AUTOR: JESÚS ARANDA.
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó su decisión sobre la constitucionalidad de imponer sanciones penales a quienes propaguen falsamente información que perturbe la paz pública, y dejó abierta la posibilidad de aprobar criterios que delimiten la libertad de expresión y de información de los usuarios de redes sociales y de comunicadores profesionales.
Los ministros desecharon ayer el proyecto de dictamen presentado por José Ramón Cossío, que proponía desechar la acción de inconstitucionalidad que presentó en 2011 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en la que impugna el artículo 373 del Código Penal de Veracruz. Este fue aprobado en su momento, como respuesta a rumores difundidos en redes sociales sobre ataques del narcotráfico a escuelas en esa entidad, y que derivaron en la detención de dos tuiteros acusados deterrorismo cibernético.