CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Extrabajadores de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) señalan que el organismo viola sistemáticamente los derechos laborales, sometiéndolos a jornadas de más de 12 horas, trabajo en fin de semana, ejerciendo despidos abruptos y sin remuneración, además de cometer acoso.
Denuncian que el Primer Visitador General, Ismael Eslava Pérez, exigió renuncias del personal dÃas antes de entrar en funciones, el primero de enero de 2015, mientras que Norma Inés Aguilar León, Cuarta Visitadora General, “hostiga laboralmente a su personal, sometiéndolo a jornadas de doce horas al dÃa de lunes a viernes, y ‘si asà lo requiere’ también los fines de semana”; en caso de negarse, los trabajadores son amenazados con la disminución de su bono mensual de productividad o son despedidos.
Apro entrevistó a tres extrabajadores de la CNDH y a un bufete de abogados que representa a otros exempleados del organismo que lo demandaron por violación a los derechos laborales. Los testimonios de todos ellos sostienen que la institución, en lugar de poner el ejemplo y salvaguardar los derechos humanos en casa, comete terrorismo laboral permanente. Tanto los exservidores públicos como los juristas pidieron que sus nombres permanecieran en el anonimato.
“Desde que entré fue muy pesado, nunca han respetado los horarios de salida”, relata una extrabajadora que fue despedida el año pasado. Llegaba a las ocho de la mañana y “habÃa veces que salÃamos a las doce de la noche”.
Los extrabajadores coinciden en que los despidos masivos ocurrieron con el cambio de administración. Raúl Plascencia concluyó su gestión en noviembre de 2014, denunciado públicamente por corrupción y también por 85 ciudadanos y organizaciones que exigÃan un juicio polÃtico en su contra por omisiones en la defensa de los derechos humanos; su sustituto fue Luis Raúl González Pérez, propuesto por la mayorÃa de sectores del PRI, PAN y PRD.
“Entra el nuevo presidente y su equipo deja mucho que desear; inmediatamente entraron y empezaron a despedir gente al por mayor, no hubo ni siquiera la oportunidad de conocer el trabajo de las personas, sino simplemente fue pedir renuncias a destajo”, relata una extrabajadora.
Coincide con otro testimonio: “De entrada, el ombudsman corrió aproximadamente a 300 empleados de diversos niveles, no querÃan a nadie que ‘oliera’ a Plascencia Villanueva, hicieron firmar a personal ‘renuncias voluntarias’ previamente redactadas”. Los despidos incluyeron a puestos de bajos niveles ajenos al expresidente del organismo. Ninguno recibió liquidación conforme a la ley.
Una exempleada fue parte de ese grupo de trabajadores despedidos:
“En la primera ola de renuncias, la visitadora llamó a las personas a su oficina y les pidió directamente su carta de renuncia. En la siguiente ola de renuncias ni siquiera fue para dar la cara. A mà me pidieron la renuncia a través de mi jefe directo, fue un veintitantos de enero y querÃan que la entregara el 31. Me dijeron ‘la visitadora quiere tu plaza y tienes que dar tu renuncia, mejor ya ni vengas, que te tomes estos dÃas para buscar trabajo’”.
La extrabajadora se negó a presentar su renuncia, lo que derivó en que sus superiores comenzaran a ensuciar su reputación, dispersando el chisme de que se acostaba con varios de sus compañeros. Además, no le daban tareas y la cambiaban de área. Cotidianamente le exigÃan que ya renunciara, hasta que no lo soportó más y entregó su carta. “No me dieron ni un peso”.
Otra exservidora pública describe que, desde que entró a la CNDH, continuamente la cambiaban de puesto, la disminuyeron el salario y la obligaban a trabajar jornadas extenuantes. “Te hacen ir los fines de semana, horarios nocturnos, sin salir a comer”, añade.
Anticonstitucional y violatorio de los derechos humanos
El bufete de abogados consultado explica que el origen de las violaciones a los derechos laborales en la CNDH proviene desde la ley que le dio origen, aprobada en 1991. Esta normativa en su artÃculo 74 establece:
“El personal que preste sus servicios a la Comisión Nacional de Derechos Humanos se regirá por las disposiciones del apartado B del artÃculo 123 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Dicho personal quedará incorporado al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
“Todos los servidores públicos que integran la planta de la Comisión Nacional, son trabajadores de confianza debido a la naturaleza de las funciones que ésta desempeña”.
Es decir, todos los empleados de la CNDH son trabajadores de confianza, determinación contraviene el artÃculo ocho de la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado: “Quedan excluidos del régimen de esta ley los Trabajadores de confianza a que se refiere el artÃculo 5o.; los miembros del Ejército y Armada Nacional con excepción del personal civil de las SecretarÃas de la Defensa Nacional y de Marina; el personal militarizado o que se militarice legalmente; los miembros del Servicio Exterior Mexicano; el personal de vigilancia de los establecimientos penitenciarios, cárceles o galeras y aquellos que presten sus servicios mediante contrato civil o que sean sujetos al pago de honorarios”.
