes

> Los televisores analógicos están construidos con tecnología de tubo de rayos catódicos.


> Algunos de sus componentes contienen materiales tóxicos como plomo o cadmio, y retardantes de flama bromados.

FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: STAFF.

jueves, 18 de junio de 2015

Oculta Semarnat la presencia de transgénicos en maíces nativos

René Sánchez Galindo, abogado de la campaña Sin maíz no hay país, señala que la Semarnat mintió a un juzgado federal al contestar la demanda colectiva promovida por 53 ciudadanos y 20 organizaciones civiles.

Dentro del juicio colectivo contra el maíz transgénico, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ocultó al Juzgado Décimo Segundo de Distrito en materia Civil en el Distrito Federal que el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), organismo público presidido por el propio Secretario de Medio Ambiente, ha detectado varios casos de presencia ilegal de maíz transgénico en maíces nativos en seis estados de la República, entre 2004  y 2012.

René Sánchez Galindo, abogado de la campaña Sin maíz no hay país, explicó que la Semarnat mintió al juzgado federal al contestar la demanda colectiva promovida por 53 ciudadanos y 20 organizaciones civiles, quienes en septiembre de 2013 obtuvieron una medida precautoria para suspender la tramitación y otorgamiento de permisos de siembra de maíz transgénico y que ha permanecido vigente por 21 meses y ha soportado 93 impugnaciones en 17 distintos tribunales federales.

La información falsa proporcionada por Semarnat ha sido retomada por las empresas trasnacionales demandadas: Monsanto, Syngenta, Pioneer-Dupont y Dow Agrosciences, dentro del juicio colectivo.

La información del INECC-añadió Sánchez Galindo- demuestra que el flujo de polen y/o semilla es incontenible. Aún no se ha permitido la siembra comercial de OGM y ya existe presencia de transgenes en maíces nativos.

Por la ley, la presencia maíces modifcados mediante ingeniería genética debiera de ser cero. La importación de maíz amarillo transgénico para consumo, principalmente del ganado, así como las siembras experimentales y piloto durante 2009-2013, podrían ser la causa.


Si se llegara a autorizar la siembra comercial de transgénicos, la afectación al derecho humano de conservación, utilización sostenible y participación de la diversidad biológica de los maíces nativos y sus pares silvestres, sería irreversible.

Semarnat mintió a un juzgado federal:



FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

domingo, 24 de mayo de 2015

Hidroeléctrica El Naranjal dañará 40 especies protegidas, admite Semarnat

Orizaba, Ver: El proyecto de la hidroeléctrica El Naranjal fue denunciado ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) por las afectaciones que tendrán al menos habitantes de ocho municipios colidantes; se revela que tanto la Semarnat como la Conanp reconocieron la grave afectación ambiental, que incluye la desaparición de al menos 40 especies de fauna y se exhibe el incremento de amenazas de muerte contra los activistas de esta región.

De acuerdo al Frente Nacional de Lucha por el Socialismo (FNLS), “la imposición de la hidroeléctrica provocará un daño irreversible ecológico y social que abarca a cerca de 93.31 hectáreas donde vivimos y trabajamos más 30 mil familias campesinas”.

A través de un documento, señala que “Semarnat admite que la construcción y puesta en operación de la hidroeléctrica va a perjudicar a 40 especies de fauna con relevancia para la conservación y con status de protección; 15 de ellas están sujetas a protección especial; cuatro amenazadas; una en peligro de extinción y 16 especies de vegetación protegidas amenazadas y que cuenta con estatus de protección”.

Otras afectaciones “las reconoció la Comisión Nacional de Aéreas Naturales Protegidas, organismo que advirtió a la Sermarnat que parte de la obra, concretamente la edificación de una de las cortinas se localizará muy cerca, a menos de medio kilómetro de la poligonal del Parque Nacional, decretado el 4 de mayo 1938, del Cañón del Río Blanco”.

Es claro que los más de 400 kilómetros de distancia entre esa área natural protegida y la construcción de la cortina se nulifica, porque la obra requiere de una amplia zona de desmonte, devastación de la capa vegetativa y subsuelo, profundas excavaciones, aperturas indiscriminada de brechas y terracerías, instalación de campamentos y la gran dimensión de la construcción hace en la vía de los hechos un daño irreversible al Parque Nacional.

