MÉXICO, D.F. (apro).- Luego de ser aprobada por la Cámara de Diputados, el Senado y –apenas en abril pasado– por la mayoría de los congresos estatales, la Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones al artículo 24 constitucional –la puntilla al juarismo, según el especialista Elio Masferrer Kan–, que hacen referencia a la libertad religiosa, de conciencia y de convicciones éticas, y establece que los actos de culto no deberán ser utilizados para fines políticos.
El decreto, que entrará en vigor el próximo sábado 20, dispone que toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar la de su agrado.
La libertad “incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley”, puntualiza.