El presidente de la República puede no hacer caso a la suspensión porque el Poder Judicial no está facultado para destituirlo por incumplir con una resolución de amparo, y porque, al tener fuero, tampoco puede ser consignado por desacato a un mandato judicial.
Un tribunal federal ordenó al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador no publicar la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para evitar que entre en vigor.
El Tribunal Colegiado en el estado de Colima modificó una suspensión provisional que había sido concedida anteriormente por el Juez Segundo de Distrito en la entidad.