AUTOR: JESÚS ARANDA
Nada bien cayó entre los mandos del Ejército y la Armada de México, la decisión de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de que los militares que participen en funciones de seguridad pública, tendrán que dar su nombre y testificar en los procesos penales correspondientes, sí así lo exigen los detenidos. Salvo, cuando se trate de procesos relacionados con delitos que tengan que ver con la delincuencia organizada.
Y es que, en los últimos años, la seguridad jurídica y personal de los militares y marinos que participan en acciones en contra de la delincuencia se ha convertido en una prioridad para los titulares de la Defensa y de Marina.
Tan es así, que en el marco de la discusión para la aprobación de un nuevo Código de Justicia Militar, militares y marinos le solicitaron a los legisladores que los soldados acusados de cometer delitos contra civiles, purgaran la prisión preventiva –en casos de delitos graves– en prisiones castrenses. Esto, ante los asesinatos de soldados que ya han ocurrido en prisiones civiles.