Ministros determinan que sólo las autoridades correspondientes pueden inmovilizar vehículos y retirar placas a automóviles con infracciones.
La SCJN determinó que sólo las autoridades correspondientes pueden sancionar con esas medidas a los automovilistas.
Por ocho votos contra dos, los ministros determinaron cesar la aplicación del artículo 25 de la Ley de Ingresos del municipio de Cuautla, Morelos, que permitía a particulares aplicar “actos coactivos en contra de la ciudadanía” para obligar a los conductores de los vehículos infraccionados a pagar la multa fijada.