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Regresión en materia de derechos de las audiencias

Los concesionarios de radio y televisión, entre otros grupos de poder, lanzaron una oleada de censuras al Instituto Federal de Telecomunicaciones por sus lineamientos para la defensa de las audiencias. El Ejecutivo y el Senado cerraron la pinza con sendas controversias constitucionales contra esa norma, que debía entrar en vigor el próximo jueves 16. El IFT, “por prudencia”, pospuso la entrada en vigor de las medidas que la sociedad civil logró incluir en la pasada reforma de telecomunicaciones para proteger los derechos a la información y a la libertad de expresión.

Con una furia y consistencia que no se habían visto antes, los concesionarios de radio y televisión agrupados en la CIRT, los principales comentaristas y periodistas que trabajan en esta industria, más senadores, alcaldes, gobernadores, el jefe de Gobierno de la Ciudad de México, empresarios y hasta la arquidiócesis capitalina sumaron sus voces para descalificar los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio a conocer desde el 21 de diciembre de 2016 y que debían entrar en vigor el próximo jueves 16.

Las críticas más difundidas fueron que estos lineamientos “violan la libertad de expresión”, constituyen “censura previa” y son una extralimitación de las funciones y atribuciones del IFT porque establecen, entre otras cosas, la obligación de diferenciar opinión de información, distinguir la publicidad del contenido programático, establecer requisitos y procedimientos para el registro de defensores de audiencias en cada estación, obligan también a elaborar códigos de ética tanto entre programadores y concesionarios de radiodifusión como de televisión restringida, así como a realizar “campañas integrales de alfabetización mediática”.

Producto de una larga consulta de dos años entre los principales involucrados, los lineamientos también reglamentan la facultad de “la suspensión precautoria de transmisiones establecidas en la ley” y el establecimiento de multas para quienes incumplan.

La campaña contra el IFT fue tan intensa que hasta alcaldes de Jalisco, pertenecientes a Movimiento Ciudadano, aparecieron en los noticiarios de Televisa y de TV Azteca opinando sobre las “amenazas a la libertad de expresión” que representaban los lineamientos de defensa de los derechos de las audiencias.

En el Senado, los legisladores Zoé Robledo, del PRD, y Mariana Gómez del Campo, del PAN –respectivamente presidente y secretaria de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía–, opinaron que había una “imposibilidad material” de cumplimiento para que los concesionarios puedan diferenciar noticia y opinión, por lo que se pronunciaron por “alcanzar un equilibrio entre la libertad de expresión y los derechos de las audiencias”.

De manera sorpresiva, el consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, y el vocero del gobierno de la República, Eduardo Sánchez, anunciaron el 31 de enero que el Poder Ejecutivo determinó promover una controversia constitucional contra los lineamientos del IFT en materia de defensa de las audiencias, ya que contiene “vicios de origen” basados en leyes que considera inconstitucionales.

La controversia del Ejecutivo es contra el Congreso, que aprobó su reforma de telecomunicaciones y, en específico, contra ocho artículos que regulan las medidas adoptadas sobre el derecho de las audiencias.

Castillejos afirmó en conferencia de prensa que el IFT, al emitir dichos lineamientos, “invadió facultades exclusivas” del presidente de la República. Argumentó que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión “no debió darle facultades al IFT de regular un derecho humano, el derecho de las audiencias”, y que “cualquier regulación de los derechos de las audiencias debe estar prevista en la ley, en términos del artículo 89”.

El miércoles 1, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Pablo Escudero, presentó otra controversia en la que advierte que el IFT “invadió la esfera de competencias” del Congreso de la Unión para normar los derechos de las audiencias, en virtud de que vulnera los principios pro persona y de interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos.

Además, el Senado afirmó en su controversia que el IFT invade la competencia electoral, establecida en el artículo 41 constitucional, al no distinguir la publicidad comercial de la publicidad de partidos políticos y autoridades electorales.

Para sorpresa de la mayoría de los especialistas y observadores, el pleno del IFT determinó el mismo miércoles 1 postergar la entrada en vigor de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias hasta agosto de este año, ya que “la prudencia dicta” que así debe actuar.

