Igualmente, la PGJEM emitió los Lineamientos Generales para la Investigación de la Privación Violenta de la Vida de una Mujer, a fin de que el personal encargado de atender estos hechos realice las indagaciones con perspectiva de género, y garantice el respeto a la dignidad de la víctima, evite la revictimización y genere un “ambiente de confianza” entre el personal ministerial y las familias de las víctimas.
El pasado 25 de marzo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el amparo directo 534/2013 a Irinea Buendía, madre de Mariana Lima, con el que se ordenó a la PGJEM volver a investigar los hechos que en todo momento fueron indagados como “suicidio”, pese a que había pruebas de que Mariana fue víctima de violencia por parte de su pareja, un agente judicial mexiquense.
Con el fallo considerado “histórico” para el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, la Corte mandató a las autoridades mexiquenses a que “de manera inmediata se realicen todas las diligencias necesarias para investigar con perspectiva de género y de conformidad con el acervo probatorio válido, que cumpla con el marco legal nacional y los lineamientos destacados en esta sentencia, la muerte violenta de Mariana Lima Buendía”.
Así, según lo ordenado por la SCJN, la investigación se debe llevar a cabo “con especial diligencia y en cumplimiento de la obligación de investigar y sancionar”, por lo que se deben remover todos los obstáculos que han persistido en la averiguación previa anterior.
Autoridad sale de su letargo
Más de un mes después del fallo de la SCJN a favor de Marina Lima, la PGJEM publicó el pasado 30 de abril en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el acuerdo 08/2015, que crea el “Grupo Especializado para la Atención del Caso de Mariana Lima Buendía”.
El grupo estará adscrito a la Subprocuraduría para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género, cuya titular, Dilcya Samantha Espinoza de los Monteros, “deberá vigilar, hacer cumplir y, en su caso, sancionar a los integrantes del mismo, en caso de que falten a su obligación de actuar con debida diligencia, de no discriminar y de garantizar el acceso a la justicia, en cumplimiento con el marco legal nacional y los lineamientos internacionales”.
Según el acuerdo, el grupo estará integrado por agentes del Ministerio Público, policías ministeriales, peritos, psicólogos, trabajadores sociales y demás servidores públicos especializados en perspectiva de género, quienes serán designados por Espinoza de los Monteros.
En tanto, el acuerdo 07/2015 –publicado también el pasado 30 de abril– emite los Lineamientos Generales para la Investigación de la Privación Violenta de la Vida de una Mujer.
Sin precisar que este acuerdo responde también a las disposiciones de la SCJN, la PGJEM señaló que el personal que realice el procesamiento del lugar de la investigación de hechos relativos a la privación violenta de la vida de una mujer, debe cumplir con una serie de diligencias básicas como identificar a la víctima, asistir a los familiares, fotografiar la escena, cualquier otra evidencia física y el cuerpo tal y como se encontró.
Además deberá acordonar el lugar de la investigación, examinar el área en busca de material sensible y significativo, considerando huellas latentes, de rodamiento de neumáticos y de calzado, o cualquier otra que tenga naturaleza de evidencia, y hacer un informe detallado de las diligencias, de las acciones de los investigadores, y la disposición de toda la evidencia recolectada.
Según los lineamientos que entraron en vigor esta semana, se deben identificar posibles testigos y realizar las entrevistas en relación con la muerte que se investiga y que puedan brindar datos sobre el entorno y antecedentes de violencia sobre la víctima; determinar la causa, forma, lugar y momento de la muerte, así como cualquier patrón o práctica que la pueda haber causado; distinguir entre muerte natural, muerte accidental, suicidio y homicidio, entre otras acciones.
Cabe recordar que desde 2010, la PGJEM cuenta con un protocolo de actuación ministerial de investigación del feminicidio, pero no se aplicó para el caso de Mariana Lima. Asimismo, tal protocolo desde un inicio fue criticado por activistas al considerar que carece de los más altos estándares de investigación de la violencia contra las mujeres.
Por otra parte, la representación legal de Irinea Buendía –a cargo del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF)– ha demandado que la nueva pesquisa corra a manos de personal altamente capacitado, y ha denunciado que actualmente la PGJEM no cuenta con dicho personal, por lo que debería ser contratado.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ANAIZ ZAMORA MÁRQUEZ.