El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) ratificó por unanimidad la decisión de negar el registro a Armando Ríos Piter como candidato independiente a la Presidencia del país toda vez que el aspirante no ejerció su derecho de audiencia y no hubo modificación en su estado de apoyos ciudadanos clasificados como inconsistentes.
Lorenzo Córdova Vianello, consejero presidente del INE, aseguró que esta determinación se sustenta en la documentación y los expedientes electrónicos en poder del Instituto, así como en el no ejercicio del derecho de audiencia ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuya consecuencia es que Ríos Piter no reúne el porcentaje de apoyo ciudadano establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.