La decisión provocó una votación dividida de cuatro votos a favor y tres en contra en el pleno del IFT. Las comisionadas Adriana Labardini y Elena Estavillo, así como el comisionado Adolfo Cuevas, votaron en contra de la mayoría.

El comunicado del IFT afirma que, “considerando la importancia de esta nueva regulación y su aplicación efectiva, no debe existir duda sobre su apego a la Constitución”, y que, “tomando en cuenta el tiempo que regularmente toma este tipo de procesos judiciales”, decidieron diferir hasta agosto de 2017 la entrada en vigor de los lineamientos.

Las controversias

En entrevista con Proceso, la comisionada Adriana Labardini afirma que la decisión no estuvo “debidamente fundada y motivada”, ya que las controversias del Ejecutivo y del Senado ni siquiera se les habían notificado a los integrantes del IFT de manera formal y sólo tenían “conocimiento a través de los medios”.

Subraya que, de acuerdo con el artículo 28 constitucional aprobado por el Congreso de la Unión, le corresponde al IFT regular los derechos de las audiencias y de los usuarios, dos elementos nuevos que se incorporaron en los artículos 6 y 7 de la Constitución durante la reforma de telecomunicaciones.

Abogada y especialista en derechos de las audiencias, Labardini recuerda que este debate ya lo resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en su sentencia 117/2014, cuando los ministros por unanimidad determinaron que el IFT tiene facultades para regular no sólo las funciones técnicas y económicas del sector, sino también los derechos derivados de los artícu­los 6 y 7 constitucionales.

El ministro ponente de aquella sentencia fue Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y resolvió sobre la controversia interpuesta por el entonces presidente del Senado, Miguel Barbosa, en contra de los lineamientos del IFT sobre la portabilidad numérica, es decir, la posibilidad de que el usuario de telefonía pueda conservar el mismo número al cambiarse de empresa concesionaria.

El 2 de enero de 2015 la SCJN resolvió, entre otros puntos fundamentales, que el IFT conforma “una pieza clave de una nueva ingeniería constitucional, cuyo propósito es ampliar el umbral de protección de los derechos de libertad de expresión y acceso a la información en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión”.

El máximo tribunal estableció desde ese momento que el IFT tiene “una doble función: regular las cuestiones técnicas y económicas del sector, así como los derechos humanos de expresión y acceso a la información en la actual época de las tecnologías”. Esa doble responsabilidad le otorga al instituto “poderes quasi legislativos, quasi ejecutivos y quasi judiciales”, según la sentencia, cuya copia tiene Proceso.

Con dicho antecedente, la comisionada Labardini subraya que “no debe existir duda alguna sobre la legalidad y la constitucionalidad de las decisiones del IFT”. Por ese motivo, señala, el IFT no debió suspender los lineamientos “por prudencia”, sino mantenerlos hasta que la SCJN decidiera sobre las dos controversias.

“¿La prudencia para qué y para quién? –cuestiona–. Lo prudente es no dejar en el limbo los mecanismos para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de las audiencias, como son los códigos de ética o las defensorías de las audiencias que establecen los lineamientos. Me preocupa que nosotros mismos, como integrantes del IFT, tengamos dudas sobre los elementos de legalidad o ‘regularidad’, como dijo el acuerdo que votamos.”

–¿Qué sería lo más prudente y legal en este caso? –se le pregunta.

–Mi prudencia me indica que no debe privarse a las audiencias de los lineamientos. Además, este procedimiento de controversia constitucional está reglamentado por la ley secundaria del artículo 105 constitucional, y en el artículo 14 de esta ley dice que si vas a impugnar una ley de carácter general, la SCJN no puede suspender su aplicación.

–El comunicado del IFT no habla de suspender, sino de postergar la entrada en vigor.

–Técnicamente no es una suspensión, pero de facto opera como tal. Cuando se discutieron los lineamientos sobre portabilidad numérica, nunca se suspendieron aunque la SCJN discutía la controversia constitucional. Es grave cuando tú como órgano autónomo suspendes una norma que nadie ha declarado inválida.