Sumado a esta inconsistencia, el trato de la CNDH a sus empleados viola normas internacionales, entre ellas el protocolo de “San Salvador” de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que establece que toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones justas, equitativas y satisfactorias del trabajo y derechos sindicales.
En la CNDH, señalan los abogados, los empleados no tienen estabilidad, “no se pueden ir hasta que no se vaya el jefe”, no se les respeta la jornada laboral ni el pago de horas extras, tampoco el derecho a un despido conforme a la ley.
Necesario revisar la constitución
Rubén Pérez Sánchez, director General de Asuntos JurÃdicos de la CNDH, argumenta que la figura de trabajador de confianza “está prevista desde la Constitución”.
Explica que es necesario que los trabajadores del organismo estén bajo ese régimen “por la naturaleza de las funciones que van a desarrollar, son funciones de protección de derechos humanos que requieren de una atención especial, requieren del personal que esté en una mayor disponibilidad para atender justamente las violaciones que se pueden ir presentando”.
Aunque admite que es necesario “hacer una revisión desde la propia Constitución para poder llegar a una conclusión, porque nuestro parámetro de derechos lo establece la propia Constitución”.
Rechaza que la CNDH obligue a sus trabajadores a soportar jornadas extenuantes: “¿Qué es lo que está ocurriendo en la Comisión? Hay una nueva forma de trabajo que establece de manera muy clara cuáles son los objetivos que la Comisión persigue; de esta forma de trabajo, de estos objetivos, de estas nuevas polÃticas de actuación de la Comisión que plantea el presidente desde su toma de posesión”.
Pérez Sánchez niega que hayan ocurrido despidos masivos en el organismo: “Ha habido muchos casos de personal que quizá no comparte esos objetivos, no comparte esa polÃtica de actuación y ha habido muchos colaboradores de diversas áreas que han decidido renunciar y se han ido voluntariamente, esa es la mayor cantidad de bajas que tenemos en la Comisión”.
— Los testimonios de los entrevistados denuncian que más bien son obligados a presentar su renuncia.
— No, no, mire tenemos una indicación muy clara de que este tipo de conducta no debe llevarse a cabo.
Actualmente trabajan en la CNDH 455 personas. El director jurÃdico reconoce que existen varias demandas contra el organismo —no precisa el número— pero presume que “no hemos recibido ninguna sentencia que establezca una condena a la CNDH por la salida de algún trabajador”.
Denuncian que el Primer Visitador General, Ismael Eslava Pérez, exigió renuncias del personal dÃas antes de entrar en funciones, el primero de enero de 2015, mientras que Norma Inés Aguilar León, Cuarta Visitadora General, “hostiga laboralmente a su personal, sometiéndolo a jornadas de doce horas al dÃa de lunes a viernes, y ‘si asà lo requiere’ también los fines de semana”; en caso de negarse, los trabajadores son amenazados con la disminución de su bono mensual de productividad o son despedidos.
“Desde que entré fue muy pesado, nunca han respetado los horarios de salida”, relata una extrabajadora que fue despedida el año pasado. Llegaba a las ocho de la mañana y “habÃa veces que salÃamos a las doce de la noche”.
Los extrabajadores coinciden en que los despidos masivos ocurrieron con el cambio de administración. Raúl Plascencia concluyó su gestión en noviembre de 2014, denunciado públicamente por corrupción y también por 85 ciudadanos y organizaciones que exigÃan un juicio polÃtico en su contra por omisiones en la defensa de los derechos humanos; su sustituto fue Luis Raúl González Pérez, propuesto por la mayorÃa de sectores del PRI, PAN y PRD.
“Entra el nuevo presidente y su equipo deja mucho que desear; inmediatamente entraron y empezaron a despedir gente al por mayor, no hubo ni siquiera la oportunidad de conocer el trabajo de las personas, sino simplemente fue pedir renuncias a destajo”, relata una extrabajadora.
Coincide con otro testimonio: “De entrada, el ombudsman corrió aproximadamente a 300 empleados de diversos niveles, no querÃan a nadie que ‘oliera’ a Plascencia Villanueva, hicieron firmar a personal ‘renuncias voluntarias’ previamente redactadas”. Los despidos incluyeron a puestos de bajos niveles ajenos al expresidente del organismo. Ninguno recibió liquidación conforme a la ley.