Este proyecto hidroeléctrico “afectará severamente el caudaloso afluente de los ríos Blanco y Metlac, este último aún se encuentra en condiciones de agua utilizable para las necesidades domésticas de la comunidades que habitan a sus márgenes”, señala, no obstante para la Semarnat esto no representa ningún riesgo porque ambos afluentes, asegura cínicamente, ya están contaminados.

Esta aseveración “es falsa y omite de forma perversa que gracias a estos dos ríos en toda la región tiene una humedad natural privilegiada que mantiene la fecundidad en la flora y fauna que es la vida e interacción en los múltiples ecosistemas, así como un sin números de manantiales, puntos de filtración de agua y fuente de abastecimiento de pozos artesianos, medio ambiente se reproduce y cohabitan de forma natural en las riveras del Blanco y Metlac”.

Otros organismos como la Comisión Nacional de Biodiversidad consideran que la parte alta y media de la cuenca del río Blanco “son consideradas por como un sitio terrestre prioritario e irremplazable por su diversidad biológica, de prioridad extrema a escala nacional. Adicionalmente, uno de sus tributarios, el río Metlac, es considerado por la misma comisión como área de importancia para la conservación de las aves”.

En el estado de Veracruz para ilustrar lo anterior “recurrimos a los casos más emblemáticos en las vertientes de los ríos Blanco, Jamapa y Cotaxtla, donde los procesos de control político y privatización del agua han desatado reacciones colectivas contra estos proyectos”. En Los Tuxtlas la cascada del Salto de Eyipantla, con la hidroeléctrica Chilapan, su caudal se ha disminuido; de los tres chorros que naturalmente conformaban la cascada sólo quedan dos.

Está comprobado que el sistema de presa y represamiento afecta el caudal ecológico, más si se realiza de forma arbitraria e indiscriminada. Las presas, especialmente los que se encuentran en zonas tropicales, producen gran cantidad de gases de efecto invernadero (GEI), como el CO2 (dióxido de carbono) y el CH4 (metano) por la descomposición de materia orgánica que se da en el embalse y en los canales de conducción.

Si a las anteriores conclusiones científicas sumamos que el río Blanco es uno de los tres afluentes a nivel nacional con mayor grado de contaminación, los daños al medio ambiente –naturaleza y sociedad− en la región con el equivocado manejo que se le pretender dar potencializan el inminente ecocidio y desplazamiento forzado de la población. Además la región de las Altas Montañas, como se conoce a las estribaciones de la Sierra Madre Oriental, en el centro de Veracruz, es origen de las subcuencas de los ríos Blanco y Cotaxtla, tributarios de las cuencas del Papaloapan y del río Jamapa, respectivamente.

El área donde pretenden construir-operar la hidroeléctrica absolutamente rural con importante biodiversidad, fecunda y vasta agricultura que alimenta a las zonas semiurbanas y urbanas de la región centro de Veracruz, como también es de suma importante la conservación de tradiciones y expresiones culturales de los pueblos originarios están estrechamente ligadas a la tierra y por ende la medio ambiente al ser la agricultura la principal actividad económica.

Los adectados son ocho municipios del centro del Veracruz ubicados en las estribaciones de la Sierra Madre Oriental, región de Altas Montañas.

La hidroeléctrica El Naranjal es una empresa de capital e interés privado oligárquico que pertenece al ramo de generación de la energía eléctrica, que hasta haces unas décadas eran un bien de servicio e interés público, que ahora con la ley neoliberal en materia energética es para beneficio exclusivo del capital privado nacional y transnacional.


“Hacemos un llamado a todas las comunidades afectadas por la imposición de estos proyectos hidroeléctricos a iniciar un proceso de coordinación y alianzas con el objetivo de hacer valer nuestro derecho a la información, consulta y a decidir sobre los recursos naturales que están en nuestras tierras, que como comunidades indígenas y campesinas tenemos; no dudamos que ante nuestra determinación de no vender nuestras propiedades se incrementen modalidades de violencia gubernamental en contra de quienes estamos organizados para defender nuestro único patrimonio familiar-comunitario la tierra y los recursos naturales”, dice el comunicado.