–¿Durante el proceso de consulta los concesionarios no se quejaron de los lineamientos? ¿Por qué esperaron hasta que entraron en vigor?

–Desde las consultas, en agosto de 2015, la CIRT dijo que al menos 10 puntos de los lineamientos deberían ser causal de controversia constitucional. Claro que lo dijeron, pero ellos no pueden interponer una controversia; es necesario que sea otro poder.

“Los concesionarios de la radio y la televisión en las consultas no han querido nada: no quieren más estaciones de radio, no quieren disminuir de 800 a 400 Mhz el ancho de banda, no querían pagar las prórrogas a sus concesiones; no querían, por supuesto, los lineamientos de defensa de las audiencias.

“El Ejecutivo y el Senado están en todo su derecho de acudir a la SCJN, pero lo importante es advertir si se trata de revisar las facultades del IFT o de quitarle el corazón al instituto como órgano que regule también los derechos de las audiencias y los derechos de los usuarios de telecomunicaciones.”

Las comisionadas Labardini y Estavillo fueron las únicas comisionadas que votaron contra el dictamen del IFT en el cual se consideró que Televisa no tenía poder sustancial en el mercado de televisión restringida. Un tribunal especializado le dio la razón a empresas que promovieron un amparo contra este dictamen y el IFT tendrá que rehacer ese documento.

La autonomía del IFT, en juego

Las reacciones en contra del voto del IFT se sucedieron enseguida. El excomisionado presidente de la Cofetel Mony de Swaan publicó en su cuenta de Twitter que “si los actuales comisionados hubieran tenido que luchar por facultades que hoy tienen, las defenderían con más dignidad. Gracias, comisionadas… Perderán votaciones, pero no la congruencia ni la honestidad”.

Antes de esta votación, la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) reiteró en un comunicado que los lineamientos no deben suspenderse y que el IFT tiene que refrendar sus facultades como regulador.

La Amedi recordó que cuando el Ejecutivo federal presentó la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, la iniciativa no contenía los derechos de las audiencias.

“El hecho de que éstos hayan quedado plasmados en la versión final del artículo sexto constitucional constituye un logro de la sociedad”, afirmó la agrupación, que ha enfatizado la necesidad de avanzar más en materia de derecho a la información y libertad de expresión.

Para la Amedi, las controversias del Ejecutivo y del Senado “resultan extrañas” porque “pareciera que los legisladores no saben lo que discuten y aprueban”. Además, argumenta que fue el Ejecutivo el que propuso “dos de los derechos de audiencias que más han sido atacados”, es decir, la necesidad de distinguir entre opinión e información en los medios concesionados.

“Los que ahora acuden a la SCJN ponen en entredicho la autonomía del IFT, un organismo que ha sido reconocido internacionalmente”, advierte la asociación.

Al respecto, la excomisionada de Cofetel y experta en telecomunicaciones Clara Luz Álvarez subraya que el descontento de los concesionarios se originó por “el cambio en las prácticas comerciales de vender publicidad incorporada dentro de la programación, sin identificarla”.

Tanto Álvarez como la exfuncionaria del ramo Irene Levy, en sus análisis publicados en medios impresos y digitales, advierten que en países como Gran Bretaña la regulación de los derechos de las audiencias es más rígida, pues se prohíbe insertar publicidad en los contenidos informativos. En Estados Unidos se penaliza a los concesionarios que incluyan publicidad en los contenidos de programas infantiles.

En España y Alemania están claramente establecidas las limitaciones de concentración de medios, para garantizar el pluralismo y la diversidad mediática como uno de los principales derechos de las audiencias.

La asociación A Favor de lo Mejor de los Medios también se pronunció en desplegados periodísticos por “conservar los derechos que ganamos las audiencias”, como son “recibir información plural y veraz, contar con defensores, conocer los códigos de ética, promover el interés superior de la niñez, la protección para los niños en horarios pertinentes y reconocimiento de las personas con discapacidad, entre otros.

