Por unanimidad y sin debate, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó, el 2 de junio del 2022, el decreto del Poder Ejecutivo Federal, publicado en abril del 2020, que reduce los tiempos fiscales que radio y televisión abiertas tienen que entregar al Estado, al declarar infundada una controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral (INE), que alegó que afectó su facultad exclusiva de administrar tiempos de difusión.
El decreto firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador redujo de 18 a 11 minutos diarios el tiempo que deben entregar las estaciones de televisión abierta, y de 35 a 21 minutos el de las estaciones de radio, para que con ello se tenga por satisfecho el pago en especie de un impuesto a las concesiones, que existe desde 1968.