FUENTE: LA JORNADA DE VERACRUZ.
AUTOR: FERNANDO INÉZ CARMONA.

viernes, 22 de mayo de 2015

Semarnat deberá entregar información sobre Plan de Remediación del Río Sonora

MÉXICO, D.F: El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) buscar y entregar todos los documentos del diseño del programa “Remediación Ambiental Río Sonora”.

Dichos documentos deberán contener el objetivo del programa, sus resultados periódicos o informes del desarrollo del programa, la unidad administrativa responsable, las reglas de operación o equivalentes, el presupuesto asignado y ejercido, el número de trabajadores que participaron, y quién realizó su pago.

La información fue solicitada por una particular a quien la Semarnat, a través de la Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental, le respondió que no contaba con los documentos requeridos porque ésta se encontraba en periodo de evaluación por parte de la Dirección General de Gestión Integral de Materias y Actividades Riesgosas, rea técnica encargada de recibir y revisar el “Programa de Remediación del Río Sonora”.

La dependencia proporcionó un vínculo a la requirente a partir del cual es posible acceder a una presentación del programa, sin embargo la respuesta no satisfizo a la particular y presentó un recurso de revisión en el que argumentó que no quería información resumida del programa, sino todos los documentos oficiales que respondan a su solicitud.

El recurso fue turnado al comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepo, quien señaló que la Semarnat atendió parcialmente el procedimiento de acceso a la información, porque sólo turnó la solicitud de la particular a una de las unidades administrativas competentes.

Según la propia Semarnat, la Dirección General de Gestión Integral de Materias y Actividades Riesgosas, adscrita a la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, es el área técnica encargada de recibir y revisar al “Programa de Remediación del Río Sonora”; sin embrago, la dependencia no aportó elemento alguno que compruebe que dicha unidad administrativa haya atendido el requerimiento de la solicitante.

Además Monterrey afirmó que hay elementos que permiten sostener que a la fecha de la presentación de la solicitud de información, la Semarnat ya contaba con documentación definitiva, adicional a la ofrecida.

Su actuación durante el procedimiento, abundó, transgredió el derecho de la particular, ya que no realizó una búsqueda en todas las unidades administrativas competentes, es decir, faltó al criterio de exhaustividad.

“El acceso a la información se constituye en una de las principales herramientas con las que cuenta el ciudadano para saber de qué manera actúan los gobernantes ante las necesidades de protección al ambiente como consecuencia de sucesos que invariablemente afectan tanto a su entorno, como a sus personas”, argumentó.

Así, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la Semarnat y le instruyó a buscar la información solicitada en todas las unidades administrativas, entre ellas la Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental y la Dirección General de Gestión Integral de Materias y Actividades Riesgosas y, una vez localizada, deberá entregarla a la solicitante.

El 6 de agosto del año pasado, en Sonora, un derrame de 40 mil metros cúbicos, de una solución acidulada de cobre, alcanzó el arroyo Tinajas, el Río Bacanuchi y el Río Sonora, que derivó en la afectación de una zona de aproximadamente 276 kilómetros, así como el cierre de 322 pozos y norias a 500 metros de los márgenes del río.


Producto de ese desastre se creó el Fideicomiso Río Sonora con recursos aportados por empresas subsidiarias de Grupo México (Buenavista del Cobre, SA de CV y Operadora de Minas, SA de CV), mismo que es administrado por Nacional Financiera y cuyo Comité Técnico es presidido por la Semarnat.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.

jueves, 7 de mayo de 2015

Otro borgista, a delegación de la Semarnat en Quintana Roo

CANCÚN, Q. Roo: La Secretaría de Protección al Ambiente y Recursos Naturales  (Semarnat) impuso a otro borgista como delegado federal de esa dependencia en la entidad, en sustitución de Raúl Omar González Castilla, primo del exgobernador Félix González Canto, y sujeto a investigación por la ilegal expedición de permisos otorgados a los promotores del extinto proyecto de Dragon Mart.

Se trata de José Luis Funes Izaguirre, quien se venía  desempeñando como subsecretario de Política Ambiental de la Secretaría Estatal de Medio Ambiente (SEMA).

En septiembre de 2012, cuando el Instituto  de Impacto y Riesgo Ambiental (Inira) autorizó el proyecto del Dragon Mart, Funes Aguirre se desempeñaba como Coordinador de la Zona Norte, de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente

El gobernador Borge Angulo “se congratuló” por la designación de José Luis Funes Izaguirre como nuevo delegado de la Semarnat.