“Es aspiración de las audiencias contar con medios de comunicación diversos, con ópticas y editoriales distintas, información objetiva y contenidos de mayor calidad”, abundó la asociación.

De igual forma, A Favor de lo Mejor expresó su preocupación de que las controversias interpuestas por el Ejecutivo y el Senado se dirijan “contra las facultades del IFT que ellos mismos le otorgaron”.





Fuente: Proceso
Autor: Jenaro Villamil
http://www.proceso.com.mx/473386/regresion-en-materia-derechos-las-audiencias

Emite IFT convocatoria para la licitación de 148 canales de televisión

CIUDAD DE MÉXICO: El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio a conocer la convocatoria para la licitación pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 148 canales de transmisión para la prestación del servicio público de televisión radiodifundida digital.


Hasta ahora han manifestado su interés en la licitación alrededor de 25 personas y grupos empresariales, según dio a conocer Carlos Sánchez, director general de economía del espectro de recursos orbitales del IFT.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF), el organismo explicó que los interesados, participantes y participantes ganadores quedarán sujetos a la Constitución, así como a los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano, a las leyes, reglamentos, normas oficiales mexicanas, acuerdos interinstitucionales, y disposiciones técnicas y administrativas aplicables.

Añadió que evaluará el cumplimiento de las capacidades administrativa, técnica, jurídica y financiera de los interesados, además de otros requisitos establecidos.

Luego de precisar que la banda de frecuencias correspondiente a los lotes ocho y 88 está por definirse, dijo que eso se debe a que son parte del proceso de coordinación entre los gobiernos de México y Estados Unidos con base en el Plan de Adjudicación de canales de Televisión Digital Terrestre en la zona de la frontera común.


Los canales 148 canales de transmisión se ofrecerán a través de una subasta de puntaje en formato de reloj donde el Valor Mínimo de Referencia (VMR) va desde 13 mil pesos en Bahía de Los Ángeles, Baja California, hasta 425 millones 929 mil pesos en la Ciudad de México y Área Metropolitana.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/463942/emite-ift-convocatoria-la-licitacion-148-canales-television

Cae 18% audiencia de TV abierta en México: IFT

CIUDAD DE MÉXICO: La audiencia mexicana de televisión abierta retrocedió 18%, mientras que la de televisión restringida aumentó 14% entre el último trimestre de 2014 y el mismo periodo de 2015, al tiempo que creció el consumo de contenidos audiovisuales, en “otros dispositivos” en 32%, según reportó el Cuarto Informe Trimestral de 2015 del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

El reporte, subido a la página de internet del IFT, tiene datos reveladores sobre la caída de los ratings y de los televisores encendidos (share) en el último trimestre del año pasado; las dos mediciones más importantes del consumo en la televisión abierta y restringida.

El consumo de programas en televisión abierta bajó 18% al pasar de 9.56 a 7.8 puntos de rating, según la medición realizada en 28 ciudades. Mientras, el consumo de televisión restringida aumentó 14% al correr de 3.6 a 4.1 puntos de rating y el de los llamados “otros dispositivos” se incrementó de 1.51 a 1.88 puntos.

Prácticamente todos los géneros que mayor rating produce en las estaciones de televisión abierta disminuyeron: telenovelas (pasó de 4.1 a 3.4), dramas unitarios (3.7 a 3.0), reality show (2.8 a 2.4), concursos (2.4 a 2.3), deportes (1.8 a 1.6), películas (2.0 a 1.6) y noticieros (1.9 a 1.6). Sólo creció el rating del segmento infantiles (1 a 1.3).

Los géneros de mercadeo (infomerciales), películas y magazines son los que más tiempo-aire consumen, pero son los de menor rating.

En el caso del tiempo promedio de televisores encendidos en México (share), la televisión abierta también disminuyó. Pasó de 65.16% del total de tiempo a 56.67%, una baja de 13%, mientras que la televisión restringida aumentó de 24.5 a 29.7%, un aumento de 21%, y los “otros dispositivos”, especialmente a través de internet, crecieron 32% al ir de 10.3 a 13.6% del tiempo total.