Una exempleada fue parte de ese grupo de trabajadores despedidos:
“En la primera ola de renuncias, la visitadora llamó a las personas a su oficina y les pidió directamente su carta de renuncia. En la siguiente ola de renuncias ni siquiera fue para dar la cara. A mà me pidieron la renuncia a través de mi jefe directo, fue un veintitantos de enero y querÃan que la entregara el 31. Me dijeron ‘la visitadora quiere tu plaza y tienes que dar tu renuncia, mejor ya ni vengas, que te tomes estos dÃas para buscar trabajo’”.
La extrabajadora se negó a presentar su renuncia, lo que derivó en que sus superiores comenzaran a ensuciar su reputación, dispersando el chisme de que se acostaba con varios de sus compañeros. Además, no le daban tareas y la cambiaban de área. Cotidianamente le exigÃan que ya renunciara, hasta que no lo soportó más y entregó su carta. “No me dieron ni un peso”.
Otra exservidora pública describe que, desde que entró a la CNDH, continuamente la cambiaban de puesto, la disminuyeron el salario y la obligaban a trabajar jornadas extenuantes. “Te hacen ir los fines de semana, horarios nocturnos, sin salir a comer”, añade.
Anticonstitucional y violatorio de los derechos humanos
El bufete de abogados consultado explica que el origen de las violaciones a los derechos laborales en la CNDH proviene desde la ley que le dio origen, aprobada en 1991. Esta normativa en su artÃculo 74 establece:
“El personal que preste sus servicios a la Comisión Nacional de Derechos Humanos se regirá por las disposiciones del apartado B del artÃculo 123 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Dicho personal quedará incorporado al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
“Todos los servidores públicos que integran la planta de la Comisión Nacional, son trabajadores de confianza debido a la naturaleza de las funciones que ésta desempeña”.
Es decir, todos los empleados de la CNDH son trabajadores de confianza, determinación contraviene el artÃculo ocho de la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado: “Quedan excluidos del régimen de esta ley los Trabajadores de confianza a que se refiere el artÃculo 5o.; los miembros del Ejército y Armada Nacional con excepción del personal civil de las SecretarÃas de la Defensa Nacional y de Marina; el personal militarizado o que se militarice legalmente; los miembros del Servicio Exterior Mexicano; el personal de vigilancia de los establecimientos penitenciarios, cárceles o galeras y aquellos que presten sus servicios mediante contrato civil o que sean sujetos al pago de honorarios”.
Sumado a esta inconsistencia, el trato de la CNDH a sus empleados viola normas internacionales, entre ellas el protocolo de “San Salvador” de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que establece que toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones justas, equitativas y satisfactorias del trabajo y derechos sindicales.
En la CNDH, señalan los abogados, los empleados no tienen estabilidad, “no se pueden ir hasta que no se vaya el jefe”, no se les respeta la jornada laboral ni el pago de horas extras, tampoco el derecho a un despido conforme a la ley.
Necesario revisar la constitución
Rubén Pérez Sánchez, director General de Asuntos JurÃdicos de la CNDH, argumenta que la figura de trabajador de confianza “está prevista desde la Constitución”.
Explica que es necesario que los trabajadores del organismo estén bajo ese régimen “por la naturaleza de las funciones que van a desarrollar, son funciones de protección de derechos humanos que requieren de una atención especial, requieren del personal que esté en una mayor disponibilidad para atender justamente las violaciones que se pueden ir presentando”.
Aunque admite que es necesario “hacer una revisión desde la propia Constitución para poder llegar a una conclusión, porque nuestro parámetro de derechos lo establece la propia Constitución”.
Rechaza que la CNDH obligue a sus trabajadores a soportar jornadas extenuantes: “¿Qué es lo que está ocurriendo en la Comisión? Hay una nueva forma de trabajo que establece de manera muy clara cuáles son los objetivos que la Comisión persigue; de esta forma de trabajo, de estos objetivos, de estas nuevas polÃticas de actuación de la Comisión que plantea el presidente desde su toma de posesión”.
Pérez Sánchez niega que hayan ocurrido despidos masivos en el organismo: “Ha habido muchos casos de personal que quizá no comparte esos objetivos, no comparte esa polÃtica de actuación y ha habido muchos colaboradores de diversas áreas que han decidido renunciar y se han ido voluntariamente, esa es la mayor cantidad de bajas que tenemos en la Comisión”.
— Los testimonios de los entrevistados denuncian que más bien son obligados a presentar su renuncia.
— No, no, mire tenemos una indicación muy clara de que este tipo de conducta no debe llevarse a cabo.
Actualmente trabajan en la CNDH 455 personas. El director jurÃdico reconoce que existen varias demandas contra el organismo —no precisa el número— pero presume que “no hemos recibido ninguna sentencia que establezca una condena a la CNDH por la salida de algún trabajador”.
Fuente: Proceso
Autor: Juan Pablo Proal
http://www.proceso.com.mx/433909/denuncian-en-la-cndh-se-comete-terrorismo-laboral