En un comunicado, dijo: “Es una designación que nos enorgullece porque se trata de un experto ambiental que colabora con mi administración desde hace un par de años”, dijo.

Y añadió:

“Con Funes Izaguirre tendremos a un funcionario que garantizará a las nuevas generaciones un legado natural que mantenga activa a la industria turística del Estado”.

El pasado 24 de abril se oficializó la renuncia como delegado de Semarnat, de  Raúl Omar González, “por motivos personales”,  aunque había solicitado sus separación del cargo un mes antes.

Tras la clausura de las obras del Dragon Mart, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) señaló a González Castilla como parte de los funcionarios que permitieron daños al medio ambiente en el predio “El Tucán”, en donde se planeaba la construcción del recinto ferial, ubicado entre Cancún y Puerto Morelos.

Cuando González Castilla era titular de SEMA, cabeza del sector al que pertenece el Instituto de Impacto y Riesgo Ambiental (Inira) que autorizó la manifestación de impacto ambiental (MIA) del Dragon Mart.


Y como delegado de Semarnat no exigió los permisos federales a los promoventes  del recinto ferial, que fue impulsado por el exgobernador Félix González.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: SERGIO CABALLERO.

viernes, 20 de marzo de 2015

Sólo se permitirá el fracking en zonas donde haya agua, asegura Semarnat

“En aquellos lugares donde no haya disponibilidad de agua no se van a otorgar permisos”, aseguró el titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra.

El “fracking”, la técnica para extraer gas shale, sólo será utilizado en zonas donde haya disponibilidad de agua, aseguró el titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra.

“En aquellos lugares donde no haya disponibilidad de agua no se van a otorgar permisos”, aseguró el funcionario.

Guerra Abud explicó que “en todos los casos las empresas tendrán que cumplir con las disposiciones ambientales y las disposiciones de seguridad, en base a los estándares que” la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Ambiente establezca.


El fracking consiste en hacer perforaciones verticales de hasta cinco kilómetros de profundidad y después otros más en horizontal para inyectar a gran presión agua con arena que se combina con diferentes aditivos químicos, lo que provoca que las rocas de lutita o pizarra se fracturen y liberen gas natural que asciende a la superficie a través de un pozo.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.

miércoles, 18 de marzo de 2015

Con la Reforma Energética aprobada, ahora sí, Semarnat alerta de riesgos por fracking

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó una Guía de Criterios Ambientales para regular el fracking en México, en la que reconoce que este proceso puede provocar competencia por el agua, contaminación de los acuíferos, contribución al calentamiento global, contaminación del suelo, contaminación atmosférica, así como pérdida de la biodiversidad.
“Debido a que se requieren de 9 a 29 millones de litros para la fractura de un sólo pozo, en función de la profundidad, extensión y permeabilidad del yacimiento, cuando se perforan varios pozos en una región determinada, se compite por el agua para otros usos, comprometiendo el derecho humano al agua, es decir al agua para consumo doméstico, así como el agua destinada para la producción agrícola y el sostenimiento de ecosistemas”, dice el documento publicado el 4 de marzo en el punto 1.2 referente al impacto ambiental.
Funcionarios federales mexicanos y hasta medios de comunicación han rechazado que pueda existir un daño por el fracking, una práctica de extracción de gas shale que ha sido rechazada en muchos estados de la Unión Americana.

El 30 de agosto de 2014, en plena discusión sobre el tema, el discurso del Secretario de Semarnat, Juan José Guerra Abud, era otro. Entonces dijo que no se descartaba que la fracturación hidráulica ocasione daños ambientales porque “no hay actividad humana que no tenga impacto en el medio ambiente”, pero “las ventajas que traerá el gas natural que se extraerá mediante esa técnica rebasan las consecuencias negativas”.


