Por considerar que atenta contra la libertad de expresión y limita el acceso a la información, la Suprema Corte de Justicia declaró inválido el delito de calumnia previsto en el Código Penal de Nayarit.
El Código nayarita sancionaba con prisión de seis meses a dos años de prisión a quien imputase falsamente un delito, ya sea porque el hecho es falso o porque sea inocente la persona a la que se le hubiese imputado.