La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que es inválida la legislación de Tabasco que permitía contrataciones sin licitación pública. La ampliación indeterminada de los supuestos de excepción impedía garantizar la eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez en el gasto público.
A través de un comunicado, la SCJN detalló que invalidó diversas disposiciones aplicadas de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas durante una sesión remota del Tribunal pleno. Estas invalidaciones también fueron aplicadas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicio, ambas en Tabasco.