Y antes, el 28 de mayo pasado, dijo que las advertencias sobre fracking eran falsas y hasta lo alentó:
“Necesitamos hacer el fracking, porque necesitamos gas natural. Si no lo tenemos, ¿cómo vamos a cambiar el combustóleo y cómo dejaremos de usar otros combustibles más contaminantes?”
Ahora, sin embargo, con la Reforma Energética aprobada, la dependencia federal reconoce que sí existe el riesgo de que los mantos acuíferos resulten contaminados por la fractura hidráulica “cuando llega a presentarse un fallo en la estructura del pozo inyector , y éste se encuentra en la proximidad de los acuíferos”.

La Guía refiere además que existen más de 750 tipos diferentes de químicos en el fluido de perforación, entre los cuales algunos se consideran cancerígenos, otros pueden afectar al sistema endócrino, causar daños en el sistema nervioso, o provocar alergias.

“Es importante tomar en consideración que, además de los químicos citados arriba, el líquido de perforación se combina en el proceso de fractura con sustancias disueltas en el sedimento de la lutita, como son metales pesados, metaloides, y metano lo que provoca reacciones químicas imprevistas de naturaleza nociva para la salud humana y de otros organismos. Por último, esta mezcla se encuentra en riesgo de entrar en contacto con elementos radioactivos presentes en la profundidad de las rocas, como es el caso del radón”, precisa el documento.

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) dijo que los criterios establecidos en la Guía son “suficientes y necesarios para prevenir, evitar y atenuar los impactos negativos” del fracking “como son la disminución de disponibilidad de agua, la contaminación de acuíferos, suelos y aire”.

Sin embargo, el grupo civil exhortó a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) a generar un marco regulatorio de la fractura hidráulica que genere certeza jurídica a todos los actores. ”Asimismo, le instamos a que retome el esfuerzo realizado por la Semarnat al haber elaborado esta guía, de manera que convierta los criterios ahí esbozados en requisitos vinculantes, vigile su observancia y sancione su incumplimiento”, refirió el Cemda.


De acuerdo con la Guía elaborada por la Semarnat junto a los riesgos existentes por el uso y contaminación del agua, existe la posibilidad de contaminación por radiactividad de aguas de retorno en los procesos de extracción de hidrocarburos a partir de fractura hidráulica.
“La mezcla utilizada en pozos de fractura hidráulica es reutilizada en el mismo pozo en múltiples ocasiones. En el subsuelo, entra en contacto con el agua milenaria que se encuentra en la roca, así como con otras substancias de este estrato geológico, altamente corrosivas o radioactivas, las cuales se mezclan y empiezan a cambiar la conformación de la mezcla inyectada, pudiendo llegar a concentraciones elevadas. Cuando estas aguas contienen altas concentraciones de bromuro y son tratadas en las plantas de tratamiento comunes, construidas para las aguas residuales domésticas, al entrar en contacto con el cloro de las últimas etapas del tratamiento, éste reacciona creando trihalometanos, un químico que causa cáncer y aumenta el riesgo de que los seres humanos en contacto con este líquido presenten problemas reproductivos y de desarrollo”, precisa el documento.
Asimismo señala que la explotación del gas y aceite de lutitas puede contribuir a la aceleración del cambio climático debido a las emisiones de gas metano, carbón negro y bióxido de carbono, que se producen por ineficiencias en la extracción, procesamiento, almacenamiento, traslado y distribución.

En cuanto a la pérdida de la biodiversidad, dice que “el desmonte de grandes áreas, la construcción de caminos, el intenso tráfico de vehículos, el polvo, el ruido e intensidad lumínica, pueden afectar a las especies vegetales y animales inhibiendo su capacidad reproductiva, de alimentación, de resistencia a condiciones adversas y a depredadores naturales”.

LA LEY DE AGUAS

En sus Criterios Generales, la Guía redactada por la Semarnat dice que el operador petrolero debe definir la fuente que suministrará el agua para la extracción de los hidrocarburos contenidos en lutitas, consultando la disponibilidad de agua de las cuencas o acuíferos, determinada y publicada por la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

“En caso de que la disponibilidad sea nula o insuficiente, podrá optar por la adquisición de derechos, el uso de agua residual o la importación de agua desde cuencas o acuíferos circunvecinos que cuenten con disponibilidad del recurso”, dice el documento.

El pasado 4 de marzo, mismo día en que se dio a conocer la Guía, la Cámara de Diputados aprobó en comisiones la propuesta para la nueva Ley General de Aguas; sin embargo, luego de diversas críticas tanto de los partidos de oposición como de organizaciones civiles y ciudadanos en general, los legisladores pospusieron la discusión.

