AUTOR: ADRIANA AMEZCUA.
El dictamen sobre las leyes secundarias a la Reforma de Telecomunicaciones y Radiodifusión se inclina por la preponderancia por sector y no por servicio. Pero ¿qué significa esto?
Las comisiones en el Senado concluyeron ayer el dictamen sobre las leyes secundarias a la Reforma de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Quedó establecido que el término de “preponderancia” se definirá por sector y no por servicio.
Ahora solo falta que sea votado en comisiones este miércoles, con lo cual la Comisión Permanente estaría facultada para convocar el jueves al periodo extraordinario del Congreso.
La Constitución al principio de su artículo octavo transitorio dice que el IFT establecerá al agente económico preponderante y que la preponderancia se puede medir por la audiencia, tráfico de redes, número de usuarios y suscriptores, entre otros.