AUTOR: ERNESTO VILLANUEVA.
MÉXICO, D.F. (Proceso).- Después de dos recorridos y desencuentros tanto en el Senado de la República como en la Cámara de Diputados se aprobó en el Congreso de la Unión el dictamen de reforma constitucional en materia de acceso a la información pública que ahora deberá ser validado por la mitad más uno de los congresos locales para que se perfeccione la reforma en cuestión. Los puntos regresivos superan con creces aquello que se pudiera conseguir de vanguardia. Veamos.
Primero. El dictamen aprobado por el Congreso de la Unión aumentó el número de sujetos obligados, entre ellos partidos y sindicatos, cuya información se solicita actualmente de forma indirecta.
Se trata, en realidad, de una ilusión óptica por el complejo entramado para llegar a la información requerida y por la inclusión en la Constitución de conceptos jurídicos indeterminados –“seguridad nacional” e “interés público”– como excepciones que en su nombre muchas cosas pueden caber. Se crea un órgano constitucional autónomo que si bien mantiene aparentemente la definitividad e inatacabilidad de sus resoluciones para las autoridades, deja abierta la puerta para que el consejero jurídico del gobierno pueda interponer un recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando se afecte la “seguridad nacional”.