AUTOR: JENARO VILLAMIL.
MÉXICO, D.F: El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), órgano regulador del sector, obtuvo el 17 de febrero un triunfo jurídico frente a la estrategia dilatoria de Grupo Televisa para la definición del asunto del must carry y must offer.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la controversia constitucional interpuesta vía el Ejecutivo Federal el pasado 13 de febrero y otorgó la suspensión de los actos del juez 32 de lo civil del DF, que había señalado que IFT no “tenía facultades” para definir la retransmisión gratuita de las señales de televisión abierta en la industria de la televisión restringida.
La ministra Olga Sánchez Cordero dictó dos acuerdos: el primero para admitir la controversia y el segundo para conceder “la suspensión en contra de los actos reclamados del juez trigésimo segundo de lo civil del Distrito Federal” basándose en el argumento de que el IFT es el responsable de definir este tipo de políticas.
La conserjería jurídica del Ejecutivo Federal emitió un comunicado en el que establece que “con esta resolución, el Instituto Federal de Telecomunicaciones podrá ejercer sus atribuciones constitucionales, sin perjuicio de que la controversia constitucional siga su trámite hasta que la Suprema Corte de Justicia dicte la sentencia respectiva”.