Los rectores de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), de la Universidad de Guadalajara (UdeG) y de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), se pronunciaron el día de ayer por la organización de un debate amplio, plural e incluyente sobre la iniciativa de la Ley de Aguas.

En un pronunciamiento dirigido a las cámaras de diputados y senadores del Congreso de la Unión, comunidad universitaria y opinión pública, los rectores José Narro Robles, Tonatiuh Bravo Padilla y Salvador Vega y León, solicitaron que se escuchen las voces de todos los sectores del país, “a fin de que las resoluciones a las que se llegue garanticen el cabal cumplimiento del derecho humano al agua, la conservación del ambiente y el desarrollo sustentable de nuestro país”.

Recordaron que los integrantes de las comunidades universitarias han expresado su preocupación sobre algunos contenidos de la iniciativa que limitan el desarrollo de la investigación en la materia, que, aseguran, “penalizan la realización de proyectos de investigación, favorecen la concentración innecesaria de información y que dificultan la transparencia en la toma de decisiones y en el proceso de rendición de cuentas”.

Por su parte, organizaciones como Greenpeace han alertado que la propuesta que se pretende aprobar está “vacía de contenido sustantivo los derechos humanos que implican factores de disponibilidad, calidad, asequibilidad, sustentabilidad, accesibilidad física, sin discriminación y acceso a la información, y simula su inclusión reduciéndolos a un mal entendido mínimo vital”.

La organización internacional incluso expuso que para ser una legislación de vanguardia, la Ley General de Aguas tendría que prohibir el uso de sustancias peligrosas y el uso de aguas nacionales para fracking o fractura hidráulica, y la minería tóxica. Además cancelaría las concesiones de empresas contaminadoras.

En la fracción 56 del Artículo 10,  de la Ley se plantea como uso industrial del agua a la aplicación de aguas nacionales en la extracción, conservación o transformación de materias primas y para cualquier proceso de transformación.

La sociedad civil ha alertado que dentro la definición del uso del fracking cabe sin problemas la fracturación hidráulica, a pesar de todas las alertas internacionales sobre los fuertes impactos de esta técnica tanto en la disminución de la disponibilidad del agua como en la contaminación irreversible.

En su Artículo 49 la Ley de Aguas plantea que el derecho humano al agua comprende la obligación de la autoridad competente de garantizar a los asentamientos humanos, en términos de esta Ley: el mínimo vital, que se otorgará con la periodicidad que permita la dotación equivalente a 50 litros diarios por persona.

Diversas organizaciones y activistas han denunciado que este artículo reduce “a un mal entendido” mínimo vital del agua, cuando de acuerdo con organismos internacional este mínimo por persona debe ser de cien litros diarios.

En el artículo 129 propone que la Conagua pueda otorgar concesiones totales o parciales para lograr la promoción y fomento de la participación de los particulares en el financiamiento, construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica federal.

Este artículo –han criticado diversas organizaciones– favorece más la visión de mercantilización del agua con una mayor la intervención de la iniciativa privada en infraestructura y servicios; además alertan que este artículo permitiría concesionar megaobras hidráulicas en torno a grandes ciudades, como es el caso del acueducto Monterrey VI.

Según lo que plantea la fracción 26 del Artículo 267, la Conagua sancionará a quienes realicen “obras de exploración, estudio, monitoreo, reinyección y remediación sin contar con el permiso correspondiente”.

En la Guía se señala que para determinar la existencia de acuíferos no identificados por la Conagua, el operador petrolero puede realizar exploración geofísica 3D, realizar registros geofísicos de pozos y caracterizar el subsuelo desde la superficie hasta la profundidad total de la perforación, para conocer la estratigrafía, la litología y la estructura geológica.


“La exploración geofísica permitirá definir el grado de fracturamiento natural de las formaciones comprendidas entre los estratos de lutita y los acuíferos. A fin de evitar controversias con la autoridad, es recomendable proporcionar los resultados de la exploración geofísica a la Conagua, con el fin de identificar los acuíferos y los posibles riesgos de afectación o en su caso la posibilidad de explotación de los mismos para la actividad”, refiere el documento.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.sinembargo.mx/17-03-2015/1284293.