Las personas físicas y morales que perdieron sus inmuebles durante los sismos del 7 y 19 de septiembre último y que se vean beneficiadas con la condonación de parte de su deuda, estarán exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que genere dicho importe.
De acuerdo con el decreto presidencial publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación, existen al menos 70 tipos de damnificados que podrán acogerse a ese beneficio fiscal.