El pleno evitó ahondar al respecto al concluir el análisis del expediente varios 1396/2011, relacionado con las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CORIDH) sobre la violación sexual cometida por militares contra las indígenas Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú en 2002.
En votación dividida, la SCJN se pronunció en contra de hacer un análisis a profundidad sobre los estándares que, en materia de género, etnicidad y tortura sexual, deberían seguir los operadores de justicia en todo el país para hacer frente a la impunidad.
Después de tres sesiones de discusión, el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán fue retirado, debido a que un grupo de ministros, entre ellos José Ramón Cossío, Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar consideraron que el proyecto se quedaba corto al no fijar estándares en materia de tortura sexual, perspectiva de género y etnicidad.
En la discusión, Cossío dijo que un expediente varios pretende dar los lineamientos para el cumplimiento de una sentencia internacional, por lo que aseguró que sólo hablar de “capacitar y sensibilizar” a quienes imparten justicia era “insuficiente”.
El ministro afirmó que el proyecto no satisfacía la importancia del caso: “No reúne las condiciones que acabo de apuntar, pues hace un buen recuento de lo que hemos hecho pero no contempla ninguna de las acciones que aún nos hacen falta realizar”.
A su vez, la ministra Olga Sánchez Cordero dijo que el análisis debería tener una gran carga impositiva para el Estado mexicano y sin embargo, agregó, “creo que las incorporaciones que hizo el señor ministro sí son muy importantes, pero son restrictivas y tal pareciera desde mi óptica personal que no se están aterrizando a los casos concretos”.
Este caso, dijo, debió servir para establecer estándares para valorar las pruebas en casos de violencia sexual, ya que la CORIDH reconoce que este delito ocurre en lo secreto y por ello se debe otorgar valor preponderante al dicho de la víctima.
Además la ministra aseguró que se debería determinar la obligación de que los operadores de justicia analicen las pruebas y el testimonio de la víctima, y que valoren otros elementos subjetivos como la edad, condición social y origen étnico, y le garanticen atención médica y psicológica.
No obstante, el ministro Pérez Dayán consideró que esos temas ya estaban en el proyecto y no era necesario discutirlos. “El proyecto se hace con esta exhaustividad debida, da la información de todos estos criterios, evolución de las figuras a través de la jurisprudencia de la Primera Sala y la reseña muy puntual”, dijo.
Mientras tanto, el ministro Eduardo Medina Mora dijo que la Suprema Corte no tiene potestad con “todos los jueces nacionales”.
Inconformidad ciudadana
Al conocer la decisión de la SCJN, el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan –organización civil que acompaña a las indígenas Inés y Valentina y llevó su caso ante instancias internacionales– dijo que la Corte perdió la posibilidad de contribuir al avance de los derechos humanos (DH) de las mujeres indígenas.
En 2010 la CORIDH emitió dos sentencias condenatorias contra el Estado mexicano, por violaciones a los derechos humanos cometidas en perjuicio de Inés y Valentina, torturadas sexualmente en hechos diferentes por militares en 2002, y quienes no encontraron justicia en el país.
Un año después, en 2011 ambas mujeres solicitaron a la SCJN abrir un expediente varios donde analizaran las sentencias y determinaran las obligaciones que se desprendían para el Poder Judicial, en particular en el tema de juzgar con perspectiva de género en casos similares.
El Centro Tlachinollan consideró en un primer momento que regresar el proyecto abría la posibilidad de robustecer los argumentos, sin embargo, al conocer la decisión manifestó en un comunicado que la resolución es “omisa” porque no hizo un análisis sistemático de las obligaciones de los juzgadores.
De acuerdo con la organización, en realidad el proyecto sólo agregó un cúmulo de tesis tanto jurisprudenciales como aisladas sobre los criterios relacionados con los temas de tortura, género y etnicidad generados por la Primera Sala de la SCJN.
Es así que incluso agregó tesis sobre derechos indígenas de personas inculpadas de algún delito, lo cual no tenía relación con el tema central de derechos de mujeres indígenas víctimas de tortura sexual, por ello el proyecto fue “omiso” en el desarrollo de los temas resueltos en las sentencias de la CORIDH .
El Centro Tlachinollan llamó la atención sobre el pronunciamiento del ministro presidente, Luis María Aguilar, que después de la votación dividida y antes de cerrar la sesión rechazó que hubiera una división al interior del pleno, y dijo que sólo había pluralidad de posiciones.
“Me parece que sostener que existe una división en dos grupos de ministros, además de que en mi opinión es absolutamente falso, no es más que intentar hacer un infantil ejercicio o maniqueo, quizá de utilidad mediática pero alejado totalmente de la verdad”, sostuvo Aguilar.
A decir de la asociación civil, fue inusual que el ministro presidente se haya referido a que no existe una mayoría de ministros contraria al avance de los DH, cuando en las últimas votaciones parece perfilarse nítidamente una división en el pleno e incluso una regresión en las decisiones adoptadas.
Como quedaron múltiples temas pendientes de resolución para la redacción final de la sentencia (el llamado “engrose”, según el argot jurídico), la organización civil dijo que espera que las y los ministros que expresaron reservas participen activamente en la redacción de éste a efecto de que no sea regresivo.
No obstante, la discusión sobre el expediente varios se dio por concluida.
Por su parte, Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, junto con el Centro Tlachinollan, continúan en su búsqueda de justicia en las instancias nacionales y en el castigo de los militares que las agredieron.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ANAYELI GARCÍA MARTÍNEZ.