El promedio diario de televisores encendidos en señal abierta es de 13.8%, pero alcanza su pico más alto entre las 21:30 a las 22:00 horas, cuando llega a poco más de 31% de todos los aparatos encendidos. Hubo una disminución de 6% del promedio diario de proyectores encendidos entre 2014 y 2015.

Según el reporte del IFT, el nivel socioeconómico bajó y el de la población adolescente entre 13 y 18 años fueron los que disminuyeron más su tiempo de permanencia frente a la televisión abierta.

La televisión restringida, dominada en 60.2% por las empresas de Grupo Televisa, creció 13% entre el último trimestre de 2014 y el de 2015, al llegar a un total de 18.2 millones de suscriptores. México tiene un promedio de 56% de hogares con televisión restringida, arriba de países como Colombia (37%) y Brasil (32%), pero por debajo de Chile (65%). El promedio latinoamericano es 41% de hogares con televisión restringida.

El resto del mercado de televisión restringida se divide entre Grupo Dish con 16.8% en competencia con Sky (de Televisa) y Megacable con 15.6%.


En relación con el consumo de la radio AM y FM, el reporte del IFT indicó que no se registraron grandes cambios. Las estaciones en FM aumentaron 3% su audiencia y las de AM, 2.3%.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JENARO VILLAMIL.
LINK: http://www.proceso.com.mx/440459/cae-18-audiencia-tv-abierta-en-mexico-ift

Vence plazo para la entrega de televisiones digitales: SCT

México, DF. Este domingo 20 de diciembre vence el plazo para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) termine de entregar los 9.7 millones de televisores digitales necesarios para que los hogares más pobres del país no se queden sin ver televisión al momento de que se realice el apagón analógico el próximo 31 de diciembre.
Hasta el viernes 18 de diciembre la SCT había entregado 9 millones 406 mil 774 televisores, por lo que estaba a 293 mil 226 televisores para lograr la meta que la propia dependencia se impuso.
A decir del secretario de Comunicaciones, Gerardo Ruíz Esparza la depedencia dispuso de un amplio dispositivo logístico a través del cual en las últimas semanas se entregaban televisores a un rito de tres por segundo.
La semana pasada el funcionario aseguró que cumplirían con llevar televisores a todos los hogares señalados en el padrón de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), incluso a Chiapas, entidad que junto con Tabasco habían recibido una cantidad mínima de televisores.
En Chiapas, una de los estados más pobres del país se habian llevado televisores sólo a Tapachula y Tuxtla Gutiérrez, sin embargo, en cuestión de días según sus propios reportes entregó televisores en 43 municipios de Chiapas y quedan 67 sin atender.
Las cifras de la SCT señalan que hasta el viernes pasado había entregado en Chiapas 315 nil 898 televisores.
Entre los 67 municipios chiapanecos que hasta esa fecha no habían recibido los dispositivos digitales figuran Acala, Aldama, Altamirano, Amatán, Amatenango de la Frontera Chanal, Chapultenango Chilón, Cintalapa Ixtacomitan, La Grandeza, Reforma, Larrainzar, Pichucalco, Rayón, Simojovel y Yajalon.
En algunos municipios como La Margaritas la SCT ha entregado tres televisores, en San Cristóbal de las Casas 9, una en Solosuchiapa, Villaflores, Chiapa de Corzo Ostuacan y Oxchuc respectivamente.
Mientras que en Tabasco, donde tampoco se había hecho mayor reparto la dependencia reportó haber atendido ya 16 municipios a los que llevó 262 mil 729 aparatos.

Fuente: La Jornada
Autora: Miriam Posada
http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2015/12/20/vence-plazo-para-la-entrega-de-televisiones-digitales-sct-395.html

Mantiene SCT apagón analógico para el 31 de diciembre

México, DF. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes mantiene el 31 de diciembre de 2015 como fecha para realizar el apagón analógico, aseguró la subsecretaria de Comunicaciones, Mónica Aspe.

Dijo que la SCT le notificó ayer al Instituto Federal de Telecomunicaciones que cumplió con la entrega de televisores en diversas zonas, entre ellas el Valle de México, una de las más complejas y donde se entregaron más de dos millones de dispositivos

En entrevista radiofónica la funcionaria dijo que en breve el Ifetel tendrá que sesionar para ordenar el apagón en el Valle de México, Bajío, Guadalajara y otras que ya habían sido notificadas y permitirían alcazar la transición en 77 por ciento del país.


Fuente: La Jornada

Autor: Miriam Posada

Cremoux: ignorancia, censura y represión

MÉXICO, D.F. (Proceso).- Día con día surgen nuevas acusaciones contra el señor Raúl Cremoux, director del Canal 22, televisora pública que festeja sus 22 años sumido en la mayor crisis que un medio con cargo al erario haya vivido en el país. Veamos.
Primero. Durante décadas los términos “medio público”, “medio de Estado” o “medio del gobierno” eran sinónimos y padecían una crisis de identidad, sujetos a las buenas o malas iniciativas de los directores de esos medios y buscando, en el mejor de los casos, hacer de lo importante algo interesante.
Ahora hay un referente legal que le da pautas de comportamiento a los denominados medios públicos. El artículo 86 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión los define: a) Independencia editorial, b) pluralidad de puntos de vista; c) defensa de los contenidos editoriales, d) autonomía de gestión financiera, e) garantías de participación ciudadana y e) reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas.
En México, que no es un Estado de derecho, estas características se empiezan a observar en los medios públicos poco a poco. Enriqueta Cabrera, directora del Canal 11, ha mantenido e incrementado los segmentos en su barra programática donde se ejercen el principio de pluralidad y la libertad de expresión. Carlos Lara Sumano, director del Instituto Mexicano de la Radio (Imer), va más allá que el 11 y ha mantenido mecanismos amplios de participación ciudadana, tanto en el acceso de la sociedad para proponer programas como en su área de programación. Alejandro Ramos, director de Notimex, ha hecho cumplir prácticamente los cinco puntos que caracterizan a un medio público. Antonio Tenorio, director de Radio Educación, el más emblemático de estos medios porque, de facto, ya lo era desde tiempo atrás, ha tenido la sensibilidad política y la inteligencia que le ha permitido coexistir con una comunidad empoderada y exigente.
Segundo. El Canal 22 no cumple con ninguno de los rasgos definitorios a que obliga el artículo 86 de la ya citada ley; antes bien, sucede todo lo contrario. Se puede observar cómo el señor Cremoux ha saltado a la palestra como represor, censor, autoritario e ignorante, según se desprende de las cartas públicas de cada vez más periodistas de la televisora, en las que acusan de censura y acoso laboral a su director. Ahí está la carta firmada por un número creciente de miembros de la comunidad intelectual y artística que apoya las denuncias de estos periodistas y la inminente batalla legal que se va a emprender contra aquél por varios presuntos delitos e ilícitos.
Esto último no hará sino tensar más la situación del 22. En este rubro, el director tiene un historial de juicios perdidos: por ejemplo, el amparo que se promovió contra la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el 5 de marzo de 2009 y que obra en el expediente judicial 278/2009, donde se señala que “se desecha de plano la demanda de garantías”. La vida del señor Cremoux indica que es de mentiras y simulación. Él afirma que es licenciado en comunicación, lo que puede falso porque no hay datos de su cédula profesional. Cremoux sostiene que cuenta con un posgrado en la Facultad de Letras y Ciencias Humanas (Ecole Pratique des Hautes Etudes), París. Pero al verificar este dato, la institución reporta que no se ha otorgado grado académico alguno al señor Cremoux.
El director del 22 aduce también que sus obras son libros de texto en la UNAM y en la UAM. Al revisar el dato, ninguno de los programas de estudio de licenciatura tiene como libro de texto obra alguna de este conspicuo personaje.
Tercero. Por si lo anterior no fuera suficiente, Cremoux es el único titular de los medios públicos que se ha convertido en pluma lisonjera del gobierno de Peña Nieto en sus colaboraciones en El Financiero. He aquí un botón de muestra de su servilismo. Al referirse a las reformas del Pacto por México, sostiene: “Todos, sin excepción, elogian la habilidad, el tesón y la aguda inteligencia de Enrique Peña. ¿Podemos regatearle méritos? Lo cierto, lo imposible de negar, es que hoy en México vivimos una gigantesca mutación donde tenemos que aprender a adaptarnos al mundo de hoy, aprender a cambiar de ideas, de oficio, objetivos y también de sociedad. Eso es ganar el porvenir. Hagamos nuestras las reformas” (http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/congruencia-singular-de-enrique-pena.html).
¿Cómo puede un personaje de este talante garantizar la mínima independencia editorial? La estrategia seguida contra casi todos los periodistas, conductores, camarógrafos y directivos del área de noticias del 22 da cuenta de que podría haber un problema psiquiátrico de por medio. Por eso estoy convencido de que los altos funcionarios del Estado mexicano deben pasar por un examen médico, físico y mental, de idoneidad para el cargo; además, por su puesto, de que cumplan con el perfil del puesto.
La conductora estrella del 22, Laura Barrera, a quien le tengo un gran respeto por su profesionalismo y talento, se ha situado en un complicado punto medio, que habría que respetar sin descalificarla por su legítima postura. Han llegado a mi correo electrónico acusaciones sobre el quehacer del ¿todavía? director de noticias, Juan Jacinto Silva, a quien también reconozco no sólo su calidad profesional y entrega al trabajo, sino su alta calidad humana. Salvo prueba en contrario, Juan Jacinto es una víctima del señor Cremoux, paradójicamente, por observar la ley. Por lo pronto, como diría Goethe: “No hay nada más espantoso que la ignorancia activa” del director del 22, cuya desaseada conducta debe ser objeto de una escrupulosa investigación, además de que le sea solicitada su renuncia a la dirección de la televisora, cargo que jamás debió ocupar.
El nombramiento de Cremoux en el 22 es, guardadas las proporciones, como el de Incitatus, el caballo pura sangre que Calígula designó cónsul de Roma. Ver para creer.

Fuente: Proceso
Autor: Ernesto Villanueva

Ifetel analiza nueva licitación de cadena de TV abierta

Grupo Radio Centro no pagó los 3 mil 58 millones de pesos que ofreció por la cadena de TV, por lo que fue declarado "desierto" el proceso de licitación de una de las dos nuevas cadenas.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) analiza si la nueva licitación de televisión abierta será por una cadena nacional, local o combinada, dijo el Comisionado Presidente del organismo, Gabriel Contreras.

“El instituto tiene la convicción de resolver lo más pronto posible para generar condiciones de certidumbre en el mercado. Estamos en los análisis técnicos de viabilidad económica y después de eso se tomará una determinación”, señaló.

Precisó que el Régimen Transitorio del Decreto a las reformas a la Constitución ordenó concursar dos cadenas y ya se cumplió, por lo que en la actualidad se evalúa cuál será la mejor decisión respecto a la cadena que se declaró desierta.

El comisionado apuntó que no existe fecha límite para volver a lanzar la convocatoria, ya que se “está analizando con absoluta seriedad”.

La tercera cadena de televisión -después de Televisa y Azteca- fue otorgada hace unas semanas a Cadena Tres, de Olegario Vázquez Aldir. El 1 de enero de 2016 arranca la transmisión digital nacional de Grupo Imagen. El título de concesión para operar es por 20 años.

Grupo Radio Centro había ganado la otra cadena, pero no efectuó el pago de la misma.


Por lo pronto, “no vamos precipitar ninguna resolución, está por delante un análisis serio que tenga que ver con las frecuencias del espectro y con la portabilidad del nuevo modelo que se adopte y en razón de eso se tomará la decisión, lo vamos a hacer a la brevedad posible pero no hay una fecha para ello”, indicó el comisionado Contreras.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.